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Documento DOUE-L-2021-80377

Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la mejora de la liquidación de valores en la Unión Europea y los depositarios centrales de valores y por el que se modifican las Directivas 98/26/CE y 2014/65/UE y el Reglamento (UE) nº 236/2012.

Publicado en:
«DOUE» núm. 104, de 25 de marzo de 2021, páginas 56 a 56 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2021-80377

TEXTO ORIGINAL

En la página 27, en el artículo 16, apartado 4:

donde dice:

«4.   Tanto los DCV como sus auditores independientes notificarán sin dilaciones injustificadas a la autoridad competente todo cambio importante respecto de las condiciones de la autorización.»,

debe decir:

«4.   Tanto los DCV como sus auditores independientes notificarán sin dilaciones injustificadas a la autoridad competente todo cambio importante que afecte al cumplimiento de las condiciones de la autorización.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 25/03/2021
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 909/2014, de 23 de julio (Ref. DOUE-L-2014-81821).
Materias
  • Activos financieros
  • Auditoría de Cuentas
  • Autorizaciones
  • Consumidores y usuarios
  • Entidades financieras
  • Información
  • Organismo y agencia CE
  • Riesgos
  • Sistema financiero

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