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Documento DOUE-L-2018-81120

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo, de 24 de junio de 2016, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de regímenes económicos matrimoniales.

Publicado en:
«DOUE» núm. 167, de 4 de julio de 2018, páginas 36 a 36 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2018-81120

TEXTO ORIGINAL

En la página 24, en el artículo 53, apartado 1:

 

donde dice:

 

«1.Cuando deba reconocerse una resolución con arreglo al presente capítulo, nada impedirá al solicitante instar la adopción de medidas provisionales y cautelares, de conformidad con la legislación del Estado miembro de ejecución, sin que resulte necesaria la declaración de fuerza ejecutiva conforme al artículo 46.»,

 

debe decir:

 

«1.Cuando deba reconocerse una resolución con arreglo al presente capítulo, nada impedirá al solicitante instar la adopción de medidas provisionales y cautelares, de conformidad con la legislación del Estado miembro de ejecución, sin que resulte necesaria la declaración de fuerza ejecutiva conforme al artículo 47.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 04/07/2018
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2016/1103, de 24 de junio (Ref. DOUE-L-2016-81234).
Materias
  • Capitulaciones matrimoniales
  • Cooperación judicial internacional
  • Divorcio
  • Documentos públicos
  • Enjuiciamiento Civil
  • Matrimonio
  • Medidas cautelares
  • Unión Europea

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