Está Vd. en

Documento DOUE-L-2020-80182

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/817 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, relativo al establecimiento de un marco para la interoperabilidad de los sistemas de información de la UE en el ámbito de las fronteras y los visados y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 767/2008, (UE) 2016/399, (UE) 2017/2226, (UE) 2018/1240, (UE) 2018/1726 y (UE) 2018/1861 del Parlamento Europeo y del Consejo, y las Decisiones 2004/512/CE y 2008/633/JAI del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 35, de 7 de febrero de 2020, páginas 51 a 51 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-80182

TEXTO ORIGINAL

En la página 40, en el artículo 4, punto 8:

donde dice:

«8) "datos de identidad": los datos a que se refiere el artículo 27, apartado 3, letras a) a h);»,

debe decir:

«8) "datos de identidad": los datos a que se refiere el artículo 27, apartado 3, letras a) a e);».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 07/02/2020
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2019/817, de 20 de mayo (Ref. DOUE-L-2019-80852).
Materias
  • Cooperación judicial internacional
  • Fronteras
  • Libre circulación de personas
  • Protección de datos personales
  • Redes de telecomunicación
  • Unión Europea
  • Visados

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid