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Documento DOUE-L-2022-81337

Decisión de Ejecución (UE) 2022/1497 de la Comisión de 8 de septiembre de 2022 por la que se determina si un producto que contiene «oleorresina de Capsicum prensada por expulsor» es un biocida, de conformidad con el artículo 3, apartado 3, del Reglamento (UE) nº 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 234, de 9 de septiembre de 2022, páginas 30 a 31 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2022-81337

TEXTO ORIGINAL

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (1), y en particular su artículo 3, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 8 de septiembre de 2021, las autoridades de Bélgica pidieron a la Comisión que decidiera si un producto que contiene, como indica el fabricante, «oleorresina de Capsicum prensada por expulsor» y cuyo fabricante lo comercializa en Bélgica como repelente contra gatos y perros («el producto») es un biocida tal como se define en el artículo 3, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) n.o 528/2012.

(2)

Según la información facilitada por Bélgica, el producto es un aerosol que se aplica en superficies exteriores (como terrazas, caminos, muros, vallas, etc.) para evitar que los gatos y los perros de acerquen a dichas superficies. El uso previsto del producto es distinto del de los aerosoles que contienen los mismos ingredientes o ingredientes similares y están destinados a ser utilizados contra animales agresivos con fines de autodefensa.

(3)

De conformidad con el artículo 3, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 528/2012, la definición de «sustancia» a efectos de dicho Reglamento es la establecida en el artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), según la cual una sustancia es un elemento químico y sus compuestos naturales o los obtenidos por algún proceso industrial.

(4)

Según el documento de orientación de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (3), todos los organismos vivos o muertos sin procesar o partes de los mismos (por ejemplo, ramas, frutos o flores, etc.) no se consideran sustancias en el sentido del Reglamento (CE) n.o 1907/2006.

(5)

La «oleorresina de Capsicum prensada por expulsor» es una resina orgánica oleosa obtenida mediante el prensado por expulsor de los frutos de las plantas del género Capsicum. Por lo tanto, la «oleorresina de Capsicum prensada por expulsor» está hecha de compuestos de elementos químicos en estado natural, pero no es un organismo vivo o muerto sin procesar o parte del mismo.

(6)

Por tanto, la «oleorresina de Capsicum prensada por expulsor» debe considerarse una sustancia en el sentido del artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 y, por consiguiente, de conformidad con el artículo 3, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 528/2012, también debe considerarse una sustancia en el sentido de dicho Reglamento.

(7)

En determinadas circunstancias, los gatos y los perros pueden ser una presencia no deseada o tener un efecto perjudicial para los seres humanos, sus actividades o los productos que utilizan o producen y, por tanto, podrían incluirse en la definición de «organismo nocivo» en el sentido del artículo 3, apartado 1, letra g), del Reglamento (UE) n.o 528/2012. Dado que la finalidad de la «oleorresina de Capsicum prensada por expulsor» que contiene el producto es tener un efecto contra los organismos nocivos, se trata de una sustancia activa en el sentido del artículo 3, apartado 1, letra c), de dicho Reglamento.

(8)

Habida cuenta de que el producto contiene una sustancia activa y está destinado a ejercer un efecto disuasorio sobre un organismo nocivo mediante un modo de acción que no es meramente físico o mecánico, el producto debe considerarse un biocida tal como se define en el artículo 3, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) n.o 528/2012.

(9)

El tipo de producto 19 definido en el anexo V del Reglamento (UE) n.o 528/2012 incluye los productos empleados para el control de los organismos nocivos mediante repulsión o atracción. Dado que el producto se emplea con la intención de repeler los gatos y los perros, dicho uso entra en la descripción del tipo de producto 19.

(10)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Biocidas.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Un producto que contenga «oleorresina de Capsicum prensada por expulsor» y se utilice en superficies exteriores para repeler los perros y los gatos a fin de que no se acerquen a dichas superficies se considerará un biocida en el sentido del artículo 3, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) n.o 528/2012 y se clasificará en el tipo de producto 19 tal como se define en el anexo V de dicho Reglamento.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 8 de septiembre de 2022.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)  DO L 167 de 27.6.2012, p. 1.

(2)  Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) n.o 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) n.o 1488/94 de la Comisión así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión (DO L 396 de 30.12.2006, p. 1).

(3)  Documento de orientación para el anexo V — Exenciones al registro obligatorio (véase la página 19), disponible en el siguiente enlace https://echa.europa.eu/documents/10162/2324906/annex_v_es.pdf/c5120eff-e5d1-4d12-9fc1-6c763e417c78

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Autorizaciones
  • Comercialización
  • Plaguicidas
  • Productos químicos
  • Sustancias peligrosas

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