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Documento DOUE-L-2022-81473

Decisión (UE) 2022/1928 de la Comisión de 11 de octubre de 2022 por la que se confirma la participación de Irlanda en el Reglamento (UE) 2022/585 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº 514/2014 por el que se establecen disposiciones generales sobre el Fondo de Asilo, Migración e Integración y sobre el instrumento de apoyo financiero a la cooperación policial, la prevención y la lucha contra la delincuencia, y la gestión de crisis, (UE) nº 516/2014 por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración y (UE) 2021/1147 por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración.

Publicado en:
«DOUE» núm. 265, de 12 de octubre de 2022, páginas 81 a 82 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2022-81473

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Protocolo n.o 21 sobre la posición del Reino Unido y de Irlanda respecto del espacio de libertad, seguridad y justicia, anejo al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 4,

Vista la notificación de Irlanda relativa a su deseo de aceptar y de estar vinculada por el Reglamento (UE) 2022/585 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de abril de 2022, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 514/2014 por el que se establecen disposiciones generales sobre el Fondo de Asilo, Migración e Integración y sobre el instrumento de apoyo financiero a la cooperación policial, la prevención y la lucha contra la delincuencia, y la gestión de crisis, (UE) n.o 516/2014 por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración y (UE) 2021/1147 por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración (1),

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante carta de 14 de julio de 2022, Irlanda notificó oficialmente, de conformidad con el artículo 4 del Protocolo nº 21, su deseo de aceptar el Reglamento (UE) 2022/585 y de estar vinculada por él.

(2) La participación de Irlanda en el Reglamento (UE) 2022/585 no va ligada a ninguna condición.

(3) Con el fin de garantizar que el Reglamento (UE) 2022/585 se aplique lo antes posible y que Irlanda pueda hacer pleno uso de la flexibilidad que ofrece, procede disponer que la participación de Irlanda sea efectiva a partir de la fecha de la notificación oficial de su deseo de aceptar el Reglamento (UE) 2022/585 y de estar vinculada por él.

(4) Por consiguiente, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 331, apartado 1, del Tratado, la Comisión debe confirmar la participación de Irlanda en el Reglamento (UE) 2022/585.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1.   Se confirma la participación de Irlanda en el Reglamento (UE) 2022/585.

2.   El Reglamento (UE) 2022/585 se aplicará a Irlanda a partir del 14 de julio de 2022.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 11 de octubre de 2022.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

(1)  DO L 112 de 11.4.2022, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 11/10/2022
  • Fecha de publicación: 12/10/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 13/10/2022
  • Efectos desde el 14 de julio de 2022.
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec/2022/1928/spa
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento 2022/585, de 6 de abril (Ref. DOUE-L-2022-80580).
Materias
  • Ayudas
  • Financiación comunitaria
  • Fondo CE
  • Irlanda
  • Migraciones
  • Refugiados
  • Ucrania

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