Está Vd. en

Documento DOUE-L-2018-81999

Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1935 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2018, por el que se establecen los formularios a que se refiere el Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de regímenes económicos matrimoniales.

Publicado en:
«DOUE» núm. 314, de 11 de diciembre de 2018, páginas 14 a 33 (20 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2018-81999

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de regímenes económicos matrimoniales (1), y, en particular, su artículo 45, apartado 3, letra b); su artículo 58, apartado 1; su artículo 59, apartado 2, y su artículo 60, apartado 2,

Previa consulta al Comité sobre la ley aplicable, la competencia y la ejecución en materia de regímenes económicos matrimoniales,

Considerando que:

 (1) Para la correcta aplicación del Reglamento (UE) 2016/1103, deben establecerse varios formularios.

 (2) De conformidad con la Decisión (UE) 2016/954 (2) del Consejo por la que se autoriza una cooperación reforzada en el ámbito de los regímenes económicos de las parejas internacionales, el Reglamento (UE) 2016/1103 establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de regímenes patrimoniales de las parejas internacionales entre Bélgica, Bulgaria, la República Checa, Alemania, Grecia, España, Francia, Croacia, Italia, Chipre, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Austria, Portugal, Eslovenia, Finlandia y Suecia. Por tanto, solo dichos Estados miembros participan en la adopción del presente Reglamento,

 (3) Las medidas dispuestas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité sobre la ley aplicable, la jurisdicción y la ejecución en materia de regímenes económicos matrimoniales;

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1.   El formulario que deberá utilizarse para la certificación a que se refiere el artículo 45, apartado 3, letra b), del Reglamento (UE) 2016/1103 es el que figura en el anexo I.

2.   El formulario que deberá utilizarse para la certificación relativa a un documento público a que se refieren los artículos artículos 58, apartado 1, y 59, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1103 es el que figura en el anexo II.

3.   El formulario que deberá utilizarse para la certificación relativa a una transacción judicial a que se refiere en el artículo 60, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1103 es el que figura en el anexo III.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 29 de enero de 2019.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en los Estados miembros de conformidad con los Tratados.

Hecho en Bruselas, el 7 de diciembre de 2018.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

(1)  DO L 183, 8.7.2016, p. 1.

(2)  Decisión (UE) 2016/954 del Consejo, de 9 de junio de 2016, por la que se autoriza una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de regímenes económicos de las parejas internacionales, tanto en materia de regímenes económicos matrimoniales y de efectos patrimoniales de las uniones registradas (DO L 159 de 16.6.2016, p. 16).

ANEXO I

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01001502.tif.jpg Texto de la imagen

CERTIFICACIÓN

RELATIVA A UNA RESOLUCIÓN EN MATERIA DE REGÍMENES ECONÓMICOS MATRIMONIALES

(artículo 45, apartado 3, letra b), del Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de regímenes económicos matrimoniales) (1)

1. Estado miembro de origen (*)

Bélgica Bulgaria República Checa Alemania Grecia España Francia Croacia Italia Chipre Luxemburgo Malta Países Bajos Austria Portugal Eslovenia Finlandia Suecia

2. Órgano jurisdiccional o autoridad competente que expide la certificación

2.1. Nombre y denominación del órgano jurisdiccional o la autoridad (*):

2.2. Dirección

2.2.1. Calle y número/apartado de correos (*):

2.2.2. Localidad y código postal (*):

2.3. Teléfono (*):

2.4. Fax

2.5. Correo electrónico:

2.6. Otra información pertinente (especifíquese):

3. Órgano jurisdiccional (2) que dictó la resolución (rellénese SOLO si es diferente de la autoridad a que se refiere el punto 2)

3.1. Nombre y denominación del órgano jurisdiccional (*):

3.2. Dirección

(1) DO L 183 de 8.7.2016, p. 1.

(*) Información obligatoria.

(2) De conformidad con el artículo 3, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo, el término «órgano jurisdiccional» incluye, bajo ciertas condiciones, además de las autoridades judiciales, todas las demás autoridades y profesionales del Derecho con competencias en materia de efectos patrimoniales de las uniones registradas que ejerzan funciones jurisdiccionales o que actúen por delegación de poderes de una autoridad judicial o bajo su control. La lista de estas otras autoridades y profesionales del Derecho se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01001601.tif.jpg Texto de la imagen

3.2.1. Calle y número/apartado de correos (*):

3.2.2. Localidad y código postal (*):

3.3. Teléfono (*):

3.4. Fax

3.5. Correo electrónico:

4. Resolución

4.1. Fecha (dd/mm/aaaa) de la resolución (*):

4.2. Número de referencia de la resolución (*):

4.3. Partes de la resolución

4.3.1. Parte A

4.3.1.1. Apellido(s) y nombre(s) (*):

4.3.1.2. Fecha (dd/mm/aaaa) y lugar de nacimiento:

4.3.1.3. Número de identificación (1)

4.3.1.3.1. Número de documento nacional de identidad:

4.3.1.3.2. Número de seguridad social:

4.3.1.3.3. Otros (especifíquese):

4.3.1.4. Dirección

4.3.1.4.1. Calle y número/apartado de correos:

4.3.1.4.2. Localidad y código postal:

4.3.1.4.3. País

Bélgica Bulgaria República Checa Alemania Grecia España Francia Croacia Italia Chipre Luxemburgo Malta Países Bajos Austria Portugal Eslovenia Finlandia Suecia

Otros (especifíquese el código ISO):

4.3.1.5. Correo electrónico:

4.3.1.6. Función en el procedimiento (*)

(*) Información obligatoria.

(1) Indíquese el número más pertinente, en su caso.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01001701.tif.jpg Texto de la imagen

4.3.1.6.1. Demandante

4.3.1.6.2. Demandado

4.3.1.6.3. Otros (especifíquese):

4.3.2. Parte B

4.3.2.1. Apellido(s) y nombre(s) (*):

4.3.2.2. Fecha (dd/mm/aaaa) y lugar de nacimiento:

4.3.2.3. Número de identificación (1)

4.3.2.3.1. Número de documento nacional de identidad:

4.3.2.3.2. Número de seguridad social:

4.3.2.3.3. Otros (especifíquese):

4.3.2.4. Dirección

4.3.2.4.1. Calle y número/apartado de correos:

4.3.2.4.2. Localidad y código postal:

4.3.2.4.3. País

Bélgica Bulgaria República Checa Alemania Grecia España Francia Croacia Italia Chipre Luxemburgo Malta Países Bajos Austria Portugal Eslovenia Finlandia Suecia

Otros (especifíquese el código ISO):

4.3.2.5. Correo electrónico:

4.3.2.6. Función en el procedimiento (*)

4.3.2.6.1. Demandante

4.3.2.6.2. Demandado

4.3.2.6.3. Otros (especifíquese):

4.4. La resolución se dictó en rebeldía (*)

4.4.1. Sí (indíquese la fecha (dd/mm/aaaa) en la que se notificó al interesado el documento por el que se incoa el procedimiento o un documento equivalente):

4.4.2. No

(*) Información obligatoria.

(1) Indíquese el número más pertinente, en su caso.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01001801.tif.jpg Texto de la imagen

4.5. ¿Se solicita la inscripción en un registro público?

4.5.1. Sí

4.5.2. No

4.6.Si se ha respondido SÍ en el punto 4.5.1., la resolución ya no está sujeta a recurso ordinario, incluido cualquier recurso ante el órgano jurisdiccional de última instancia:

4.6.1. Sí

4.6.2. No

5. Fuerza ejecutiva de la resolución

5.1. ¿Se recaba la certificación a efectos de la ejecución de la resolución en otro Estado miembro? (*)

5.1.1. Sí

5.1.2. No

5.1.3. No sabe

5.2. Si se ha respondido SÍ en el punto 5.1.1., la decisión es ejecutoria en el Estado miembro de origen sin necesidad de que se cumplan otras condiciones (*)

5.2.1. Sí (especifíquese la obligación u obligaciones ejecutivas):

5.2.2. Sí, pero limitada a partes de la resolución (especifíquese la obligación u obligaciones ejecutivas):

5.2.3.La obligación es ejecutiva contra las siguientes personas(s):

5.2.3.1. Parte A

(*) Información obligatoria.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01001901.tif.jpg Texto de la imagen

5.2.3.2. Parte B

5.2.3.3. Otros (especifíquese):

6. Intereses

6.1. ¿Se solicita el cobro de intereses? (*)

6.1.1. Sí

6.1.2. No

6.2. Si se ha respondido SÍ en el punto 6.1.1 (*)

6.2.1. Intereses

6.2.1.1. No especificados en la resolución

6.2.1.2. Sí, especificados en la resolución como sigue:

6.2.1.2.1. Intereses debidos desde: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho] hasta: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho] (1)

6.2.1.2.2. Importe final:

6.2.1.2.3. Método de cálculo de los intereses

6.2.1.2.3.1. Tipo: %

6.2.1.2.3.2. Tipo: % sobre el tipo de referencia (BCE/tipo de referencia del banco central nacional: )

en vigor el: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho]

6.2.2. Intereses legales calculados con arreglo a (especifíquese la ley aplicable):

6.2.2.1. Intereses debidos desde: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho] hasta: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho] (1)

6.2.2.2.Método de cálculo los intereses

Tipo: 6.2.2.2.1. %

Tipo: 6.2.2.2.2. % sobre el tipo de referencia (BCE/tipo de referencia del banco central nacional: )

en vigor el: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho]

6.2.2.2.2.1. Primera fecha del semestre en que el deudor está en mora

6.2.2.2.2.2. Otros (especifíquese):

(*) Información obligatoria.

(1) Añádase el número de períodos necesario en caso de que haya más de uno.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01002001.tif.jpg Texto de la imagen

6.2.3. Capitalización de intereses (especifíquese):

6.2.4. Moneda

Euro (EUR) Lev (BGN)

Corona checa (CZK) Kuna (HRK)

Corona sueca (SEK) Otras (especifíquese el código ISO):

7. Costas o gastos

7.1. Partes que se hayan beneficiado de asistencia jurídica gratuita total o parcial

7.1.1. Parte A

7.1.2. Parte B

7.1.3. Otra parte (especifíquese):

7.2. Partes que se hayan beneficiado de una exención de costas y gastos

7.2.1. Parte A

7.2.2. Parte B

7.2.3. Otra parte (especifíquese):

7.3. ¿Se solicita el cobro de costas o gastos?*

7.3.1. Sí (1)

7.3.2. No

7.4. Si se ha respondido SÍ en el punto 7.3.1., la persona o las personas siguiente (s) contra la que se solicita la ejecución ha (n) sido condenada (s) a asumir las costas o gastos (*)

7.4.1. Parte A

7.4.2. Parte B

7.4.3. Otra parte (especifíquese):

7.4.4. Si más de una persona debe asumir las costas o gastos, ¿puede exigírsele la totalidad del importe a cualquiera de ellas?

(*) Información obligatoria.

(1) Este punto también cubre las situaciones en las que las costas o gastos se adjudican en una resolución separada.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01002101.tif.jpg Texto de la imagen

7.4.4.1. Sí

7.4.4.2. No

7.5. Si se ha respondido SÍ en el punto 7.3.1., las costas o gastos cuyo cobro se solicita son los siguientes (en caso de que las costas o gastos puedan exigirse a varias personas, especifíquese el desglose de cada persona por separado) (*)

7.5.1. Las costas o gastos se han fijado en la resolución como un importe global (especifíquese elimporte):

7.5.2. Las costas o gastos se han fijado en la resolución como un porcentaje de las costas totales (especifíquese el porcentaje del total): %.

7.5.3. La responsabilidad por las costas o gastos se ha fijado en la resolución y los importes exactos son los siguientes:

7.5.3.1. Tasas judiciales:

7.5.3.2. Honorarios de abogados:

7.5.3.3. Costes relativos a la notificación de documentos:

7.5.3.4. Otros (especifíquese):

7.5.4. Otros (especifíquese):

7.6. Si se ha respondido SÍ en el punto 7.3.1. (*)

7.6.1. Intereses de costas o gastos

7.6.1.1. No especificados en la resolución

7.6.1.2. Sí, especificados en la resolución como sigue:

7.6.1.2.1. Intereses debidos desde: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho]

hasta: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho] (1)

7.6.1.2.2. Importe final:

7.6.1.2.3. Método de cálculo de los intereses

7.6.1.2.3.1. Tipo: %

7.6.1.2.3.2. Tipo: % sobre el tipo de referencia (BCE/tipo de referencia del banco central nacional: ) en vigor el: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho]

7.6.2. Intereses legales calculados con arreglo a (especifíquese la ley aplicable):

(*) Información obligatoria.

(1) Añádase el número de períodos necesario en caso de que haya más de uno.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01002201.tif.jpg Texto de la imagen

7.6.2.1. Intereses debidos desde: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho]

hasta: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho] (1)

7.6.2.2. Método de cálculo de los intereses

7.6.2.2.1. Tipo: %

7.6.2.2.2. Tipo: % sobre el tipo de referencia (BCE/tipo de referencia del banco central nacional: ) en vigor el: ……………… (fecha (dd/mm/aaaa) o acontecimiento)

7.6.3. Capitalización de intereses (especifíquese):

7.6.4. Moneda

Euro (EUR) Lev (BGN)

Corona checa (CZK) Kuna (HRK)

Corona sueca (SEK) Otras (especifíquese el código ISO):

En caso de adjuntarse hojas adicionales, indíquese el número total de páginas (*)

Hecho en (*): el (*): (dd/mm/aaaa)

Firma o sello del órgano jurisdiccional o de la autoridad competente que expide el certificado (*):

(1) Añádase el número de períodos necesario en caso de que haya más de uno.

(*) Información obligatoria.

ANEXO II

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01002302.tif.jpg Texto de la imagen

CERTIFICACIÓN

RELATIVA A UN DOCUMENTO PÚBLICO EN MATERIA DE REGÍMENES ECONÓMICOS MATRIMONIALES

(artículos 58, apartado 1, y 59, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de regímenes económicos matrimoniales (1)

1. Estado miembro de origen (*)

Bélgica Bulgaria República Checa Alemania Grecia España Francia Croacia Italia Chipre Luxemburgo Malta Países Bajos Austria Portugal Eslovenia Finlandia Suecia

2. Autoridad que expidió el documento público y libró la certificación

2.1. Nombre y denominación de la autoridad (*):

2.2. Dirección

2.2.1. Calle y número/apartado de correos (*):

2.2.2. Lugar y código postal (*):

2.3. Teléfono (*):

2.4. Fax

2.5. Correo electrónico:

2.6. Otra información pertinente (especifíquese):

3. Documento público con fuerza ejecutiva

3.1. Fecha (dd/mm/aaaa) en la que se redactó el documento público (*):

3.2. Número de referencia del documento público:

3.3. Fecha (dd/mm/aaaa) en la que el documento público

3.3.1 se inscribió en el registro del Estado miembro de origen O

3.3.2. se depositó en el registro del Estado miembro de origen

(1) DO L 183 de 8.7.2016, p. 1.

(*) Información obligatoria.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01002401.tif.jpg Texto de la imagen

3.3.1 o 3.3.2 (rellénese SOLO si es diferente de la fecha indicada en el punto 3.1. y en caso de que la fecha de registro o depósito en el registro determine el efecto jurídico del instrumento)

3.3.3. Número de referencia en el registro:

3.4. Partes en el documento público con fuerza ejecutiva (1)

3.4.1. Parte A

3.4.1.1. Apellido(s) y nombre(s) (*):

3.4.1.2. Fecha (dd/mm/aaaa) y lugar de nacimiento:

3.4.1.3. Número de identificación (2)

3.4.1.3.1. Número de documento nacional de identidad:

3.4.1.3.2. Número de seguridad social:

3.4.1.3.3. Otros (especifíquese):

3.4.1.4. Dirección

3.4.1.4.1. Calle y número/apartado de correos:

3.4.1.4.2. Localidad y código postal:

3.4.1.4.3. País

Bélgica Bulgaria República Checa Alemania Grecia España Francia Croacia Italia Chipre Luxemburgo Malta Países Bajos Austria Portugal Eslovenia Finlandia Suecia

Otros (especifíquese el código ISO):

3.4.2. Parte B

3.4.2.1. Apellido(s) y nombre(s) (*):

3.4.2.2. Fecha (dd/mm/aaaa) y lugar de nacimiento:

3.4.2.3. Número de identificación (2)

3.4.2.3.1. Número de documento nacional de identidad:

3.4.2.3.2. Número de seguridad social:

3.4.2.3.3. Otros (especifíquese):

3.4.2.4. Dirección

(1) Si el documento público afecta a más de dos partes, adjúntese una hoja adicional.

(*) Información obligatoria.

(2) Indíquese el número más pertinente, en su caso.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01002501.tif.jpg Texto de la imagen

3.4.2.4.1. Calle y número/apartado de correos:

3.4.2.4.2. Localidad y código postal:

3.4.2.4.3. País

Bélgica Bulgaria República Checa Alemania Grecia España Francia Croacia Italia Chipre Luxemburgo Malta Países Bajos Austria Portugal Eslovenia Finlandia Suecia

Otros (especifíquese el código ISO):

4. Aceptación del documento público (artículo 58 del Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo)

4.1. ¿Se solicita la aceptación del documento público? (*)

4.1.1. Sí

4.1.2. No

4.2. Autenticidad del documento público ((*)si se ha respondido SÍ en el punto 4.1.1.)

4.2.1. Con arreglo a la legislación del Estado miembro de origen, el documento público tiene efectos probatorios específicos en comparación con otros documentos (*).

4.2.1.1. Los efectos probatorios específicos se refieren a los siguientes elementos: (*)

4.2.1.1.1. La fecha de redacción del documento público

4.2.1.1.2. El lugar donde se redactó el acto auténtico,

4.2.1.1.3. El origen de las firmas de las partes del documento público con fuerza ejecutiva

4.2.1.1.4. El contenido de las declaraciones de las partes

4.2.1.1.5. Los hechos que la autoridad declara verificados en su presencia

4.2.1.1.6. Las acciones que la autoridad declara haber realizado

4.2.1.1.7. Otros (especifíquese):

4.2.2. Con arreglo a la legislación del Estado miembro de origen, el documento público pierde sus efectos probatorios específicos mediante (indíquese si procede):

4.2.2.1. una resolución judicial dictada en

4.2.2.1.1. un procedimiento judicial ordinario

4.2.2.1.2. un procedimiento judicial especial previsto por la legislación a estos efectos (indíquese el nombre o las referencias jurídicas pertinentes):

(*) Información obligatoria.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01002601.tif.jpg Texto de la imagen

4.2.2.2. Otros (especifíquese):

4.2.3. A la autoridad le consta que el documento público no ha sido recurrido en el Estado miembro de origen en cuanto a su autenticidad (*).

4.3. Relaciones y actos jurídicos registrados en el documento público ((*) si se ha respondido SÍ en el punto 4.1.1.)

4.3.1. A la autoridad le consta que el documento público (*):

4.3.1.1. no se ha impugnado en cuanto a los actos jurídicos o relaciones jurídicas registrados

4.3.1.2. se ha impugnado en cuanto a los actos jurídicos o relaciones jurídicas registrados por cuestiones específicas no cubiertas por la presente certificación (especifíquese):

4.3.2. Otra información pertinente (especifíquese):

5. Otra información

5.1. En el Estado miembro de origen, el documento público es un documento válido a los efectos de registrar un derecho sobre bienes muebles o inmuebles en sus registros (1).

5.1.1. Sí (especifíquese):

5.1.2. No

6. Fuerza ejecutiva del documento público (artículo 59 del Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo)

6.1. ¿Se solicita la ejecución del documento público? (*)

6.1.1. Sí

(*) Información obligatoria.

(1) La inscripción en un registro de un derecho sobre bienes muebles o inmuebles estará sujeta a la legislación del Estado miembro en que esté situado el registro.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01002701.tif.jpg Texto de la imagen

6.1.2. No

6.2. Si se ha respondido SÍ en el punto 6.1.1., ¿es el documento público ejecutivo en el Estado miembro de origen sin necesidad de que se cumplan otras condiciones? (*)

6.2.1. Sí (especifíquese la obligación u obligaciones ejecutivas):

6.2.2. Sí, pero solo partes de este (especifíquense las obligaciones con fuerza ejecutiva):

6.2.3. La obligación es ejecutiva contra las siguientes personas: (*)

6.2.3.1. Parte A

6.2.3.2. Parte B

6.2.3.3. Otros (especifíquese):

7. Intereses

7.1. Se solicita el cobro de intereses? (*)

7.1.1. Sí

7.1.2. No

7.2. Si se ha respondido SÍ en el punto 7.1.1b (*)

7.2.1. Intereses

7.2.1.1. No especificados en el documento público

7.2.1.2. Sí, especificados en el documento público de la manera siguiente

7.2.1.2.1. Intereses debidos desde: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho]

hasta: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho] (1)

(*) Información obligatoria.

(1) Añádase el número de períodos necesario en caso de que haya más de uno.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01002801.tif.jpg Texto de la imagen

7.2.1.2.2. Importe final:

7.2.1.2.3. Método de cálculo de los intereses

7.2.1.2.3.1. Tipo: %

7.2.1.2.3.2. Tipo: % sobre el tipo de referencia (BCE/tipo de referencia del banco central nacional: ) en vigor el: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho]

7.2.2. Intereses legales calculados con arreglo a (especifíquese la ley aplicable):

7.2.2.1. Intereses debidos desde: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho]

hasta: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho] (1)

7.2.2.2. Método de cálculo de los intereses

7.2.2.2.1. Tipo: %

7.2.2.2.2. Tipo: % sobre el tipo de referencia (BCE/tipo de referencia del banco central nacional: ) en vigor el: [fecha (dd/mm/aaaa) o hecho]

7.2.3. Capitalización de intereses (especifíquese):

7.2.4. Moneda

Euro (EUR) Lev (BGN)

Corona checa (CZK) Kuna (HRK)

Corona sueca (SEK) Otras (especifíquese el código ISO):

En caso de adjuntarse hojas adicionales, indíquese el número total de páginas (*):

Hecho en (*): el (*): (dd/mm/aaaa)

Firma o sello de la autoridad que libra la certificación (*):

(1) Añádase el número de períodos necesario en caso de que haya más de uno

(*) Información obligatoria.

ANEXO III

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01002902.tif.jpg Texto de la imagen

CERTIFICACIÓN

RELATIVA A UNA TRANSACCIÓN JUDICIAL EN MATERIA DE REFIERE REGÍMENES ECONÓMICOS MATRIMONIALES

(artículo 60, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de regímenes económicos matrimoniales (1)

1. Estado miembro de origen (*)

Bélgica Bulgaria República Checa Alemania Grecia España Francia Croacia Italia Chipre Luxemburgo Malta Países Bajos Austria Portugal Eslovenia Finlandia Suecia

2. Órgano jurisdiccional que ha aprobado o ante el cual se ha celebrado la transacción y que libra la certificación

2.1. Nombre y denominación del tribunal (2):

2.2. Dirección

2.2.1. Calle y número/apartado de correos (*):

2.2.2. Localidad y código postal (*):

2.3. Teléfono (*):

2.4. Fax

2.5. Correo electrónico:

2.6. Otra información pertinente (especifíquese):

3. Transacción judicial

3.1. Fecha (dd/mm/aaaa) de la transacción judicial (*):

3.2. Número de referencia de la transacción judicial (*):

(1) DO L 183 de 8.7.2016, p. 1.

(*) La información obligatoria.

(2) De conformidad con el artículo 3, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo, el término «tribunal» incluye, bajo ciertas condiciones, además de a las autoridades judiciales, las demás autoridades y profesionales del Derecho con competencias en materia de regímenes económico matrimoniales que ejerzan funciones jurisdiccionales o que actúen por delegación de poderes de una autoridad judicial o actúen bajo el control de una autoridad judicial. La lista de estas otras autoridades y profesionales del Derecho se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01003001.tif.jpg Texto de la imagen

3.3. Partes en la transacción judicial (1)

3.3.1. Parte A

3.3.1.1. Apellido(s) y nombre(s) (*):

3.3.1.2. Fecha (dd/mm/aaaa) y lugar de nacimiento:

3.3.1.3. Número de identificación (2)

3.3.1.3.1. Número de documento nacional de identidad:

3.3.1.3.2. Número de seguridad social:

3.3.1.3.3. Otros (especifíquese):

3.3.1.4. Dirección

3.3.1.4.1. Calle y número/apartado de correos:

3.3.1.4.2. Localidad y código postal:

3.3.1.4.3. País:

Bélgica Bulgaria República Checa Alemania Grecia España Francia Croacia Italia Chipre Luxemburgo Malta Países Bajos Austria Portugal Eslovenia Finlandia Suecia

