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Documento DOUE-L-2017-82485

Corrección de errores de la Directiva 2009/110/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre el acceso a la actividad de las entidades de dinero electrónico y su ejercicio, así como sobre la supervisión prudencial de dichas entidades, por la que se modifican las Directivas 2005/60/CE y 2006/48/CE y se deroga la Directiva 2000/46/CE.

Publicado en:
«DOUE» núm. 328, de 12 de diciembre de 2017, páginas 142 a 143 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-82485

TEXTO ORIGINAL

En la página 9, en el considerando 13, tercera frase:

donde dice:

«Además, los titulares de dinero electrónico no pueden estar autorizados a conceder intereses u otro tipo de beneficio a menos que ese beneficio esté relacionado con el tiempo durante

el cual el titular del dinero electrónico está en posesión del dinero electrónico.»,

debe decir:

«Además, los emisores de dinero electrónico no pueden estar autorizados a conceder intereses

u otro tipo de beneficio a menos que ese beneficio esté relacionado con el tiempo durante el cual el titular del dinero electrónico está en posesión del dinero electrónico.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 12/12/2017
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Directiva 2009/110, de 16 de septiembre (Ref. DOUE-L-2009-81940).
Materias
  • Auditoría de Cuentas
  • Cooperación internacional
  • Delitos monetarios
  • Dinero electrónico
  • Entidades auditoras y de inspección
  • Entidades de crédito

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