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Documento DOUE-L-2018-81964

Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 661/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, relativo a los requisitos de homologación de tipo referentes a la seguridad general de los vehículos de motor, sus remolques y sistemas, componentes y unidades técnicas independientes a ellos destinados.

Publicado en:
«DOUE» núm. 309, de 5 de diciembre de 2018, páginas 42 a 42 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2018-81964

TEXTO ORIGINAL

En la página 12, en el artículo 13, apartado 11:

donde dice:

«11.   Los neumáticos C1, C2 y C3 fabricados antes de las fechas establecidas en los apartados 2, 3, 5 y 6 y que no se ajusten a los requisitos del anexo II podrán ser vendidos por un período no superior a 30 meses a partir de dichas fechas.»,

debe decir:

«11.   Los neumáticos C1, C2 y C3 fabricados antes de las fechas establecidas en los apartados 5, 6, 9 y 10 y que no se ajusten a los requisitos del anexo II podrán ser vendidos por un período no superior a 30 meses a partir de dichas fechas.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 05/12/2018
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 661/2009, de 13 de julio (Ref. DOUE-L-2009-81355).
Materias
  • Comercialización
  • Componentes de vehículos
  • Homologación
  • Marca de conformidad CE
  • Normas de calidad
  • Remolques
  • Seguridad vial
  • Vehículos de motor

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