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Documento DOUE-L-2022-81116

Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1275 del Consejo de 21 de julio de 2022 por el que se aplica el Reglamento (UE) nº. 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.

Publicado en:
«DOUE» núm. 194, de 21 de julio de 2022, páginas 8 a 10 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2022-81116

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 36/2012 del Consejo, de 18 de enero de 2012, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 442/2011 (1), y en particular su artículo 32, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 18 de enero de 2012, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 36/2012.

(2)

La situación en Siria sigue inquietando sumamente al Consejo. Después de más de una década, el conflicto en Siria dista mucho de haber terminado y el régimen sirio sigue aplicando su política de represión. Además, el régimen sirio presta apoyo, en particular apoyo militar, a la agresión militar no provocada e injustificada de la Federación de Rusia a Ucrania.

(3)

Habida cuenta de la gravedad de la situación, el Consejo considera que deben añadirse cuatro personas y una entidad a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012.

(4)

Procede, por tanto, modificar el Reglamento (UE) n.o 36/2012 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 se modifica de conformidad con lo establecido en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de julio de 2022.

Por el Consejo

El Presidente

M. BEK

 

(1)  DO L 16 de 19.1.2012, p. 1.

ANEXO

El anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 se modifica como sigue:

1)

Se añaden las siguientes entradas a la lista que figura en la sección A (Personas):

 

Nombre

Información identificativa

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

«323.

Saleh AL-ABDULLAH

(صالح عبدالله)

Fecha de nacimiento: 1967

Lugar de nacimiento: Safita, Tartus (Siria)

Cargo: general de brigada

Sexo: masculino

Saleh AL-ABDULLAH es el comandante de la 16.a Brigada perteneciente al mando de las fuerzas rusas en Siria desde 2020. Anteriormente era el adjunto del general de brigada Suhail al-Hassan, en la 25.a División del Ejército sirio. Participó en el reclutamiento de miembros de la 16.a Brigada para luchar en Ucrania junto con Rusia.

Como tal, Saleh AL-ABDULLAH es miembro de las Fuerzas Armadas sirias con el grado de coronel y equivalente o superior desde mayo de 2011;

21.7.2022

324.

Ahmed KHALIL KHALIL

(alias Ahmed KHALIL)

(احمد خليل خليل)

Sexo: masculino

Ahmed KHALIL KHALIL es copropietario de Sanad Protection and Security Services, una empresa siria de seguridad privada creada en 2017 y supervisada por el Grupo Wagner en Siria, activa en la protección de intereses rusos (fosfatos, gas y seguridad de los yacimientos petrolíferos) en Siria. La explotación de los recursos naturales proporciona ingresos al régimen sirio. Además, la empresa se dedica al reclutamiento de mercenarios sirios en Libia y Ucrania.

Como tal, Ahmed KHALIL KHALIL apoya al régimen sirio y se beneficia de él.

21.7.2022

325.

Nasser Deeb DEEB

(alias Nasser Dhib, Nasser Dib, Nasser Deeb)

(ناصر ديب)

Sexo: masculino

Nasser Deeb DEEB es copropietario de Sanad Protection and Security Services, una empresa siria de seguridad privada creada en 2017 y supervisada por el Grupo Wagner, activa en la protección de intereses rusos (fosfatos, gas y seguridad de los yacimientos petrolíferos) en Siria. La explotación de los recursos naturales proporciona ingresos al régimen sirio. Además, también es copropietario de la empresa Ella Services junto con Khodr Ali Taher.

Como tal, Nasser Deeb DEEB apoya el régimen sirio y se beneficia de él.

21.7.2022

326.

Issam SHAMMOUT

(alias Mohammed Issam Shammout, Mohamed Essam Shammout, Muhammad Issam Shammout, Muhammad Essam Shammout)

(محمد عصام شموط)

Fecha de nacimiento: 1971

Lugar de nacimiento: Damasco (Siria)

Sexo: masculino

Issam SHAMMOUT es el propietario y presidente del Consejo de Administración de la compañía aérea “Cham Wings” y director del grupo Shammout, que opera en los sectores de la automoción, el acero, la aviación, el transporte de mercancías, la construcción y el sector inmobiliario.

Como tal, Issam SHAMMOUT es un destacado empresario que desarrolla su actividad en Siria.

21.7.2022»

2)

Se añade la siguiente entrada a la lista que figura en la sección B (Entidades):

 

Nombre

Información identificativa

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

«82.

Sanad Protection and Security Services

(شركة سند للحرسات والخدمات الأمنية)

Tipo de entidad: Sociedad de responsabilidad limitada

Fecha de creación: 22 de octubre de 2017

Sede: Damasco

Sanad Protection and Security Services es una empresa siria de seguridad privada creada en 2017 y supervisada por el Grupo Wagner en Siria, activa en la protección de intereses rusos (fosfatos, gas y seguridad de los yacimientos petrolíferos) en Siria. La explotación de los recursos naturales proporciona ingresos al régimen sirio. Además, la empresa se dedica al reclutamiento de mercenarios sirios en Libia y Ucrania. Como tal, la empresa apoya al régimen sirio y se beneficia de él.

21.7.2022»

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Reglamento 36/2012, de 18 de enero (Ref. DOUE-L-2012-80048).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Rusia
  • Sanciones
  • Siria
  • Ucrania

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