LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 525/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo a un mecanismo para el seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero y para la notificación, a nivel nacional o de la Unión, de otra información relevante para el cambio climático, y por el que se deroga la Decisión n.o 280/2004/CE (1), y en particular su artículo 19, apartado 6,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Decisión n.o 406/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2) establece las asignaciones anuales de emisiones de cada Estado miembro en cada año del período comprendido entre 2013 y 2020 y un mecanismo para evaluar anualmente el cumplimiento de esos límites. Las asignaciones anuales de emisiones de los Estados miembros, expresadas en toneladas equivalentes de CO2, figuran en la Decisión 2013/162/UE de la Comisión (3). Los ajustes de las asignaciones anuales de emisiones de cada Estado miembro se establecen en la Decisión de Ejecución 2013/634/UE de la Comisión (4). |
(2) |
El artículo 19 del Reglamento (UE) n.o 525/2013 prevé un procedimiento de revisión de los inventarios de emisiones de gases de efecto invernadero de los Estados miembros para evaluar el cumplimiento de la Decisión n.o 406/2009/CE. La revisión anual a que se hace referencia en el artículo 19, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 525/2013 se realizó sobre la base de los datos de emisiones de 2020 notificados a la Comisión en marzo de 2022, de conformidad con los procedimientos establecidos en el capítulo III y en el anexo XVI del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 749/2014 de la Comisión (5). |
(3) |
La cantidad total de emisiones de gases de efecto invernadero contempladas en la Decisión n.o 406/2009/CE para el año 2020 respecto de cada Estado miembro debe tener en cuenta las correcciones técnicas y las estimaciones revisadas calculadas durante la revisión anual, tal como figuran en los informes finales de revisión elaborados de conformidad con el artículo 35, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 749/2014. |
(4) |
La presente Decisión debe entrar en vigor el día de su publicación para ajustarse a las disposiciones del artículo 19, apartado 7, del Reglamento (UE) n.o 525/2013, que establece la fecha de publicación de la presente Decisión como punto de partida del período de cuatro meses en que los Estados miembros están autorizados a utilizar los mecanismos de flexibilidad previstos en la Decisión n.o 406/2009/CE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
En el anexo de la presente Decisión figura la suma total de las emisiones de gases de efecto invernadero de cada Estado miembro en el año 2020 contempladas en la Decisión n.o 406/2009/CE, obtenida a partir de los datos corregidos del inventario una vez concluida la revisión anual mencionada en el artículo 19, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 525/2013.
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 7 de octubre de 2022.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 165 de 18.6.2013, p. 13.
(2) Decisión n.o 406/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre el esfuerzo de los Estados miembros para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero a fin de cumplir los compromisos adquiridos por la Comunidad hasta 2020 (DO L 140 de 5.6.2009, p. 136).
(3) Decisión 2013/162/UE de la Comisión, de 26 de marzo de 2013, por la que se determinan las asignaciones anuales de emisiones de los Estados miembros para el período de 2013 a 2020, de conformidad con la Decisión n.o 406/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 90 de 28.3.2013, p. 106).
(4) Decisión de Ejecución 2013/634/UE de la Comisión, de 31 de octubre de 2013, relativa a los ajustes de las asignaciones anuales de emisiones de los Estados miembros para el período 2013-2020 de conformidad con la Decisión n.o 406/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 292 de 1.11.2013, p. 19).
(5) Reglamento de Ejecución (UE) n.o 749/2014 de la Comisión, de 30 de junio de 2014, relativo a la estructura, el formato, los procesos de presentación de información y la revisión de la información notificada por los Estados miembros con arreglo al Reglamento (UE) n.o 525/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 203 de 11.7.2014, p. 23).
Estado miembro |
Emisiones de gases de efecto invernadero del año 2020 que contempla la Decisión n.o 406/2009/CE (toneladas equivalentes de dióxido de carbono) |
Bélgica |
64 904 157 |
Bulgaria |
25 735 613 |
Chequia |
58 650 330 |
Dinamarca |
30 835 287 |
Alemania |
407 410 808 |
Estonia |
5 934 829 |
Irlanda |
44 721 180 |
Grecia |
42 893 855 |
España |
184 188 341 |
Francia |
307 767 715 |
Croacia |
16 518 244 |
Italia |
254 001 457 |
Chipre |
4 243 155 |
Letonia |
8 436 245 |
Lituania |
14 042 972 |
Luxemburgo |
7 687 843 |
Hungría |
43 906 325 |
Malta |
1 311 233 |
Países Bajos |
90 196 821 |
Austria |
46 543 211 |
Polonia |
205 093 211 |
Portugal |
38 536 930 |
Rumanía |
77 123 535 |
Eslovenia |
9 754 284 |
Eslovaquia |
18 877 704 |
Finlandia |
28 120 096 |
Suecia |
29 384 094 |
Reino Unido |
298 936 220 |
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid