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Documento DOUE-L-2016-80425

Decisión (PESC) 2016/318 del Consejo, de 4 de marzo de 2016, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania.

Publicado en:
«DOUE» núm. 60, de 5 de marzo de 2016, páginas 76 a 77 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2016-80425

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 5 de marzo de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/119/PESC (1).

(2)

El 5 de marzo de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/364 (2), que disponía que las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2014/119/PESC debían aplicarse hasta el 6 de marzo de 2016 respecto de catorce personas y hasta el 6 de junio de 2015 respecto de cuatro personas.

(3)

El 5 de junio de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/876 (3), que, entre otras cosas, disponía que la aplicación de las medidas restrictivas debía prorrogarse hasta el 6 de marzo de 2016 respecto de dos de esas cuatro personas y hasta el 6 de octubre de 2015 respecto de una de esas cuatro personas. El 5 de octubre de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/1781 (4), que disponía que la aplicación de las medidas restrictivas debía prorrogarse hasta el 6 de marzo de 2016 respecto de esa persona.

(4)

Las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2014/119/PESC se aplican hasta el 6 de marzo de 2016 respecto de todas las personas. Con arreglo a una revisión de dicha Decisión, la aplicación de dichas medidas restrictivas debe prorrogarse hasta el 6 de marzo de 2017 respecto de 16 personas, la mención de una persona debe suprimirse, y la exposición de motivos correspondiente a tres personas debe actualizarse.

(5)

Por tanto, la Decisión 2014/119/PESC debe modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2014/119/PESC se modifica como sigue:

1)

En el artículo 5, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:

«La presente Decisión se aplicará hasta el 6 de marzo de 2017.».

2)

El anexo se modifica según se indica en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 4 de marzo de 2016.

Por el Consejo

La Presidenta

S.A.M. DIJKSMA

_____________

(1) Decisión 2014/119/PESC del Consejo, de 5 de marzo de 2014, relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO L 66 de 6.3.2014, p. 26).

(2) Decisión (PESC) 2015/364 del Consejo, de 5 de marzo de 2015, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO L 62 de 6.3.2015, p. 25).

(3) Decisión (PESC) 2015/876 del Consejo, de 5 de junio de 2015, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO L 142 de 6.6.2015, p. 30).

(4) Decisión (PESC) 2015/1781 del Consejo, de 5 de octubre de 2015, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO L 259 de 6.10.2015, p. 23).

ANEXO

I.

La mención de la siguiente persona se suprime de la lista que figura en el anexo de la Decisión 2014/119/PESC:

«14.

Raisa Vasylivna Bohatyriova»

II.

Las menciones correspondientes a las siguientes personas que figuran en el anexo de la Decisión 2014/119/PESC se sustituyen por el texto siguiente:

Nombre

Información de identificación

Exposición de motivos

Fecha de inclusión en la lista

«2.

Vitalii Yuriyovych Zakharchenko

(Вiталiй Юрiйович Захарченко),

Vitaliy Yurievich Zakharchenko

(Виталий Юрьевич Захарченко)

Nacido el 20 de enero de 1963 en Kostiantynivka (provincia de Donetsk), exministro del Interior.

Persona incursa en una causa penal ante las autoridades ucranianas por apropiación indebida de fondos o activos públicos y en conexión con el abuso de cargo ejercido por titular de empleo o cargo público con ánimo de obtener un beneficio indebido para sí o para un tercero, causando con ello un perjuicio para los presupuestos o activos públicos ucranianos.

6.3.2014

4.

Olena Leonidivna Lukash

(Олена Леонiдiвна Лукаш),

Elena Leonidovna Lukash

(Елена Леонидовна Лукаш)

Nacida el 12 de noviembre de 1976 en Rîbnița (Moldavia), exministra de Justicia.

Persona incursa en una causa penal ante las autoridades ucranianas por su participación en la apropiación indebida de fondos o activos públicos y en conexión con el abuso de cargo ejercido por titular de empleo o cargo público con ánimo de obtener un beneficio indebido para sí o para un tercero, causando con ello un perjuicio para los presupuestos o activos públicos ucranianos.

6.3.2014

13.

Dmytro Volodymyrovych Tabachnyk

(Дмитро Володимирович Табачник)

Nacido el 28 de noviembre de 1963 en Kiev, exministro de Educación y Ciencia.

Persona incursa en una causa penal ante las autoridades ucranianas por su participación en la apropiación indebida de fondos públicos o bienes.

6.3.2014»

ANÁLISIS

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA:
    • la nulidad de lo indicado, por Sentencia de 26 de septiembre de 2019 (Ref. DOUE-Z-2019-70049).
    • la nulidad de lo indicado, por Sentencia de 11 de julio de 2019 (Ref. DOUE-Z-2019-70037).
    • la nulidad de lo indicado, por Sentencia de 11 de julio de 2019 (Ref. DOUE-Z-2019-70034).
    • la nulidad de lo indicado, por Sentencia de 8 de noviembre de 2017 (Ref. DOUE-Z-2018-70001).
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 5 y el anexo de la Decisión 2014/119, de 5 de marzo (Ref. DOUE-L-2014-80423).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Ucrania

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