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Documento DOUE-L-2010-80858

Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 71/97 del Consejo, de 10 de enero de 1997, por el que se amplía a las importaciones de determinadas piezas de bicicleta originarias de la República Popular de China el derecho antidumping definitivo establecido por el Reglamento (CEE) nº 2474/93, sobre las bicicletas originarias de la República Popular de China y por el que se percibe el derecho ampliado aplicable a estas importaciones registradas de conformidad con el Reglamento (CE) nº 703/96 de la Comisión.

Publicado en:
«DOUE» núm. 119, de 13 de mayo de 2010, páginas 27 a 27 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2010-80858

TEXTO ORIGINAL

En la página 59, en el considerando 24, en la quinta línea

donde dice: «platos»,

debe decir: «mecanismos de pedal».

En la página 59, en el considerando 27, en el quinto guión; en la página 60, en el cuadro, en la columna «Producto», en la tercera fila; en la página 62, en el artículo 1, en el segundo guión:

donde dice: «bielas y platos con biela»,

debe decir: «mecanismos de pedal».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 13/05/2010
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 71/97, de 10 de enero (Ref. DOUE-L-1997-80061).
Materias
  • Bicicletas
  • China
  • Derechos antidumping
  • Derechos arancelarios
  • Importaciones

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