LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo, de 9 de marzo de 1998, relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad (1), y en particular su artículo 7, apartado 5,
Considerando lo siguiente:
(4) Las medidas establecidas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo.
(1) |
Como destacó la Comisión en su Comunicación relativa a un marco estratégico de la UE en materia de salud y seguridad en el trabajo 2014-2020 (2), es necesario mejorar la calidad de la recogida de datos estadísticos sobre los accidentes y enfermedades laborales, la exposición profesional y la mala salud relacionada con el trabajo. Repitiendo el módulo ad hoc sobre accidentes de trabajo y otros problemas de salud relacionados con el trabajo de 1999, 2007 y 2013, se podrían completar los datos transmitidos por los Estados miembros en virtud del Reglamento (UE) n.o 349/2011 (3). Además, al repetir este módulo se obtendría información sobre la exposición profesional a factores de riesgo para la salud física y el bienestar mental. |
(2) |
El Reglamento Delegado (UE) 2016/1851 (4) de la Comisión especifica y describe los ámbitos de información especializada («submódulos») que debe contener el módulo ad hoc de 2020 sobre accidentes de trabajo y otros problemas de salud relacionados con el trabajo. |
(3) |
La Comisión debe especificar las características técnicas, los filtros, los códigos y el plazo para la transmisión de datos en el marco del módulo ad hoc sobre accidentes de trabajo y otros problemas de salud relacionados con el trabajo. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
En el anexo del presente Reglamento se establecen las características técnicas del módulo ad hoc de 2020 sobre accidentes de trabajo y otros problemas de salud relacionados con el trabajo, los filtros, los códigos que deben utilizarse y la fecha límite para enviar los datos a la Comisión.
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 13 de noviembre de 2018.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 77 de 14.3.1998, p. 3.
(2) COM(2014) 332 final, de 6 de junio de 2014.
(3) Reglamento (UE) n.o 349/2011 de la Comisión, de 11 de abril de 2011, por el que se aplica el Reglamento (CE) n.o 1338/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre estadísticas comunitarias de salud pública y de salud y seguridad en el trabajo, por lo que se refiere a las estadísticas sobre los accidentes de trabajo (DO L 97 de 12.4.2011, p. 3).
(4) Reglamento Delegado (UE) 2016/1851 de la Comisión, de 14 de junio de 2016, por el que se adopta el programa de módulos ad hoc para los años 2019, 2020 y 2021 de la encuesta muestral sobre la población activa establecida en el Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo (DO L 284 de 20.10.2016, p. 1).
En el presente anexo se establecen las características técnicas, los filtros y los códigos que deben utilizarse en el módulo ad hoc sobre accidentes de trabajo y otros problemas de salud relacionados con el trabajo previsto para 2020. También se establecen las fechas de presentación de los datos a la Comisión.
Plazo de transmisión de los resultados a la Comisión: 31 de marzo de 2021.
Filtros y códigos que deben utilizarse para enviar los datos: como establece el anexo III del Reglamento (CE) n.o 377/2008 de la Comisión (1).
Columnas reservadas para factores facultativos de ponderación, que se utilicen en casos de submuestras o de falta de respuesta: las columnas 226 a 229 contienen números enteros y las columnas 230 y 231 contienen decimales.
