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Documento DOUE-L-2018-81223

Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 36/2012 del Consejo, de 18 de enero de 2012, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 442/2011.

Publicado en:
«DOUE» núm. 190, de 27 de julio de 2018, páginas 20 a 20 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2018-81223

TEXTO ORIGINAL

En la página 22, anexo II bis [Lista de entidades u organismos mencionados en el artículo 14 y en el artículo 15, apartado 1, letra b)], «Entidades», entrada 1 (relativa al «Commercial Bank of Syria»), columna «Datos identificativos»:

 

donde dice: «… SWIFT/BIC CMSY SY DA; …»,

 

debe decir: «… SWIFT/BIC CMSYSYDA; …».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 27/07/2018
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 36/2012, de 18 de enero (Ref. DOUE-L-2012-80048).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Siria

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