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Documento DOUE-L-2012-80150

Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 44/2012 del Consejo, de 17 de enero de 2012, por el que se establecen para 2012 las posibilidades de pesca disponibles en aguas de la UE y, en el caso de los buques de la UE, en determinadas aguas no pertenecientes a la UE para determinadas poblaciones de peces y grupos de poblaciones de peces que están sujetas a negociaciones o acuerdos internacionales.

Publicado en:
«DOUE» núm. 38, de 11 de febrero de 2012, páginas 51 a 51 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2012-80150

TEXTO ORIGINAL

En la página 105, en el anexo IB, para el TAC del bacalao en las zonas I y IIb (COD/1/2B.), en la nota 3:

donde dice: « ( 3 ) Las capturas accesorias de eglefino pueden representar hasta un 19 % de los desembarques por lance. El volumen de capturas accesorias de eglefino se añade a la cuota de bacalao.»,

debe decir: « ( 3 ) Las capturas accesorias de eglefino pueden representar hasta un 19 % por lance. El volumen de capturas accesorias de eglefino se añade a la cuota de bacalao.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 11/02/2012
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 44/2012, de 17 de enero (Ref. DOUE-L-2012-80071).
Materias
  • Cuota de pesca
  • Pesca marítima
  • Pescado
  • Zonas marítimas

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