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Documento DOUE-L-2021-80380

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/358 de la Comisión, de 4 de marzo de 2020, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1976 en lo que se refiere a las licencias de piloto de planeador.

Publicado en:
«DOUE» núm. 104, de 25 de marzo de 2021, páginas 59 a 60 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2021-80380

TEXTO ORIGINAL

En la página 65, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte GEN, punto «SFCL.065 Restricción de atribuciones a los titulares de una BPL de 70 años de edad o más para el transporte comercial de pasajeros en planeador», en el título:

donde dice:

«BPL»,

debe decir:

«SPL».

En la página 66, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte SPL, punto «SFCL.120 BPL-Edad mínima», en el título:

donde dice:

«BPL»,

debe decir:

«SPL».

En la página 66, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte SPL, punto «SFCL.125 BPL-Piloto en formación», en el título:

donde dice:

«BPL»,

debe decir:

«SPL».

En la página 67, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte SPL, punto «SFCL.135 BPL-Examen de conocimientos teóricos», en el título:

donde dice:

«BPL»,

debe decir:

«SPL».

En la página 68, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte SPL, punto «SFCL.140 BPL-Reconocimiento de crédito por los conocimientos teóricos», en el título:

donde dice:

«BPL»,

debe decir:

«SPL».

En la página 73, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte ADD, punto «SFCL.215 Atribuciones de vuelo entre nubes con planeadores», letra c), punto 2:

donde dice:

«en doble vuelo»,

debe decir:

«en doble mando».

En la página 78, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte FI «Examinadores de vuelo», en el título:

donde dice:

«SUBPARTE FI»,

debe decir:

«SUBPARTE FE».

En la página 79, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte FI «Examinadores de vuelo», sección 1, punto «SFCL.410 Realización de pruebas de pericia, verificaciones de competencia y evaluaciones de competencia», letra b), punto 3, inciso v):

donde dice:

«en tanto que examinador»,

debe decir:

«como examinador de vuelo en planeador».

En la página 80, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte FI «Examinadores de vuelo», sección 2, punto «SFCL.420 Certificado de FE(S) – Requisitos previos y requisitos», letra b):

donde dice:

«FE(B)»,

debe decir:

«FE(S)».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 25/03/2021
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2020/358, de 4 de marzo (Ref. DOUE-L-2020-80368).
  • CORRIGE errores del Reglamento 2018/1976, de 14 de diciembre (Ref. DOUE-L-2018-82087).
Materias
  • Capacitación profesional
  • Certificados
  • Formación profesional
  • Licencias
  • Navegación aérea
  • Pilotos de aviación
  • Reglamentaciones técnicas
  • Requisitos conjuntos de aviación JAR

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