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En la página 14, artículo 18, apartado 2:
donde dice:
«2. En las acciones por violación, el titular de una marca no podrá prohibir la utilización de una marca de la Unión registrada posterior si esta última pudiera declararse nula con arreglo al […]»,
debe decir:
«2. En las acciones por violación, el titular de una marca no podrá prohibir la utilización de una marca de la Unión registrada posterior si esta última no pudiera declararse nula con arreglo al […]».
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