Otros (especifíquese el código ISO):

3.3.1.5. Correo electrónico:

3.3.1.6. Función en el procedimiento (*)

3.3.1.6.1. Demandante

3.3.1.6.2. Demandado

3.3.1.6.3. Otros (especifíquese):

3.3.2. Parte B

3.3.2.1. Apellido(s) y nombre(s) (*):

3.3.2.2. Fecha (dd/mm/aaaa) y lugar de nacimiento:

3.3.2.3. Número de identificación (2)

(1) Cuando la transacción judicial se refiera a más de dos partes, adjúntese una hoja adicional.

(*) Información obligatoria.

(2) Indíquese el número más pertinente, en su caso.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01003101.tif.jpg Texto de la imagen

3.3.2.3.1. Número de documento nacional de identidad:

3.3.2.3.2. Número de seguridad social:

3.3.2.3.3. Otros (especifíquese):

3.3.2.4. Dirección

3.3.2.4.1. Calle y número/apartado de correos:

3.3.2.4.2. Localidad y código postal:

3.3.2.4.3. País

Bélgica Bulgaria República Checa Alemania Grecia España Francia Croacia Italia Chipre Luxemburgo Malta Países Bajos Austria Portugal Eslovenia Finlandia Suecia

Otros (especifíquese el código ISO):

3.3.2.5. Correo electrónico:

3.3.2.6. Función en el procedimiento (*)

3.3.2.6.1. Demandante

3.3.2.6.2. Demandado

3.3.2.6.3. Otros (especifíquese):

4. Fuerza ejecutiva de la transacción judicial

4.1. ¿Es la transacción judicial ejecutiva en el Estado miembro de origen sin necesidad de que se cumplan otras condiciones? (*)

4.1.1. Sí (especifíquese la obligación u obligaciones ejecutivas):

4.1.2. Sí, pero limitada a partes de la transacción judicial (especifíquese la obligación u obligaciones ejecutivas):

4.2. La obligación es ejecutiva contra las siguientes personas (*)

(*) Información obligatoria.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01003201.tif.jpg Texto de la imagen

4.5. ¿Se solicita la inscripción en un registro público?

4.5.1. Sí

4.5.2. No

4.6.Si se ha respondido SÍ en el punto 4.5.1., la resolución ya no está sujeta a recurso ordinario, incluido cualquier recurso ante el órgano jurisdiccional de última instancia:

4.6.1. Sí

4.6.2. No

5. Fuerza ejecutiva de la resolución

5.1. ¿Se recaba la certificación a efectos de la ejecución de la resolución en otro Estado miembro? (*)

5.1.1. Sí

5.1.2. No

5.1.3. No sabe

5.2. Si se ha respondido SÍ en el punto 5.1.1., la decisión es ejecutoria en el Estado miembro de origen sin necesidad de que se cumplan otras condiciones (*)

5.2.1. Sí (especifíquese la obligación u obligaciones ejecutivas):

5.2.2. Sí, pero limitada a partes de la resolución (especifíquese la obligación u obligaciones ejecutivas):

5.2.3.La obligación es ejecutiva contra las siguientes personas(s):

5.2.3.1. Parte A

(*) Información obligatoria.

Imagen: https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=uriserv:OJ.L_.2018.314.01.0014.01.SPA.xhtml.L_2018314ES.01003301.tif.jpg Texto de la imagen

5.2.3. Capitalización de intereses (especifíquese):

5.2.4. Moneda

Euro (EUR) Lev (BGN)

Corona checa (CZK) Kuna (HRK)

Corona sueca (SEK) Otras (especifíquese el código ISO):

En caso de adjuntarse hojas adicionales, indíquese el número total de páginas (*):

Hecho en (*): el (*): (dd/mm/aaaa)

Firma o sello del órgano jurisdiccional que libra la certificación (*):

(*) Información obligatoria.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 45.3 del Reglamento 2016/1103, de 24 de junio (Ref. DOUE-L-2016-81234).
Materias
  • Capitulaciones matrimoniales
  • Cooperación judicial internacional
  • Divorcio
  • Documentos públicos
  • Enjuiciamiento Civil
  • Formularios administrativos
  • Matrimonio
  • Unión Europea

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid