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En la página 45, en el anexo VII, punto 1:
donde dice:
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«1. |
Jefes de estado No obstante lo dispuesto en el artículo 6 y en los artículos 8 a 14, podrá no someterse a inspecciones aduaneras a los Jefes de Estado y los miembros de sus delegaciones cuya llegada y partida hayan sido anunciadas de manera oficial por vía diplomática a los agentes de la guardia de fronteras.», |
debe decir:
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«1. |
Jefes de Estado No obstante lo dispuesto en el artículo 6 y en los artículos 8 a 14, podrá no someterse a inspecciones fronterizas a los jefes de Estado y los miembros de sus delegaciones cuya llegada y partida hayan sido anunciadas de manera oficial por vía diplomática a los agentes de la guardia de fronteras.». |
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