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En la página 31, en el anexo II, punto 4.1.2:
donde dice:
«4.1.2.
Es imposible descartar totalmente el riesgo de descarrilamiento de los cables; deberán tomarse medidas que, en caso de descarrilamiento, permitan recuperar los cables y detener la instalación de transporte por cable sin riesgo para las personas.»,
debe decir:
«4.1.2.
Cuando no sea posible descartar totalmente el riesgo de descarrilamiento de los cables, se tomarán medidas que, en caso de descarrilamiento, permitan recuperar los cables y detener la instalación de transporte por cable sin riesgo para las personas.».
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