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Documento DOUE-L-2015-80419

Decisión (UE) 2015/344 del Consejo, de 17 de febrero de 2015, relativa a la renovación del Acuerdo de Cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y Ucrania.

Publicado en:
«DOUE» núm. 60, de 4 de marzo de 2015, páginas 37 a 38 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2015-80419

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 186 en relación con su artículo 218, apartado 6, letra a), inciso v),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo,

Considerando lo siguiente:

(1)

Mediante su Decisión 2003/96/CE (1), el Consejo aprobó la celebración del Acuerdo de Cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y Ucrania (2) (en lo sucesivo, «el Acuerdo»).

(2)

El artículo 12, letra b), de dicho Acuerdo estableció que este se concluía inicialmente por un período que finalizó el 31 de diciembre de 2002, renovable por consenso entre las Partes por quinquenios.

(3)

Sobre la base de la Decisión 2011/182/UE del Consejo (3), el Acuerdo se renovó por un período adicional de cinco años, con efecto retroactivo a partir del 8 de noviembre de 2009, que expirará el 7 de noviembre de 2014.

(4)

Las Partes en el Acuerdo estiman que una renovación rápida del Acuerdo iría en beneficio mutuo.

(5)

El contenido del Acuerdo renovado debe ser idéntico al contenido del Acuerdo actual.

(6)

Procede aprobar, en nombre de la Unión Europea, la renovación del Acuerdo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobada, en nombre de la Unión, la renovación del Acuerdo de Cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y Ucrania por un período adicional de cinco años.

Artículo 2

El presidente del Consejo queda autorizado para designar a quienes, actuando en nombre de la Unión y en virtud de lo establecido en el artículo 12, letra a), del Acuerdo, estarán facultados para informar a Ucrania de que la Unión ha finalizado los procedimientos internos necesarios para la entrada en vigor del Acuerdo renovado.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 17 de febrero de 2015.

Por el Consejo

El Presidente J. REIRS

_____________________

(1) Decisión 2003/96/CE del Consejo, de 6 de febrero de 2003, relativa a la celebración del Acuerdo de Cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y Ucrania (DO L 36 de 12.2.2003, p. 31).

(2) Acuerdo de Cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y Ucrania (DO L 36 de 12.2.2003, p. 32).

(3) Decisión 2011/182/UE del Consejo, de 9 de marzo de 2011, relativa a la renovación del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y Ucrania (DO L 79 de 25.3.2011, p. 3).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Cooperación científica
  • Ucrania

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