Está Vd. en

Documento DOUE-L-2014-81323

Decisión de la Comisión, de 13 de junio de 2014, por la que se modifica la Decisión 2007/742/CE, relativa a las bombas de calor accionadas eléctricamente o por gas o de absorción a gas [notificada con el número C(2014) 3838].

Publicado en:
«DOUE» núm. 177, de 17 de junio de 2014, páginas 60 a 61 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-81323

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la UE (1), y, en particular, su artículo 8, apartado 3, letra c),

Previa consulta al Comité de Etiqueta Ecológica de la Unión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) Las bombas de calor de aire, salmuera o agua-agua que suministran calor a un sistema de calefacción central que funciona con agua entran dentro del ámbito de aplicación de la Decisión 2014/314/UE de la Comisión, de 28 de mayo de 2014, por la que se establecen criterios para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a los calefactores a base de agua (2).

(2) La Decisión 2007/742/CE de la Comisión, de 9 de noviembre de 2007, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a las bombas de calor accionadas eléctricamente o por gas o de absorción a gas (3), expira el 31 de octubre de 2014.

(3) Se ha realizado una evaluación para determinar la pertinencia y adecuación de los actuales criterios ecológicos así como de los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes establecidos por esa Decisión. Habida cuenta de las diferentes fases que requiere el proceso de revisión de dicha Decisión, procede prorrogar la validez de los criterios ecológicos y de los correspondientes requisitos de evaluación y comprobación que la misma establece. La validez de los criterios ecológicos y de los correspondientes requisitos de evaluación y comprobación establecidos por la Decisión 2007/742/CE debe prorrogarse hasta el 31 de diciembre de 2016.

(4) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité creado por el artículo 16 del Reglamento (CE) no 66/2010.

(5) Debe, pues, modificarse la Decisión 2007/742/CE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2007/742/CE se modifica como sigue:

1) En el artículo 1, párrafo tercero, se añade la letra c) siguiente:

«c) bombas de calor que suministran calor a un sistema de calefacción central que funciona con agua».

2) En el artículo 4, se sustituye la fecha de «31 de octubre de 2014» por la de «31 de diciembre de 2016».

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 13 de junio de 2014.

Por la Comisión

Janez POTOČNIK

Miembro de la Comisión

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 13/06/2014
  • Fecha de publicación: 17/06/2014
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 1 y 4 de la Decisión 2007/742, de 9 de noviembre (Ref. DOUE-L-2007-82066).
Materias
  • Aparatos de uso doméstico
  • Climatización
  • Consumidores y usuarios
  • Etiquetas
  • Medio ambiente

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid