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Documento DOUE-L-2021-80788

Decisión de Ejecución (UE) 2021/958 de la Comisión de 31 de mayo de 2021 por la que se establece el formato para comunicar datos e información sobre los artes de pesca introducidos en el mercado y los residuos de artes de pesca recogidos en los Estados miembros, y el formato del informe de control de calidad contemplado en el artículo 13, apartado 1, letra d), y apartado 2, de la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 211, de 15 de junio de 2021, páginas 51 a 64 (14 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2021-80788

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente (1), y en particular su artículo 13, apartado 4,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 13, apartado 1, letra d), de la Directiva (UE) 2019/904, los Estados miembros deben comunicar datos sobre los artes de pesca que contienen plástico introducidos en el mercado y sobre los residuos de artes de pesca recogidos en el Estado miembro en el formato determinado por la Comisión.

(2)

El artículo 13, apartado 2, de la Directiva (UE) 2019/904 establece que los datos y la información comunicados por los Estados miembros deben ir acompañados de un informe de control de calidad. El formato del informe de control de calidad debe garantizar que la información y los datos comunicados proporcionen una base suficiente para verificar la exactitud, fiabilidad y comparabilidad de tal información y datos entre los Estados miembros.

(3)

De conformidad con el artículo 13, apartado 1, de la Directiva (UE) 2019/904, los Estados miembros deben comunicar a la Comisión los datos y la información por medios electrónicos en el plazo de dieciocho meses a partir del final del año de comunicación en el que se hayan recogido.

(4)

A fin de que los Estados miembros puedan cumplir sus obligaciones de comunicación en virtud de la Directiva (UE) 2019/904 y para garantizar la exactitud y comparabilidad de los datos comunicados, conviene establecer, de conformidad con el artículo 13, apartado 4, de la Directiva (UE) 2019/904, el formato para la comunicación de datos e información sobre los artes de pesca que contienen plástico introducidos en el mercado y los residuos de artes de pesca recogidos en los Estados miembros.

(5)

El formato que se establece en el anexo de la presente Decisión exige que las cantidades de artes de pesca introducidas en el mercado y de residuos de artes de pesca se comuniquen por peso. Por consiguiente, los Estados miembros deben adoptar las medidas necesarias para garantizar que la comunicación pueda efectuarse de conformidad con el formato.

(6)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de adaptación al progreso científico y técnico y aplicación de las Directivas sobre residuos establecido por el artículo 39 de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los Estados miembros comunicarán los datos sobre los artes de pesca que contengan plástico introducidos en el mercado y sobre los residuos de artes de pesca recogidos a los que se refiere el artículo 13, apartado 1, letra d), de la Directiva (UE) 2019/904 en el formato que se establece en el anexo 1 de la presente Decisión.

Artículo 2

Los Estados miembros elaborarán el informe de control de calidad contemplado en el artículo 13, apartado 2, de la Directiva (UE) 2019/904 en el formato que se establece en el anexo 2 de la presente Decisión.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 31 de mayo de 2021.

Por la Comisión

Virginijus SINKEVIČIUS

Miembro de la Comisión

(1)  DO L 155 de 12.6.2019, p. 1.

(2)  Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas (DO L 312 de 22.11.2008, p. 3).

ANEXO 1
Formato para la comunicación de datos sobre los artes de pesca que contienen plástico introducidos en el mercado y los residuos de artes de pesca recogidos, de conformidad con el artículo 13, apartado 1, letra d), de la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo

A.   Formato para la comunicación de datos sobre los artes de pesca que contienen plástico introducidos en el mercado (1)

 

 

Paños de redes de cordel grueso  (2)

(Ø > 1 mm)

Paños de redes de cordel delgado

(Ø ≤ 1 mm)

Otros artes de pesca de plástico o partes de ellos

Partes no plásticas de los artes de pesca  (3)

Boyas, flotadores, sogas

Total  (*1) =

(toneladas)

A + B + C + D + E

A

B

C

D = I + K

E = F + J + L

Total de plásticos =

A + B + C + F

A

B

C

 

F

polipropileno (PP)

 

 

 

 

 

 

polietileno (PE)

 

 

 

 

 

 

polietileno de alto peso molecular (HMPE)

 

 

 

 

 

 

nailon

 

 

 

 

 

 

otros (PET, PVC, PEAD, EVA, etc.)