1) Submódulo 1: «Accidentes de trabajo»
Filtro: 15 ≤ AGE ≤ 74
Nombre/Columna |
Código |
Descripción |
Filtro |
|
|
|
|
ACCIDNUM |
|
Número de accidentes en el trabajo durante los últimos 12 meses |
(WSTATOR = 1, 2) |
211 |
|
Accidentes de trabajo con lesiones corporales en los 12 meses anteriores a la semana de referencia |
o (WSTATOR = 3-5 y EXISTPR = 1 |
|
0 |
Ninguno |
y YEARPR y |
|
1 |
Uno |
MONTHPR no es |
|
2 |
Dos o más |
anterior a un año |
|
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
antes de la |
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
semana de referencia) |
|
|
|
|
ACCIDTYP |
|
Tipo de accidente de trabajo |
ACCIDNUM = 1,2 |
212 |
|
El accidente de trabajo más reciente es un accidente de tráfico |
|
|
1 |
Accidente de tráfico |
|
|
2 |
Accidente que no sea de tráfico |
|
|
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
ACCIDJOB |
|
Empleo vinculado al accidente |
ACCIDNUM = 1,2 |
213 |
|
Empleo en el momento del accidente de trabajo más reciente que causó lesiones corporales |
|
|
1 |
Principal empleo actual |
|
|
2 |
Segundo empleo actual |
|
|
3 |
Último empleo (en el caso de persona desempleada) |
|
|
4 |
Otro empleo actual o anterior |
|
|
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
ACCIDBRK |
|
Duración de la baja laboral por accidente de trabajo |
ACCIDNUM = 1,2 |
214 -215 |
|
Número de días naturales, excluido el del accidente, en los 12 meses anteriores a la semana de referencia durante los cuales el trabajador haya estado incapacitado para trabajar debido a las lesiones producidas por su accidente de trabajo más reciente. |
|
|
00 |
Sigue sin trabajar porque no se ha recuperado aún del accidente, pero espera volver a trabajar más adelante |
|
|
01 |
No espera volver a trabajar jamás debido al accidente |
|
|
02 |
Menos de un día de baja |
|
|
03 |
Entre uno y cuatro días |
|
|
04 |
Entre cuatro días y dos semanas |
|
|
05 |
Entre dos semanas y un mes |
|
|
06 |
Entre uno y tres meses |
|
|
07 |
Entre tres y seis meses |
|
|
08 |
Entre seis y nueve meses |
|
|
09 |
Entre nueve y doce meses |
|
|
99 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
2) Submódulo 2: 'Problemas de salud relacionados con el trabajo'
Filtro: 15 ≤ AGE ≤ 74
Nombre/Columna |
Código |
Descripción |
Filtro |
|
|
|
|
HPROBNUM |
|
Número de problemas de salud relacionados con el trabajo durante los últimos 12 meses |
(WSTATOR = 1, 2) o |
216 |
|
Problemas de salud física o mental sufridos por el trabajador en los 12 meses anteriores a la semana de referencia y provocados o agravados por el trabajo, independientemente de los accidentes de trabajo sufridos anteriormente. |
(WSTATOR = 3-5 y EXISTPR = 1) |
|
0 |
Ninguno |
|
|
1 |
Uno |
|
|
2 |
Dos o más |
|
|
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
HPROBTYP |
|
Tipo de problema de salud relacionado con el trabajo |
HPROBNUM = 1,2 |
217 -218 |
|
Tipo del problema de salud más grave provocado o agravado por el trabajo |
|
|
00 |
Problema óseo, articular o muscular que afecta principalmente al cuello, los hombros, los brazos o las manos |
|
|
01 |
Problema óseo, articular o muscular que afecta principalmente a las caderas, las rodillas, las piernas o los pies |
|
|
02 |
Problema óseo, articular o muscular que afecta principalmente a la espalda |
|
|
03 |
Problema respiratorio o pulmonar |
|
|
04 |
Problema cutáneo |
|
|
05 |
Problema auditivo |
|
|
06 |
Estrés, depresión o ansiedad |
|
|
07 |
Dolor de cabeza o fatiga ocular |
|
|
08 |
Cardiopatía, infarto de miocardio u otro problema del sistema circulatorio |
|
|
09 |
Enfermedad infecciosa (vírica, bacteriana o de otro tipo) |
|
|
10 |
Problema gástrico, hepático, renal o digestivo |
|
|
11 |
Otro tipo de problema de salud |
|
|
99 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
HPROBLIM |
|
Problema de salud que limite las actividades diarias |
HPROBNUM = 1,2 |
219 |
|
El problema de salud más grave provocado o agravado por el trabajo limita la capacidad de llevar a cabo actividades cotidianas normales ya sea en el trabajo o fuera de él |
|
|
0 |
No |
|
|
1 |
Sí, en cierta medida |
|
|
2 |
Sí, considerablemente |
|
|
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
HPROBJOB |
|
Empleo vinculado al problema de salud |
