LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) El 21 de octubre de 2015, la Comisión adoptó una Decisión por la que se crea un Consejo Fiscal Europeo consultivo independiente (1).
Dicha Decisión contiene una serie de disposiciones relativas a la misión y funciones, composición, independencia y funcionamiento del Consejo y su secretaría, y aclara que esta última debe estar adscrita administrativamente a la Secretaría General de la Comisión. En virtud de esa Decisión, el analista económico jefe establecido mediante la Decisión C (2015) 2665, de 17 de abril de 2015, debe ejercer las funciones de jefe de la secretaría.
(2) La Decisión relativa al analista económico jefe de la Comisión, de 17 de abril de 2015, dispone que el analista económico jefe verificará, en el ámbito de la coordinación y la supervisión de las políticas económicas y presupuestarias de los Estados miembros, las decisiones que la Comisión prevea adoptar. En virtud de esta Decisión, el analista económico jefe está adscrito al vicepresidente responsable del Euro y el Diálogo Social, que también puede solicitar dictámenes del mismo (2).
(3) En aras de la coherencia y la eficiencia, resulta oportuno disociar las tareas de analista económico jefe y de jefe de la secretaría del Consejo Fiscal Europeo.
(4) La Decisión por la que se crea un Consejo Fiscal Europeo consultivo independiente debe modificarse en consecuencia.
DECIDE:
Artículo único
En el artículo 3 de la Decisión (UE) 2015/1937 de la Comisión (3), el apartado 8 se sustituye por el texto siguiente:
«8.La Comisión nombrará al jefe de la secretaría, previa consulta con el presidente del Consejo Fiscal Europeo. El jefe de la secretaría será nombrado por un período de tres años, renovable una vez. Una de sus funciones será la preparación de la constitución del Consejo. Los demás miembros de la secretaría serán funcionarios, agentes temporales, agentes contractuales, expertos nacionales en comisión de servicios, seleccionados por el jefe de la secretaría de acuerdo con el presidente. Todos los miembros de la secretaría serán seleccionados sobre la base de unos niveles elevados de cualificaciones y experiencia en ámbitos pertinentes para la actividad del Consejo y serán asignados o destinados en comisión de servicios.
9.No obstante lo dispuesto en el apartado 8, si aún no hubiera sido nombrado el presidente del Consejo Fiscal Europeo, la Comisión deberá designar directamente al jefe de la secretaría.».
Hecho en Bruselas, el 12 de febrero de 2016.
Por la Comisión
El Presidente Jean-Claude JUNCKER
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