EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14,
Considerando lo siguiente:
(1) El 25 de noviembre de 2005, el Consejo adoptó la Acción Común 2005/889/PESC por la que se establece una Misión de asistencia fronteriza de la Unión Europea para el paso fronterizo de Rafah (MAFUE Rafah) ( 1 ).
(2) El 10 de noviembre de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/862/PESC ( 2 ), por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2005/889/PESC hasta el 24 de noviembre de 2009.
(3) Conviene prorrogar de nuevo la Acción Común 2005/889/PESC hasta el 24 de mayo de 2010.
HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:
Artículo 1
La Acción Común 2005/889/PESC se modifica como sigue:
1) En el artículo 13, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con la Misión para el período comprendido entre el 25 de noviembre de 2009 y el 24 de mayo de 2010 será de 1 120 000 EUR.».
2) El segundo párrafo del artículo 16 se sustituye por el texto siguiente:
«Expirará el 24 de mayo de 2010.».
3) El artículo 17 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 17
Revisión
La presente Acción Común se revisará a más tardar el 15 de abril de 2010.».
Artículo 2
La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.
Artículo 3
La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 20 de noviembre de 2009.
Por el Consejo
El Presidente
E. ERLANDSSON
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( 1 ) DO L 327 de 14.12.2005, p. 28.
( 2 ) DO L 306 de 15.11.2008, p. 98.
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