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Documento DOUE-L-2010-80072

Corrección de errores de la Decisión 2009/867/CE de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009, por la que se exime a determinadas partes de la ampliación a determinadas piezas de bicicleta del derecho antidumping que se aplica a las bicicletas originarias de la República Popular China, establecido por el Reglamento (CEE) nº 2474/93 del Consejo, y mantenido y modificado en último lugar por el Reglamento (CE) nº 1095/2005, y por la que se levanta la suspensión del pago del derecho antidumping ampliado a determinadas piezas de bicicleta originarias de la República Popular China concedida a determinadas partes en virtud del Reglamento (CE) nº 88/97 de la Comisión.

Publicado en:
«DOUE» núm. 26, de 30 de enero de 2010, páginas 36 a 36 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2010-80072

TEXTO ORIGINAL

En la página 107, en el cuadro 1, en la casilla de la segunda línea, en la segunda columna, y en la página 108, en el cuadro 1, en la casilla de la segunda línea, en la segunda columna:

en lugar de: «Bucuresti, Sector 6, Splaiul Independentei no. 319, OB. 152», léase: «Hipermagazin Decathlon, corp 2, bd. Iuliu Maniu nr. 546-560, sector 6, 061129 București».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 30/01/2010
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Decisión 2009/867, de 30 de noviembre (Ref. DOUE-L-2009-82331).
Materias
  • Bicicletas
  • China
  • Derechos antidumping
  • Importaciones

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