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Documento DOUE-L-2020-81864

Decisión de Ejecución (UE) 2020/2107 de la Comisión de 14 de diciembre de 2020 por la que se modifica la Decisión 2007/25/CE en lo que se refiere a su período de aplicación [notificada con el número (2020)8789].

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 425, de 16 de diciembre de 2020, páginas 103 a 104 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-81864

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 576/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, relativo a los desplazamientos sin ánimo comercial de animales de compañía y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 998/2003 (1), y en particular su artículo 36, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2007/25/CE de la Comisión  (2) establece determinadas medidas de protección frente a la gripe aviar altamente patógena (GAAP) y a los desplazamientos de aves de compañía que llegan con sus propietarios a la Unión. Fue adoptada en respuesta a los brotes de GAAP del subtipo H5N1, con el fin de proteger la salud humana y animal en la Unión, y es aplicable hasta el 31 de diciembre de 2020.

(2) En todo el mundo siguen produciéndose brotes de GAAP de distintos subtipos del virus H5 y, más raramente, del subtipo del virus H7, tanto en aves de corral como en otras aves cautivas. La GAAP se ha hecho endémica en varios terceros países, y ha alcanzado a otros por primera vez. Dado que sigue existiendo el peligro de que se introduzca el virus de la GAAP en la Unión a través de los desplazamientos no comerciales de aves de compañía desde terceros países, deben mantenerse las medidas de reducción del riesgo establecidas en la Decisión 2007/25/CE.

(3) Se han elaborado, en aplicación del Reglamento (UE) n.o 576/2013, un acto delegado y un acto de ejecución por el que se establecen requisitos zoosanitarios y de certificación para los desplazamientos no comerciales de aves de compañía en la Unión. Sin embargo, todavía se están debatiendo algunas disposiciones de estos actos y, por consiguiente, estos dos actos, que está previsto que sustituyan de forma permanente las medidas de protección establecidas actualmente en la Decisión 2007/25/CE, no serán adoptados antes del 31 de diciembre de 2020, es decir, la fecha de expiración de la Decisión 2007/25/CE.

(4) En consecuencia, a la vista de la situación epidemiológica mundial en lo que respecta a la GAAP, es necesario prorrogar el período de aplicación de la Decisión 2007/25/CE hasta el 31 de diciembre de 2021, para cuando ya habrán sido adoptados el acto delegado y el acto de ejecución que establecen los requisitos destinados a sustituir a los que ahora contiene la Decisión 2007/25/CE.

(5) Procede, por tanto, modificar la Decisión 2007/25/CE en consecuencia.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 6 de la Decisión 2007/25/CE, la fecha del «31 de diciembre de 2020» se sustituye por la del «31 de diciembre de 2021».

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 14 de diciembre de 2020.

Por la Comisión

Stella KYRIAKIDES

Miembro de la Comisión

 

 

(1)  DO L 178 de 28.6.2013, p. 1.

(2)  Decisión 2007/25/CE de la Comisión, de 22 de diciembre de 2006, relativa a determinadas medidas de protección frente a la gripe aviar altamente patógena y a los desplazamientos de aves de compañía que llegan con sus propietarios a la Comunidad (DO L 8 de 13.1.2007, p. 29).

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 14/12/2020
  • Fecha de publicación: 16/12/2020
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Decisión 2018/1687, de 7 de noviembre ((Ref. DOUE-L-2018-81786)).
  • Fecha de derogación: 01/01/2022
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec/2020/2107/spa
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 6 de la Decisión 2007/25, de 22 de diciembre de 2006 (Ref. DOUE-L-2007-80021).
Materias
  • Animales de compañía
  • Aves
  • Certificado sanitario
  • Enfermedad animal
  • Inspección veterinaria
  • Sanidad veterinaria

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