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Documento DOUE-L-2008-82596

Corrección de errores de la Directiva 95/45/CE de la Comisión, de 26 de julio de 1995, por la que se establecen criterios específicos de pureza en relación con los colorantes utilizados en los productos alimenticios.

Publicado en:
«DOUE» núm. 345, de 23 de diciembre de 2008, páginas 116 a 116 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2008-82596

TEXTO ORIGINAL

En el anexo, en la parte B, «Criterios específicos de pureza»:

— E 101 (ii) RIBOFLAVINA-5′-FOSFATO — Identificación, espectrometría:

en lugar de: «Máximo en agua a aproximadamente 375 nm»,

léase: «Máximo en agua a aproximadamente 444 nm»,

— E 160d LICOPENO – Definición:

en lugar de: «Determinación Contenido no inferior al 96 % de colorantes totales», léase: «Determinación Contenido no inferior al 5 % de colorantes totales»,

— E 160e BETA-APO-8′-CAROTENAL (C 30) — Pureza:

en lugar de: «Metales pesados (expresados en Pb)No más de 10 mg/kg»,

léase: «Metales pesados (expresados en Pb)No más de 40 mg/kg».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 23/12/2008
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Directiva 45/95, de 26 de julio (Ref. DOUE-L-1995-81089).
Materias
  • Aditivos alimentarios
  • Colorantes
  • Normas de calidad
  • Productos alimenticios

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