Está Vd. en

Documento DOUE-L-2013-81246

Modificación del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 173, de 26 de junio de 2013, páginas 66 a 66 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2013-81246

TEXTO ORIGINAL

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 254, párrafo quinto,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular su artículo 106 bis, apartado 1,

Visto el artículo 64, párrafo segundo, del Protocolo sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea,

Visto el acuerdo del Tribunal de Justicia,

Considerando que con la adhesión de la República de Croacia el croata se convierte en lengua oficial de la Unión Europea y que dicha lengua debe figurar entre las lenguas de procedimiento establecidas por el Reglamento de Procedimiento,

Con la aprobación del Consejo, dada el 7 de junio de 2013,

ADOPTA LA SIGUIENTE MODIFICACIÓN DE SU REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO:

Artículo 1

El Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, de 2 de mayo de 1991 (DO L 136, de 30 de mayo de 1991, p. 1, con corrección de errores en DO L 317, de 19 de noviembre de 1991, p. 34), ( 1 ) queda modificado como sigue:

El artículo 35, apartado 1, se sustituye por el texto siguiente:

«Las lenguas de procedimiento serán el alemán, el búlgaro, el checo, el croata, el danés, el eslovaco, el esloveno, el español, el estonio, el finés, el francés, el griego, el húngaro, el inglés, el irlandés, el italiano, el letón, el lituano, el maltés, el neerlandés, el polaco, el portugués, el rumano y el sueco.»

Artículo 2

1. La presente modificación del Reglamento de Procedimiento se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor al mismo tiempo que el Tratado de adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea.

2. El texto del Reglamento de Procedimiento en lengua croata será adoptado tras la entrada en vigor del Tratado mencionado en el apartado anterior.

Hecho en Luxemburgo, el 19 de junio de 2013.

El Secretario E. COULON

El Presidente M. JAEGER

___________________________

( 1 ) Modificado el 15 de septiembre de 1994 (DO L 249, de 24 de septiembre de 1994, p. 17), el 17 de febrero de 1995 (DO L 44, de 28 de febrero de 1995, p. 64), el 6 de julio de 1995 (DO L 172, de 22 de julio de 1995, p. 3), el 12 de marzo de 1997 (DO L 103, de 19 de abril de 1997, p. 6, con corrección de errores en DO L 351, de 23 de diciembre de 1997, p. 72), el 17 de mayo de 1999 (DO L 135, de 29 de mayo de 1999, p. 92), el 6 de diciembre de 2000 (DO L 322, de 19 de diciembre de 2000, p. 4), el 21 de mayo de 2003 (DO L 147, de 14 de junio de 2003, p. 22), el 19 de abril de 2004 (DO L 132, de 29 de abril de 2004, p. 3), el 21 de abril de 2004 (DO L 127, de 29 de abril de 2004, p. 108), el 12 de octubre de 2005 (DO L 298, de 15 de noviembre de 2005, p. 1), el 18 de diciembre de 2006 (DO L 386, de 29 de diciembre de 2006, p. 45), el 12 de junio de 2008 (DO L 179, de 8 de julio de 2008, p. 12), el 14 de enero de 2009 (DO L 24, de 28 de enero de 2009, p. 9), el 16 de febrero de 2009 (DO L 60, de 4 de marzo de 2009, p. 3), el 7 de julio de 2009 (DO L 184, de 16 de julio de 2009, p. 10), el 26 de marzo de 2010 (DO L 92, de 13 de abril de 2010, p. 14), y el 24 de mayo de 2011 (DO L 162, de 22 de junio de 2011, p. 18).

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 19/06/2013
  • Fecha de publicación: 26/06/2013
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento de 4 de marzo de 2015; (Ref. DOUE-L-2015-80781).
  • Fecha de derogación: 01/07/2015
Referencias anteriores
Materias
  • Croacia
  • Lenguas oficiales
  • Tribunal General de la Unión Europea

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid