EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 128, apartado 1,
Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo y, en particular, su artículo 16,
Considerando lo siguiente:
(1) En virtud de la adhesión a la Unión Europea de Croacia y del ingreso de su banco central nacional (BCN), Hrvatska narodna banka, en el Sistema Europeo de Bancos Centrales el 1 de julio de 2013, la Decisión BCE/2013/17, de 21 de junio de 2013, sobre la participación de los bancos centrales nacionales en la clave para la suscripción del capital del Banco Central Europeo ( 1 ), dispone la ampliación de la clave para la suscripción de capital del Banco Central Europeo (en adelante, «la clave del capital»), y establece, con efectos a partir del 1 de julio de 2013, las nuevas ponderaciones asignadas a cada BCN en la clave del capital ampliada (en adelante, «las ponderaciones en la clave del capital»).
(2) El artículo 1, letra d), de la Decisión BCE/2010/29, de 13 de diciembre de 2010, sobre la emisión de billetes de banco denominados en euros ( 2 ), define la «clave de asignación de billetes» y remite al anexo I de dicha Decisión, donde se especifica la clave de asignación de billetes a partir del 1 de enero de 2011. Puesto que a partir del 1 de julio de 2013 se aplicarán nuevas ponderaciones en la clave del capital, debe modificarse la Decisión BCE/2010/29 a fin de que en ella se especifique la clave de asignación de billetes a partir del 1 de julio de 2013.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Modificación
1. En el artículo 1, letra d), de la Decisión BCE/2010/29, la última frase se sustituirá por el texto siguiente: «En el anexo I de la presente Decisión se especifica la clave de asignación de billetes a partir del 1 de julio de 2013.».
2. El anexo I de la Decisión BCE/2010/29 se sustituye por el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de julio de 2013.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 21 de junio de 2013.
El Presidente del BCE
Mario DRAGHI
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( 1 ) Véase la página 15 del presente Diario Oficial.
( 2 ) DO L 35 de 9.2.2011, p. 26.
ANEXO
CLAVE DE ASIGNACIÓN DE BILLETES A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2013
Banco Central Europeo
8,0000 %
Nationale Bank van België/Banque Nationale de Belgique
3,1975 %
Deutsche Bundesbank
24,8130 %
Eesti Pank
0,2355 %
Central Bank of Ireland
1,4695 %
Bank of Greece
2,5770 %
Banco de España
10,916 %
Banque de France
18,6945 %
Banca d’Italia
16,4760 %
Central Bank of Cyprus
0,1765 %
Banque centrale du Luxembourg
0,2300 %
Central Bank of Malta
0,0840 %
De Nederlandsche Bank
5,2460 %
Oesterreichische Nationalbank
2,5620 %
Banco de Portugal
2,3325 %
Banka Slovenije
0,4325 %
Národná banka Slovenska
0,9100 %
Suomen Pankki
1,6475 %
TOTAL
100,0000 %
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