HPROBNUM = 1,2 |
220 |
|
Empleo que haya provocado o agravado el problema de salud más grave. |
|
|
1 |
Principal empleo actual |
|
|
2 |
Segundo empleo actual |
|
|
3 |
Último empleo (en el caso de persona desempleada) |
|
|
4 |
Otro empleo actual o anterior |
|
|
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
HPROBBRK |
|
Duración de la baja laboral por el problema de salud |
HPROBNUM = 1,2 |
221 -222 |
|
Número de días naturales en los 12 meses anteriores a la semana de referencia durante los cuales el trabajador haya estado de baja debido al problema de salud más grave provocado o agravado por el trabajo |
|
|
00 |
Sigue sin trabajar porque no se ha recuperado aún del problema de salud, pero espera volver a trabajar más adelante |
|
|
01 |
No espera volver a trabajar jamás debido al problema de salud |
|
|
02 |
Menos de un día de baja |
|
|
03 |
Entre uno y cuatro días |
|
|
04 |
Entre cuatro días y dos semanas |
|
|
05 |
Entre dos semanas y un mes |
|
|
06 |
Entre uno y tres meses |
|
|
07 |
Entre tres y seis meses |
|
|
08 |
Entre seis y nueve meses |
|
|
09 |
Entre nueve y doce meses |
|
|
99 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
3) Submódulo 3: «Factores de riesgo para la salud física o el bienestar mental»
Nombre/Columna |
Código |
Descripción |
Filtro |
|
|
|
|
PHYSRISK |
|
Exposición a factores de riesgo para la salud física |
WSTATOR = 1,2 |
223 -224 |
|
Exposición en el trabajo a uno de los siguientes factores de riesgo susceptibles de afectar a la salud física. Menciónese el factor que se considere más peligroso para la salud física. |
|
|
01 |
Sí, principalmente a posiciones dolorosas o extenuantes |
|
|
02 |
Sí, principalmente a movimientos repetitivos de las manos o de los brazos |
|
|
03 |
Sí, principalmente a la manipulación de objetos pesados |
|
|
04 |
Sí, principalmente al ruido |
|
|
05 |
Sí, principalmente a vibraciones fuertes |
|
|
06 |
Sí, principalmente a sustancias químicas, polvo, humo o gases |
|
|
07 |
Sí, principalmente a actividades que requieren una fuerte concentración visual |
|
|
08 |
Sí, principalmente a resbalones, tropiezos y caídas |
|
|
09 |
Sí, principalmente al uso de máquinas o herramientas manuales (excepto vehículos) |
|
|
10 |
Sí, principalmente al uso de vehículos (en el transcurso del trabajo, independientemente del viaje a y desde el trabajo) |
|
|
11 |
Sí, principalmente a otro factor de riesgo importante para la salud física |
|
|
00 |
No hay un factor de riesgo importante para la salud física |
|
|
99 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
MENTRISK |
|
Exposición a factores de riesgo para el bienestar mental |
WSTATOR = 1,2 |
225 |
|
Exposición en el trabajo a uno de los siguientes factores de riesgo susceptibles de afectar a la salud mental. Menciónese el factor que se considere más peligroso para la salud mental. |
|
|
1 |
Sí, principalmente a una fuerte presión de tiempo o sobrecarga de trabajo |
|
|
2 |
Sí, principalmente a la violencia o amenaza de violencia |
|
|
3 |
Sí, principalmente al acoso o a la intimidación |
|
|
4 |
Sí, principalmente a la falta de comunicación o cooperación en la organización |
|
|
5 |
Sí, principalmente a la relación con clientes, pacientes y alumnos difíciles |
|
|
6 |
Sí, principalmente a inseguridad laboral |
|
|
7 |
Sí, principalmente a una falta de autonomía o falta de influencia sobre el ritmo de trabajo o los procesos de trabajo |
|
|
8 |
Sí, principalmente a otro factor de riesgo importante para el bienestar mental |
|
|
0 |
No hay un factor de riesgo importante para el bienestar mental |
|
|
9 |
No aplicable (no incluido en el filtro) |
|
|
En blanco |
No sabe/No contesta |
|
|
|
|
|
(1) Reglamento (CE) n.o 377/2008 de la Comisión, de 25 de abril de 2008, sobre la aplicación del Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo, relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad, en relación con la codificación que deberá utilizarse para la transmisión de datos a partir de 2009, con la utilización de una submuestra para recoger los datos sobre las variables estructurales y con la definición de los trimestres de referencia (DO L 114 de 26.4.2008, p. 57).
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