EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v),
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),
Considerando lo siguiente:
(1) De conformidad con la Decisión (UE) 2019/1864 del Consejo (2), el 9 de diciembre de 2019 se firmó el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la Confederación Suiza en el marco de las negociaciones al amparo del artículo XXVIII del GATT de 1994 sobre la modificación de las concesiones de Suiza a la OMC relativas a la carne condimentada (en lo sucesivo, «Acuerdo»), a reserva de su celebración en una fecha posterior.
(2) La presente Decisión del Consejo se refiere exclusivamente a la política comercial de la Unión y ejecuta un acuerdo alcanzado tras las negociaciones celebradas al amparo del artículo XXVIII del GATT de 1994, lo que constituye un derecho de la Unión en virtud del Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (OMC).
(3) Procede aprobar el Acuerdo.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la Confederación Suiza en el marco de las negociaciones al amparo del artículo XXVIII del GATT de 1994 sobre la modificación de las concesiones de Suiza a la OMC relativas a la carne condimentada.
El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el Acuerdo (3).
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 13 de julio de 2020.
Por el Consejo
El Presidente
J. BORRELL FONTELLES
(1) Aprobación de 17 de junio de 2020 (pendiente de publicación en el Diario Oficial).
(2) Decisión (UE) 2019/1864 del Consejo, de 24 de octubre de 2019, relativo a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y la Confederación Suiza en el marco de las negociaciones al amparo del artículo XXVIII del GATT de 1994 sobre la modificación de las concesiones de Suiza a la OMC relativas a la carne condimentada (DO L 289 de 8.11.2019, p. 1).
(3) La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.
A. Nota de la Confederación Suiza
Excelentísimo señor/Excelentísima señora:
Tras las negociaciones celebradas al amparo del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, relativas a la modificación de la lista de compromisos de la Confederación Suiza (Lista LIX Suiza‐Liechtenstein), tengo el honor de proponer lo siguiente:
La Confederación Suiza incorporará en su lista de compromisos, para el territorio aduanero de Suiza y de Liechtenstein, las modificaciones siguientes:
1. |
Modificación de los derechos consolidados en la lista LIX en vigor:
|
El presente Acuerdo está sujeto al cumplimiento de los procedimientos de aprobación internos de las Partes. La Unión Europea y Suiza se notificarán recíprocamente por escrito el cumplimiento de los procedimientos internos necesarios para la entrada en vigor del presente Acuerdo y Suiza notificará a la Unión Europea la certificación de la modificaciones de la lista LIX Suiza‐Liechtenstein. El Acuerdo entrará en vigor el día de la fecha de recepción de la última notificación.
Le agradecería tuviese a bien confirmarme el acuerdo de la Unión Europea sobre lo que precede. Tengo el honor de proponerle que si lo que precede es aceptable para la Unión Europea, la presente Nota y su confirmación constituyan conjuntamente un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Confederación Suiza y la Unión Europea, que entrará en vigor el día de la fecha de recepción de la última notificación.
Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.
B. Nota de la Unión Europea
Excelentísimo señor:
Tengo el honor de acusar recibo de su Nota con fecha de hoy, redactada en los siguientes términos:
«Tras las negociaciones celebradas al amparo del artículo XXVIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994, relativas a la modificación de la lista de compromisos de la Confederación Suiza (Lista LIX Suiza-Liechtenstein), tengo el honor de proponer lo siguiente:
La Confederación Suiza incorporará en su lista de compromisos, para el territorio aduanero de Suiza y de Liechtenstein, las modificaciones siguientes:
1. |
Modificación de los derechos consolidados en la lista LIX en vigor:
|
El presente Acuerdo está sujeto al cumplimiento de los procedimientos de aprobación internos de las Partes. La Unión Europea y Suiza se notificarán recíprocamente por escrito el cumplimiento de los procedimientos internos necesarios para la entrada en vigor del presente Acuerdo y Suiza notificará a la Unión Europea la certificación de la modificaciones de la lista LIX Suiza-Liechtenstein. El Acuerdo entrará en vigor el día de la fecha de recepción de la última notificación.
Le agradecería tuviese a bien confirmarme el acuerdo de la Unión Europea sobre lo que precede. Tengo el honor de proponerle que si lo que precede es aceptable para la Unión Europea, la presente Nota y su confirmación constituyan conjuntamente un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Confederación Suiza y la Unión Europea, que entrará en vigor el día de la fecha de recepción de la última notificación.».
Por mi parte le comunico el acuerdo de la Unión Europea sobre el contenido de su Nota.
Le ruego acepte el testimonio de mi mayor consideración.
(1) Además de los subcontingentes actuales, se asignará la cantidad de, al menos, 600 toneladas a los trozos preparados de muslo de vacuno, salados, condimentados y deshuesados con referencia arancelaria 1602.5091.
(2) Además de los subcontingentes actuales, se asignará la cantidad de, al menos, 600 toneladas a los trozos preparados de muslo de vacuno, salados, condimentados y deshuesados con referencia arancelaria 1602.5091
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