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Documento DOUE-L-2015-80969

Reglamento de Ejecución (UE) 2015/780 del Consejo, de 19 de mayo de 2015, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.

Publicado en:
«DOUE» núm. 124, de 20 de mayo de 2015, páginas 1 a 3 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2015-80969

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) no 36/2012 del Consejo, de 18 de enero de 2012, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria y por el que se deroga el Reglamento (UE) no 442/2011 (1), y, en particular, su artículo 32, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El 18 de enero de 2012, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) no 36/2012.

(2) Procede actualizar la información relativa a cuatro personas y a dos entidades enumeradas en el anexo II del Reglamento (UE) no 36/2012, e introducir una inscripción específica para una entidad.

(3) Por consiguiente, procede modificar el anexo II del Reglamento (UE) no 36/2012.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo II del Reglamento (UE) no 36/2012 se modifica tal como figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de mayo de 2015.

Por el Consejo

El Presidente E. RINKĒVIČS

____________________________

(1) DO L 16 de 19.1.2012, p. 1.

ANEXO

Las inscripciones relativas a la persona y las entidades enumeradas a continuación, tal y como figuran en el anexo II del Reglamento (UE) no 36/2012, se sustituyen por el texto siguiente:

A. Personas

Nombre

Información de identificación

Motivos

Fecha de inclusión

182.

Amr Armanazi

(alias Amr Muhammad Najib Al-Armanazi, Amr Najib Armanazi, Amrou Al-Armanazy) Fecha de nacimiento: 7 de febrero de 1944 Director general del Centro de Estudios e Investigación Científica sirio (SSRC/CERS), responsable de prestar apoyo al ejército sirio para la adquisición de equipo utilizado en la vigilancia y la represión de manifestantes. Responsable asimismo del desarrollo y la producción de armas no convencionales, inclusive armas químicas, y de sus misiles vectores.

Responsable de represión violenta de la sociedad civil; brinda apoyo al régimen sirio.

23.7.2014

201.

Wael Abdulkarim

(alias Wael Al Karim)

Dirección: Pangates International Corp Ltd, PO Box Sharjah Airport International Free Zone, Emiratos Árabes Unidos Al Karim for Trade and Industry, PO Box 111, 5797 Damasco, Siria Director ejecutivo de la entidad designada Pangates International Corp Ltd, que actúa de intermediario en el suministro de petróleo al régimen sirio.

Como director ejecutivo de Pangates, Wael Abdulkarim brinda apoyo al régimen sirio y se beneficia del mismo. Ocupa también un alto cargo en la entidad designada Al Karim Group, que es la empresa matriz de Pangates.

Dado el alto cargo que ocupa en Pangates y en Al Karim Group, también se le asocia con estas entidades designadas.

7.3.2015

202.

Ahmad Barqawi

(alias Ahmed Barqawi)

Dirección: Pangates International Corp Ltd, PO Box Sharjah Airport International Free Zone, Emiratos Árabes Unidos Al Karim for Trade and Industry, PO Box 111, 5797 Damasco, Siria Director ejecutivo de la entidad designada Pangates International Corp Ltd, que actúa de intermediario en el suministro de petróleo al régimen sirio.

Como director ejecutivo de Pangates, Wael Abdulkarim brinda apoyo al régimen sirio y se beneficia del mismo. Ocupa también un alto cargo en la entidad designada Al Karim Group, que es la empresa matriz de Pangates. Dado el alto cargo que ocupa en Pangates y en Al Karim Group, también se le asocia con estas entidades designadas.

7.3.2015

205.

Samir Hamsho

(alias Samer; Sameer; Hmisho; Hamchu; Hamcho; Hamisho; Hmeisho; Hemasho, Hmicho) Fecha de nacimiento: 1 de marzo de 1972 Pasaporte sirio número:N008803455

Pasaporte brasileño número: YA056959

Dirección:

Hamsho Building

31 Baghdad Street

Damasco,

Siria

Dirección:

16 Martello Road

Poole

BH13 7DH

Reino Unido

Dirección:

290, Qura Al Assad

Damasco,

Siria

Samir Hamsho es un prominente empresario sirio que se beneficia del régimen y le brinda apoyo. Es propietario y presidente de Al Buroj y Syria Steel/Hmisho Steel, filiales de Hamsho Trading, filial a su vez de Hamsho International, que ha sido designada por el Consejo.

Nombrado para la Cámara de Comercio de Homs en marzo de 2014 por el ministro de Industria.

Por tanto brinda apoyo al régimen sirio y se beneficia de sus contactos con el régimen.

También se le asocia con las entidades designadas Hamsho International, Syria Steel SA y Al Buroj Trading 7.3.2015 B. Entidades

Nombre

Información de identificación

Motivos

Fecha de inclusión

21.

Centro de Estudios e Investigación Científica sirio (SSRC/CERS) [alias: Centre d'Etude et de Recherche Scientifique (CERS); Scientific Studies and Research Center (SSRC); Centre de Recherche de Kaboun] Barzeh Street,

Po Box 4470,

Damasco

Presta apoyo al ejército sirio para la adquisición de equipo utilizado en la vigilancia y la represión de manifestantes.

Es la entidad del Gobierno responsable del desarrollo y la producción de armas no convencionales, inclusive armas químicas, y de sus misiles vectores.

1.12.2011

55.

Tri-Ocean Trading

George Town, Islas Caimán

Situado en 35b, Corniche El Nile, El Cairo, Egipto Filial de Tri-Ocean Energy que ha sido designada por el Consejo. Junto con su sociedad matriz Tri-Ocean Energy, se beneficia del régimen sirio y lo apoya organizando envíos clandestinos al régimen sirio. En tanto que filial de Tri-Ocean Energy, Tri-Ocean Trading también se ve asociada a una entidad designada.

23.7.2014

55a.

Tri-Ocean Energy

35b Saray El Maadi Tower, Corniche El Nile, El Cairo, Egipto, CP 11431 P.O. Box 1313 Maadi Apoya al régimen sirio y se beneficia de este organizando envíos clandestinos de petróleo al régimen sirio.

23.7.2014

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Reglamento 36/2012, de 18 de enero (Ref. DOUE-L-2012-80048).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Siria

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