LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS,
REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO,
Considerando que:
(1) En virtud del Reglamento (UE) n o 439/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 1 ), se crea una Oficina Europea de Apoyo al Asilo.
(2) Es necesario fijar la sede de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo.
HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Oficina Europea de Apoyo al Asilo tendrá su sede en el puerto de La Valeta.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el 18 de junio de 2010.
Artículo 3
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 25 de febrero de 2010.
Por el Consejo
El Presidente
A. PÉREZ RUBALCABA
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( 1 ) DO L 132 de 29.5.2010, p. 11.
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