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Documento DOUE-L-2014-83017

Corrección del Reglamento (UE) nº 1148/2012 de la Comisión, de 4 de diciembre de 2012, que modifica el anexo II del Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en cuanto a la utilización de dióxido de azufre y de sulfitos (E 220 a 228) y de alginato de propano-1,2-diol (E 405) en bebidas fermentadas a base de mosto de uva.

Publicado en:
«DOUE» núm. 290, de 4 de octubre de 2014, páginas 12 a 14 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-83017

TEXTO ORIGINAL

En la página 39, en el anexo que modifica la parte E del anexo II del Reglamento (CE) no 1333/2008, en la categoría de alimentos 14.2.8, «Otras bebidas alcolólicas, incluso mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas con menos del 15 % de alcohol», en la nota 3 correspondiente a los aditivos alimentarios E 220-228:

donde dice:

«no se tiene en cuenta un contenido en SO2 inferior a 10 mg/kg o a 10 mg/l.»,

debe decir:

«no se tiene en cuenta un contenido en SO2 inferior o igual a 10 mg/kg o a 10 mg/l.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 04/10/2014
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 1148/2012, de 4 de diciembre (Ref. DOUE-L-2012-82434).
Materias
  • Aditivos alimentarios
  • Bebidas
  • Cerveza
  • Comercialización

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