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En la página 133, artículo 28:
donde dice:
«Los documentos incluidos en el ámbito de aplicación de la presente Directiva y expedidos por las autoridades competentes de los Estados miembros en virtud de la Directiva 2006/87/CE antes del 6 de octubre de 2016 seguirán siendo válidos hasta su expiración.»,
debe decir:
«Los documentos incluidos en el ámbito de aplicación de la presente Directiva y expedidos por las autoridades competentes de los Estados miembros en virtud de la Directiva 2006/87/CE antes del 6 de octubre de 2018 seguirán siendo válidos hasta su expiración.».
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