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Documento DOUE-L-2020-81212

Decisión (PESC) 2020/1133 del Consejo de 30 de julio de 2020 por la que se modifica la Decisión (PESC) 2016/610 relativa a una Misión de Formación Militar PCSD de la Unión Europea en la República Centroafricana (EUTM RCA).

Publicado en:
«DOUE» núm. 247, de 31 de julio de 2020, páginas 22 a 23 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-81212

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

 

 

(2)

El 19 de abril de 2016, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2016/610 (1) por la que se estableció una Misión de Formación Militar PCSD de la Unión Europea en la República Centroafricana (EUTM RCA), con un mandato hasta 24 meses después de haber alcanzado su plena capacidad operativa, es decir, hasta el 19 de septiembre de 2018, y un importe de referencia financiera que cubre dicho período.

 

El 30 de julio de 2018, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2018/1082 (2), que prorrogó el mandato de la EUTM RCA hasta el 19 de septiembre de 2020.

(3)

 

(4)

El 28 de mayo de 2020, sobre la base de una revisión estratégica de la misión, el Comité Político y de Seguridad recomendó que el mandato de la EUTM RCA se prorrogase dos años más.

 

La EUTM RCA debe coordinarse con la Misión asesora PCSD de la Unión Europea en la República Centroafricana (EUAM RCA), una vez comience la EUAM RCA, y con otros actores internacionales, en particular con la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana (MINUSCA), a fin de garantizar que se preste un apoyo integrado y coherente al Gobierno y a las fuerzas de seguridad de la República Centroafricana.

(5)

 

(6)

Por consiguiente, la Decisión (PESC) 2016/610 debe modificarse en consecuencia.

 

De conformidad con el artículo 5 del Protocolo n.o 22 sobre la posición de Dinamarca, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Dinamarca no participa en la elaboración y aplicación de decisiones y acciones de la Unión con implicaciones en el ámbito de la defensa. Por consiguiente, Dinamarca no participa en la adopción de la presente Decisión y no queda vinculada por la misma ni sujeta a su aplicación, y no contribuye a la financiación de la EUTM RCA.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2016/610/PESC se modifica como sigue:

1) El artículo 1 se modifica como sigue:

 a) el apartado 2 se modifica como sigue:

  i) la letra a) se sustituye por el texto siguiente:

  «a) asesoramiento estratégico al gabinete del Presidente, al Ministerio de Defensa, al Estado mayor y a las fuerzas armadas, incluso en materia de cooperación civil-militar;»,

  ii) se suprime la letra d);

 b) el apartado 4 se sustituye por el texto siguiente:

 «4.   La EUTM RCA se coordinará con la Misión asesora PCSD de la Unión Europea en la República Centroafricana (EUAM RCA) y con otros actores internacionales, en particular con la MINUSCA, a fin de garantizar que se preste un apoyo integrado y coherente al Gobierno y a las fuerzas de seguridad de la República Centroafricana.».

2) En el artículo 7, el apartado 4 se sustituye por el texto siguiente:

«4.   Las disposiciones sobre coordinación entre el comandante de la fuerza de la misión de la UE, los actores de la Unión, en particular la EUAM RCA, y los principales socios estratégicos locales pertinentes para la operación se definirán en el plan de la Misión.».

3) En el artículo 10 se añade el apartado siguiente:

«4.   El importe de referencia financiera para los costes comunes de la EUTM RCA para el período comprendido entre el 20 de septiembre de 2020 y el 19 de septiembre de 2022 ascenderá a 36 960 000 EUR. El porcentaje de este importe de referencia a que se refiere el artículo 25, apartado 1, de la Decisión (PESC) 2015/528 será del 0 %, y el porcentaje a que se refiere el artículo 34, apartado 3, de dicha Decisión será del 10 % para los compromisos y del 0 % para los pagos.».

4) En el artículo 13, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:

«2.   La EUTM RCA terminará el 19 de septiembre de 2022.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 30 de julio de 2020.

Por el Consejo

El Presidente

M. ROTH

(1)  Decisión (PESC) 2016/610 del Consejo, de 19 de abril de 2016, relativa a una Misión de Formación Militar PCSD de la Unión Europea en la República Centroafricana (EUTM RCA) (DO L 104 de 20.4.2016, p. 21).

(2)  Decisión (PESC) 2018/1082 del Consejo, de 30 de julio de 2018, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2016/610 relativa a una Misión de Formación Militar PCSD de la Unión Europea en la República Centroafricana (DO L 194 de 31.7.2018, p. 140).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 1, 7 y 13 de la Decisión 2016/610, de 19 de abril (Ref. DOUE-L-2016-80694).
Materias
  • Cooperación militar
  • Pacificación
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • República Centroafricana
  • Unión Europea

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