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Documento DOUE-L-2008-82603

Reglamento (CE) nº 1344/2008 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2008, por el que se publica la versión de 2009 de la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones por exportación establecida en el Reglamento (CEE) nº 3846/87.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 348, de 24 de diciembre de 2008, páginas 36 a 75 (40 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2008-82603

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1),

Visto el Reglamento (CEE) no 3846/87 de la Comisión, de 17 de diciembre de 1987, por el que se establece la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones a la exportación (2), y, en particular, su artículo 3, párrafo cuarto, Considerando lo siguiente:

Debe publicarse la nomenclatura de las restituciones en su versión completa vigente a 1 de enero de 2009, tal como se desprende de las disposiciones normativas sobre los regímenes de exportación de los productos agrarios.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CE) no 3846/87 queda modificado como sigue:

1) El anexo I se sustituye por el texto que figura en el anexo I del presente Reglamento.

2) El anexo II se sustituye por el texto que figura en el anexo II del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 2009.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 23 de diciembre de 2008.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión

[1] DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

[2] DO L 366 de 24.12.1987, p. 1.

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ANEXO I

"

"ANEXO I

NOMENCLATURA DE LOS PRODUCTOS AGRARIOS PARA LAS RESTITUCIONES A LA EXPORTACIÓN

TABLAS OMITIDA EN PÁGINAS 37 A 72

ANEXO II

"

"ANEXO II

CÓDIGOS DE LOS DESTINOS PARA LAS RESTITUCIONES POR EXPORTACIÓN

A00 Todos los destinos (terceros países, otros territorios, avituallamiento y destinos asimilados a una exportación extracomunitaria).

A01 Otros destinos.

A02 Todos los destinos excepto Estados Unidos de América.

A03 Todos los destinos excepto Suiza.

A04 Todos los terceros países.

A05 Otros terceros países.

Países AELC (Asociación Europea de Libre Comercio)

Islandia, Noruega, Liechtenstein, Suiza.

Países ACP (Países de África, del Caribe y del Pacífico signatarios del Convenio de Lomé)

Angola, Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Benín, Botsuana, Burkina Faso, Burundi, Camerún, Cabo Verde, República Centroafricana, Comoras (excepto Mayotte), Congo República Democrática del Congo, Costa de Marfil, Yibuti, Dominica, Etiopía, Fiyi, Gabón, Gambia, Ghana, Granada, Guinea, Guinea-Bissau, Guinea Ecuatorial, Guyana, Haití, Jamaica, Kenia, Kiribati, Lesoto, Liberia, Madagascar, Malaui, Malí, Mauricio, Mauritania, Mozambique, Namibia, Níger, Nigeria, Uganda, Papúa-Nueva Guinea, República Dominicana, Ruanda, San Pedro y Miquelón, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Islas Salomón, Samoa, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Surinam, Suazilandia, Tanzania, Chad, Togo, Tonga, Trinidad y Tobago, Tuvalu, Vanuatu, Zambia, Zimbabue.

Países o territorios de la cuenca mediterránea

Ceuta y Melilla, Gibraltar, Turquía, Albania, Croacia, Bosnia, Hercegovina, Serbia, así como Kosovo al amparo de la Resolución no 1244 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, Montenegro, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Marruecos, Argelia, Túnez, Libia, Egipto, Líbano, Siria, Israel, Cisjordania/Banda de Gaza, Jordania.

Países de la OPEP (Organización de Países Exportadores de Petróleo)

Argelia, Libia, Nigeria, Gabón, Venezuela, Irak, Irán, Arabia Saudí, Kuwait, Qatar, Emiratos Árabes Unidos, Indonesia.

Países de la ASEAN (Asociación de Naciones del Asia Sudoriental)

Myanmar, Tailandia, Laos, Vietnam, Indonesia, Malasia, Brunei, Singapur, Filipinas.

Países de América Latina

México, Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica, Haití, República Dominicana, Colombia, Venezuela, Ecuador, Perú, Brasil, Chile, Bolivia, Paraguay, Uruguay, Argentina.

Países de la SAARC (Asociación de Cooperación Regional del Sur de Asia)

Pakistán, India, Bangladesh, Maldivas, Sri Lanka, Nepal, Bután.

Países del EEE (Espacio Económico Europeo) excepto los de la Unión Europea

Islandia, Noruega, Liechtenstein.

Países o territorios PECO (Países o territorios de Europa Central y Oriental)

Albania, Croacia, Bosnia y Hercegovina, Serbia, así como Kosovo al amparo de la Resolución no 1244 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, Montenegro, Antigua República Yugoslava de Macedonia.

Países del TLCAN (Tratado de Libre Comercio de América del Norte)

Estados Unidos de América, Canadá, México.

Países del Mercosur (Mercado Común de América del Sur)

Brasil, Paraguay, Uruguay, Argentina.

Países NPI (nuevos países industrializados de Asia)

Singapur, Corea del Sur, Taiwán, Hong Kong.

Países EDA (economías dinámicas de Asia)

Tailandia, Malasia, Singapur, Corea del Sur, Taiwán, Hong Kong.

Países de la CEAP (Cooperación Económica Asia-Pacífico)

Estados Unidos de América, Canadá, México, Chile, Tailandia, Indonesia, Malasia, Brunei, Singapur, Filipinas, China, Corea del Sur, Japón, Taiwán, Hong Kong, Australia, Papua-Nueva Guinea, Nueva Zelanda.

Países de la CEI (Comunidad de Estados Independientes)

Ucrania, Bielorrusia, Moldavia, Rusia, Georgia, Armenia, Azerbaiyán, Kazajistán, Turkmenistán, Uzbekistán, Tayikistán, Kirguizistán.

Países de la OCDE excepto los de la Unión Europea (Organización de Cooperación y Desarrollo Económico excepto la Unión Europea)

Islandia, Noruega, Suiza, Turquía, Estados Unidos de América, Canadá, México, Corea del Sur, Japón, Australia, Oceanía Australiana, Nueva Zelanda, Oceanía Neozelandesa.

Países o territorios europeos excepto los de la Unión Europea

Islandia, Noruega, Liechtenstein, Suiza, Islas Feroe, Andorra, Gibraltar, Ciudad del Vaticano, Turquía, Albania, Ucrania, Bielorrusia, Moldavia, Rusia, Croacia, Bosnia y Hercegovina, Serbia, así como Kosovo al amparo de la Resolución no 1244 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, Montenegro, Antigua República Yugoslava de Macedonia.

África (A28) (A29)

Países o territorios de África del Norte, otros países de África.

Países o territorios de África del Norte

Ceuta y Melilla, Marruecos, Argelia, Túnez, Libia, Egipto.

Otros países de África

Sudán, Mauritania, Malí, Burkina Faso, Níger, Chad, Cabo Verde, Senegal, Gambia, Guinea Bissau, Guinea, Sierra Leona, Liberia, Costa de Marfil, Ghana, Togo, Benín, Nigeria, Camerún, República Centroafricana, Guinea Ecuatorial, Santo Tomé y Príncipe, Gabón, Congo República Democrática del Congo, Ruanda, Burundi, Santa Elena y dependencias, Angola, Etiopía, Eritrea, Yibuti, Somalia, Kenia, Uganda, Tanzania, Seychelles y dependencias, Territorio Británico del Océano Indico, Mozambique, Madagascar, Mauricio, Comoras, Mayotte, Zambia, Zimbabue, Malaui, Sudáfrica, Namibia, Botsuana, Suazilandia, Lesoto.

América (A31) (A32) (A33)

América del Norte, América Central y Antillas, América del Sur.

América del Norte

Estados Unidos de América, Canadá, Groenlandia, San Pedro y Miquelón.

América Central y Antillas

México, Bermudas, Guatemala, Belice, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica, Panamá, Anguila, Cuba, San Cristóbal y Nieves, Haití, Bahamas, Islas Turcas y Caicos, República Dominicana, Islas Vírgenes Americanas, Antigua y Barbuda, Dominica, Islas Caimán, Jamaica, Santa Lucía, San Vicente, Islas Vírgenes Británicas, Barbados, Montserrat, Trinidad y Tobago, Granada, Aruba, Antillas Neerlandesas.

América del Sur

Colombia, Venezuela, Guyana, Surinam, Ecuador, Perú, Brasil, Chile, Bolivia, Paraguay, Uruguay, Argentina, Islas Malvinas.

Asia (A35) (A36)

Oriente Próximo y Medio de Asia, otros países de Asia.

Oriente Próximo y Medio de Asia

Georgia, Armenia, Azerbaiyán, Líbano, Siria, Irak, Irán, Israel, Cisjordania/Banda de Gaza, Jordania, Arabia Saudí, Kuwait, Bahráin, Qatar, Emiratos Árabes Unidos, Omán, Yemen.

Otros países de Asia

Kazajistán, Turkmenistán, Uzbekistán, Tayikistán, Kirguizistán, Afganistán, Pakistán, India, Bangladesh, Maldivas, Sri Lanka, Nepal, Bután, Myanmar, Tailandia, Laos, Vietnam, Camboya, Indonesia, Malasia, Brunei, Singapur, Filipinas, Mongolia, China, Corea del Norte, Corea del Sur, Japón, Taiwán, Hong Kong, Macao.

Oceanía y regiones polares (A38) (A39)

Australia y Nueva Zelanda, otros países de Oceanía y regiones polares.

Australia y Nueva Zelanda

Australia, Oceanía Australiana, Nueva Zelanda, Oceanía Neozelandesa.

Otros países de Oceanía y regiones polares

Papúa-Nueva Guinea, Nauru, Islas Salomón, Tuvalu, Nueva Caledonia y dependencias, Oceanía Americana, Islas Wallis y Futuna, Kiribati, Pitcairn, Fiyi, Vanuatu, Tonga, Samoa Occidental, Islas Marianas del Norte, Polinesia Francesa, Federación de Estados de Micronesia (Yap, Kosrae, Chuuk, Pohnpei), Islas Marshall, Palaos, regiones polares.

Países o territorios PTU

Polinesia Francesa, Nueva Caledonia y dependencias, Islas Wallis y Futuna, Tierras australes y antárticas, San Pedro y Miquelón, Mayotte, Antillas Neerlandesas, Aruba, Groenlandia, Anguila, Islas Caimán, Islas Malvinas, Islas Sandwich del Sur y dependencias, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas, Montserrat, Pitcairn, Santa Elena y dependencias, Territorios de la antártica británica, Territorio británico del Océano Índico.

A10 A11 A12 A13 A14 A15 A16 A17 A18 A19 A20 A21 A22 A23 A24 A25 A26 A27 A28 A29 A30 A31 A32 A33 A34 A35 A36 A37 A38 A39 A40 A96 Municipios de Livigno y de Campione de Italia, isla de Helgoland.

Avituallamiento y destinos asimilados a una exportación extracomunitaria

Destinos contemplados en los artículos 36, 44 y 45 del Reglamento (CE) no 800/1999 (DO L 102 de 17.4.1999, p. 11)."

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 23/12/2008
  • Fecha de publicación: 24/12/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2009
  • Fecha de derogación: 01/01/2010
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • SUSTITUYE los anexos I y II del Reglamento 3846/87, de 17 de diciembre (Ref. DOUE-L-1987-81579).
Materias
  • Mercancías
  • Nomenclatura
  • Restituciones a la exportación

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