EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 128, apartado 1,
Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y en particular su artículo 16,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Decisión (UE) 2019/43 del Banco Central Europeo (BCE/2018/27) (1) dispone el ajuste de la clave para la suscripción del capital del BCE (en lo sucesivo, «clave del capital») conforme al artículo 29.3 de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y establece con efectos a partir del 1 de enero de 2019 las nuevas ponderaciones asignadas a cada banco central nacional (BCN) en la clave del capital ajustada (en adelante, «ponderaciones en la clave del capital»). |
(2) |
El artículo 1, letra d), de la Decisión BCE/2010/29 (2) sobre la emisión de billetes de banco denominados en euros define la «clave de asignación de billetes» y se refiere al anexo I de esa decisión, que especifica la clave de asignación de billetes aplicable a partir del 1 de enero de 2015. Dado que a partir del 1 de enero de 2019 se aplicarán nuevas ponderaciones en la clave del capital, la Decisión BCE/2010/29 debe modificarse a fin de determinar la clave de asignación de billetes aplicable a partir del 1 de enero de 2019. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Modificación
1. La última frase de la letra d) del artículo 1 de la Decisión BCE/2010/29 se sustituye por el texto siguiente:
«En el anexo I de la presente Decisión se especifica la clave de asignación de billetes a partir del 1 de enero de 2019.».
2. El anexo I de la Decisión BCE/2010/29 se sustituye por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de enero de 2019.
Hecho en Fráncfort del Meno, el 29 de noviembre de 2018.
El Presidente del BCE
Mario DRAGHI
(1) Decisión (UE) 2019/43 del Banco Central Europeo, de 29 de noviembre de 2018, sobre la participación de los bancos centrales nacionales en la clave para la suscripción del capital del Banco Central Europeo (BCE/2018/27) (véase la página 178 del presente Diario Oficial).
(2) Decisión BCE/2010/29, de 13 de diciembre de 2010, sobre la emisión de billetes de banco denominados en euros (DO L 35 de 9.2.2011, p. 26).
«ANEXO I
CLAVE DE ASIGNACIÓN DE BILLETES A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2019
% |
|
Banco Central Europeo |
8,0000 |
Nationale Bank van België/Banque Nationale de Belgique |
3,3410 |
Deutsche Bundesbank |
24,2720 |
Eesti Pank |
0,2600 |
Banc Ceannais na hÉireann/Central Bank of Ireland |
1,5535 |
Bank of Greece |
2,2850 |
Banco de España |
11,0200 |
Banque de France |
18,7735 |
Banca d'Italia |
15,5970 |
Central Bank of Cyprus |
0,1985 |
Latvijas Banka |
0,3610 |
Lietuvos bankas |
0,5365 |
Banque centrale du Luxembourg |
0,3000 |
Bank Ċentrali ta' Malta/Central Bank of Malta |
0,0965 |
De Nederlandsche Bank |
5,3755 |
Oesterreichische Nationalbank |
2,6860 |
Banco de Portugal |
2,1630 |
Banka Slovenije |
0,4440 |
Národná banka Slovenska |
1,0575 |
Suomen Pankki |
1,6795 |
TOTAL |
100,0000 |
».
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