 

 

 

 

 

 

mezcla de polímeros

 

 

 

 

 

 

Total de metales

G = I + J

 

 

 

I

J

acero

 

 

 

 

 

 

aluminio

 

 

 

 

 

 

plomo

 

 

 

 

 

 

Otro metal o metales mezclados

 

 

 

 

 

 

Total de caucho

H = K + L

 

 

 

K

L

B.   Formato para la comunicación de datos sobre los residuos de artes de pesca recogidos (4)

 

Total

Paños de redes de cordel grueso  (5)

(Ø > 1 mm)

Paños de redes de cordel delgado

(Ø ≤ 1 mm)

Otros artes de pesca de plástico o partes de ellos

Partes no plásticas de los artes de pesca  (6)

Boyas, flotadores, sogas

Total  (*2) =

(toneladas)

A + B + C + D + E

A

B

C

D = I + K

E = F + J + L

Total de plásticos =

A + B + C + F

A

B

C

 

F

polipropileno (PP)

 

 

 

 

 

 

polietileno (PE)

 

 

 

 

 

 

polietileno de alto peso molecular (HMPE)

 

 

 

 

 

 

nailon

 

 

 

 

 

 

otros (PET, PVC, PEAD, EVA, etc.)

 

 

 

 

 

 

mezcla de polímeros

 

 

 

 

 

 

Total de metales

G = I + J

 

 

 

I

J

acero

 

 

 

 

 

 

aluminio

 

 

 

 

 

 

plomo

 

 

 

 

 

 

Otro metal o metales mezclados

 

 

 

 

 

 

Total de caucho

H = K + L

 

 

 

K

L

(1)  Los datos deben comunicarse en peso (toneladas); el informe de control de calidad debe especificar si se han utilizado factores de conversión (por ejemplo, de volumen a masa).

(*1)  Solo las cantidades totales (en la casilla blanca) de los artes de pesca y sus componentes son de comunicación obligatoria.

Las casillas sombreadas en negro no son pertinentes.

(2)  Se considerará «cordel» cualquier cordel, cuerda, soga ligera, etc., tanto si está formado por un filamento simple (monofilamento) como por varios filamentos torcidos o trenzados juntos para formar un único cordel múltiple.

(3)  Pueden incluirse plomos metálicos, rodillos de caucho, dispositivos o rejillas de escape, etc.

(4)  Los datos deben comunicarse en peso (toneladas); el informe de control de calidad debe especificar si se han utilizado factores de conversión (por ejemplo, de volumen a masa).

(*2)  Solo las cantidades totales (en la casilla blanca) de los artes de pesca y sus componentes son de comunicación obligatoria. Esto incluye cualquier arte de pesca que contenga plástico, además de cualesquiera componentes, sustancias o materiales separados que formaran parte de dichos artes de pesca o estuvieran unidos a ellos cuando fueron descartados, abandonados o perdidos. Las casillas sombreadas en negro no son pertinentes.

(5)  Se considerará «cordel» cualquier cordel, cuerda, soga ligera, etc., tanto si está formado por un filamento simple (monofilamento) como por varios filamentos torcidos o trenzados juntos para formar un único cordel múltiple.

(6)  Pueden incluirse plomos metálicos, rodillos de caucho, dispositivos o rejillas de escape, etc.

ANEXO 2
Formato para el informe de control de calidad contemplado en el anexo 1, de conformidad con el artículo 13, apartado 2, de la Directiva (UE) 2019/904 del Parlamento Europeo y del Consejo

I.   Objetivo del informe

El informe de control de calidad tiene por objeto recopilar información sobre los métodos de recogida de datos y la calidad de los datos presentados. El informe debe permitir una mejor comprensión de los enfoques adoptados por los Estados miembros en materia de recogida de datos, así como hacer posible que los datos sean comparados entre los Estados miembros. Acompaña a los informes de los Estados miembros sobre los artes de pesca que contienen plástico introducidos en el mercado y los residuos de artes de pesca recogidos.

El informe de control de calidad debe evaluar la calidad de los procesos de recogida de datos, incluidos el alcance y la validación de las fuentes de datos administrativos y la validez estadística de los planteamientos basados en encuestas.

Además, debe tener en cuenta las razones de los cambios significativos en los datos comunicados y garantizar la confianza en la exactitud de tales datos.

II.   Formato del informe de control de calidad Artes de pesca que contienen plástico introducidos en el mercado

1.   INFORMACIÓN GENERAL

Estado miembro:

 

Organización responsable de la presentación de datos:

 

Correo electrónico de contacto:

 

Número de teléfono:

 

Año de referencia:

 

Fecha/versión de la comunicación de datos:

 

Enlace a la publicación de los datos por el Estado miembro (en su caso):

 

2.   DESCRIPCIÓN DE LAS PARTES QUE PARTICIPAN EN LA RECOGIDA DE DATOS

Nombre de la institución

Principales responsabilidades

 

 

Añada filas si es necesario.

3.   DESCRIPCIÓN DE LOS MÉTODOS EMPLEADOS

3.1.   Especificación de métodos y fuentes

Métodos de recogida de datos / Fuentes de datos

Datos obligatorios

(método/fuente: sí/no)

Datos voluntarios (optativos)

(método/fuente: sí/no)

Informes administrativos (censo)

 

 

Encuestas (censo o muestreo)

 

 

Estadísticas comerciales (por ejemplo, utilizando datos Prodcom o Comext)

 

 

Régimen de responsabilidad ampliada del productor

 

 

Fabricantes/comerciantes de artes de pesca

 

 

Otros (especifique)

 

 

Indique el número de la fuente de referencia entre paréntesis en las casillas donde la respuesta sea «sí», por ejemplo, «sí (1)».

Añada explicaciones específicas en el cuadro siguiente para las casillas donde la respuesta sea «sí», utilizando los números de referencia. Indique la frecuencia de la recogida de datos (por ejemplo, mensual, trimestral, anual, continua), si está disponible.

Nº de ref.

Explicación o descripción adicional

 

 

Añada filas si es necesario.

3.2.   Especificación de los factores de conversión

Si se han utilizado factores de conversión (1) para estimar los datos voluntarios, indíquelos en el cuadro que figura a continuación.

 

Total de artes de pesca que contienen plástico (toneladas)

Paños de redes de cordel grueso

(Ø > 1 mm)

Paños de redes y líneas de cordel delgado

(Ø ≤ 1 mm)

Otros artes de pesca de plástico o partes de ellos

Partes no plásticas de los artes de pesca

Boyas, flotadores, sogas

Total por tipo de material

Total  (*1) (toneladas)

Valor obligatorio

 

 

 

 

 

 

Total de plásticos

 

 

 

 

 

 

 

polipropileno (PP)

 

 

 

 

 

 

 

polietileno (PE)

 

 

 

 

 

 

 

polietileno de alto peso molecular (HMPE)

 

 

 

 

 

 

 

nailon

 

 

 

 

 

 

 

otros

 

 

 

 

 

 

 

mezclas

 

 

 

 

 

 

 

Total de metales

 

 

 

 

 

 

 

acero

 

 

 

 

 

 

 

aluminio

 

 

 

 

 

 

 

plomo

 

 

 

 

 

 

 

Otro metal o metales mezclados

 

 

 

 

 

 

 

Total de caucho

 

 

 

 

 

 

 

Total por componente del arte de pesca

 

 

 

 

 

 

 

4.   EXACTITUD DE LOS DATOS

4.1.   Encuestas estadísticas sobre la cantidad de artes de pesca comercializada

Alcance de la encuesta

Año

Unidades estadísticas

Porcentaje de la población encuestada

Datos (t)

Nivel de confianza

Margen de error

Ajustes efectuados en el año en curso respecto al año de la encuesta

Otros detalles

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Añada filas para cada encuesta realizada.

Añada explicaciones específicas en el cuadro siguiente numerando o referenciando las casillas anteriores.

Explicación o descripción adicional

 

 

Añada filas si es necesario.

4.2.   Principales problemas de exactitud

Descripción de los principales problemas que afectan a la exactitud de los datos, incluidos los errores relacionados con el muestreo, la cobertura, la medición, el tratamiento y la falta de respuesta Descripción de las estimaciones usadas

Problema de exactitud

Explicación o descripción adicional

1

Muestreo

 

2

Cobertura

 

3

Medición

 

4

Tratamiento

 

5

Falta de respuesta

 

6

Estimaciones

 

7

Otros (especifique)

 

Añada filas si es necesario.

4.3.   Diferencias respecto a los datos del año anterior

En su caso, cambios metodológicos significativos en el método de cálculo del año de referencia en curso (incluya en particular revisiones retrospectivas, la naturaleza de los cambios y si se requiere un indicador de ruptura de la serie para un año determinado).

Explicación o descripción adicional

 

 

Añada filas si es necesario.

4.4.   Verificación de los datos

 

Control cruzado

(sí/no)

Control de series temporales

(sí/no)

Auditoría

(sí/no)

Proceso de verificación

(sí/no)

Datos obligatorios

 

 

 

 

Datos voluntarios

 

 

 

 

Información adicional sobre los métodos, incluida la combinación de métodos empleados.

 

Descripción detallada de los métodos de verificación

Datos obligatorios

 

Datos voluntarios (optativos)

 

5.   CONFIDENCIALIDAD

5.1.   Especifique por partida numerada cómo se ha garantizado la confidencialidad(ejemplo: medidas o procedimientos que impidan la divulgación no autorizada de datos, etc.).

Descripción

 

 

Añada filas si es necesario.

5.2.   Problemas de confidencialidad relacionados con la publicación de datos

Descripción

 

 

Añada filas si es necesario.

6.   DIFUSIÓN: PRINCIPALES SITIOS WEB Y PUBLICACIONES NACIONALES

Enumerar a continuación los ámbitos relacionados con la difusión de datos.

Lista de sitios web, documentos y publicaciones

 

 

7.   METADATOS

Lista de documentos relacionados con la metodología de recogida de datos, el tratamiento de datos y el control de calidad.

Ámbito

Existe un documento (sí/no)

Referencia al documento (título, año, enlace web, si procede)

Recogida de datos

 

 

Tratamiento de datos

 

 

Control de calidad

 

 

III.   Formato del informe de control de calidad: Residuos de artes de pesca recogidos

1.   INFORMACIÓN GENERAL

Estado miembro:

 

Organización responsable de la presentación de datos:

 

Correo electrónico de contacto:

 

Número de teléfono:

 

Año de referencia:

 

Fecha/versión de la comunicación de datos:

 

Enlace a la publicación de los datos por el Estado miembro (en su caso):

 

2.   DESCRIPCIÓN DE LAS PARTES QUE PARTICIPAN EN LA RECOGIDA DE DATOS

Nombre de la institución

Principales responsabilidades

 

 

Añada filas si es necesario.

3.   DESCRIPCIÓN DE LOS MÉTODOS EMPLEADOS

3.1.   Especificación de métodos y fuentes

Métodos de recogida de datos / Fuentes de datos

Datos obligatorios

(método/fuente: sí/no)

Datos voluntarios (optativos)

(método/fuente: sí/no)

Informes administrativos (censo)

 

 

Encuestas (censo o muestreo)

 

 

Puertos

 

 

Régimen de responsabilidad ampliada del productor

 

 

Fabricantes/comerciantes de artes de pesca

 

 

Operadores de gestión de residuos

 

 

Otros (especifique)

 

 

Indique el número de la fuente de referencia entre paréntesis en las casillas donde la respuesta sea «sí», por ejemplo, «sí (1)».

Añada explicaciones específicas en el cuadro siguiente para las casillas donde la respuesta sea «sí», utilizando los números de referencia. Indique la frecuencia de la recogida de datos (por ejemplo, mensual, trimestral, anual, continua), si está disponible.

Nº de ref.

Explicación o descripción adicional

 

 

Añada filas si es necesario.

3.2.   Especificación de los factores de conversión

Si se han utilizado factores de conversión (2) para estimar los datos voluntarios, indíquelos en el cuadro que figura a continuación.

 

Total de artes de pesca que contienen plástico (toneladas)

Paños de redes de cordel grueso

(Ø > 1 mm)

Paños de redes y líneas de cordel delgado

(Ø ≤ 1 mm)

Otros artes de pesca de plástico o partes de ellos

Partes no plásticas de los artes de pesca

Boyas, flotadores, sogas

Total por tipo de material

Total  (*2) (toneladas)

Valor obligatorio

 

 

 

 

 

 

Total de plásticos

 

 

 

 

 

 

 

polipropileno (PP)

 

 

 

 

 

 

 

polietileno (PE)

 

 

 

 

 

 

 

polietileno de alto peso molecular (HMPE)

 

 

 

 

 

 

 

nailon

 

 

 

 

 

 

 

otros

 

 

 

 

 

 

 

mezclas

 

 

 

 

 

 

 

Total de metales

 

 

 

 

 

 

 

acero

 

 

 

 

 

 

 

aluminio

 

 

 

 

 

 

 

plomo

 

 

 

 

 

 

 

Otro metal o metales mezclados

 

 

 

 

 

 

 

Total de caucho

 

 

 

 

 

 

 

Total por componente del arte de pesca

 

 

 

 

 

 

 

4.   EXACTITUD DE LOS DATOS

4.1.   Encuestas estadísticas sobre la cantidad de artes de pesca recogida

Alcance de la encuesta

Año

Unidades estadísticas

Porcentaje de la población encuestada

Datos (t)

Nivel de confianza

Margen de error

Ajustes efectuados en el año en curso respecto al año de la encuesta

Otros detalles

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Añada filas para cada encuesta realizada.

Añada explicaciones específicas en el cuadro siguiente numerando o referenciando las casillas anteriores.

Explicación o descripción adicional

 

 

Añada filas si es necesario.

4.2.   Principales problemas de exactitud

Descripción de los principales problemas que afectan a la exactitud de los datos, incluidos los errores relacionados con el muestreo, la cobertura, la medición, el tratamiento y la falta de respuesta Descripción de las estimaciones usadas

Problema de exactitud

Explicación o descripción adicional

1

Muestreo

 

2

Cobertura

 

3

Medición

 

4

Tratamiento

 

5

Falta de respuesta

 

6

Estimaciones

 

7

Otros (especifique)

 

Añada filas si es necesario.

4.3.   Diferencias respecto a los datos del año anterior

En su caso, cambios metodológicos significativos en el método de cálculo del año de referencia en curso (incluya en particular revisiones retrospectivas, la naturaleza de los cambios y si se requiere un indicador de ruptura de la serie para un año determinado).

Explicación o descripción adicional

 

 

Añada filas si es necesario.

4.4.   Verificación de los datos

 

Control cruzado

(sí/no)

Control de series temporales

(sí/no)

Auditoría

(sí/no)

Proceso de verificación

(sí/no)

Datos obligatorios

 

 

 

 

Datos voluntarios

 

 

 

 

Información adicional sobre los métodos, incluida la combinación de métodos empleados.

 

Descripción detallada de los métodos de verificación

Datos obligatorios

 

Datos voluntarios (optativos)

 

5.   CONFIDENCIALIDAD

5.1.   Especifique por partida numerada cómo se ha garantizado la confidencialidad(ejemplo: medidas o procedimientos que impidan la divulgación no autorizada de datos, etc.).

Descripción

 

 

Añada filas si es necesario.

5.2.   Problemas de confidencialidad relacionados con la publicación de datos

Descripción

 

 

Añada filas si es necesario.

6.   DIFUSIÓN: PRINCIPALES SITIOS WEB Y PUBLICACIONES NACIONALES

Enumerar a continuación los ámbitos relacionados con la difusión de datos.

Lista de sitios web, documentos y publicaciones

 

 

7.   METADATOS

Lista de documentos relacionados con la metodología de recogida de datos, el tratamiento de datos y el control de calidad.

Ámbito

Existe un documento (sí/no)

Referencia al documento (título, año, enlace web, si procede)

Recogida de datos

 

 

Tratamiento de datos

 

 

Control de calidad

 

 

(1)  Un factor de conversión es un multiplicador aritmético para convertir una cantidad expresada en un conjunto de unidades en un equivalente expresado en otro.

(*1)  Las casillas sombreadas en negro no son pertinentes.

(2)  Un factor de conversión es un multiplicador aritmético para convertir una cantidad expresada en un conjunto de unidades en un equivalente expresado en otro.

(*2)  Las casillas sombreadas en negro no son pertinentes.

ANÁLISIS

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en DOUE L 34, de 16 de febrero de 2022 (Ref. DOUE-L-2022-80199).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 13 de la Directiva 2019/904, de 5 de junio (Ref. DOUE-L-2019-81016).
Materias
  • Contaminación de las aguas
  • Formularios administrativos
  • Información
  • Material de pesca
  • Plásticos
  • Políticas de medio ambiente
  • Residuos

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