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Documento DOUE-L-2022-81508

Decisión (PESC) 2022/1966 del Consejo de 17 de octubre de 2022 por la que se modifica la Decisión 2013/34/PESC relativa a una misión militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la formación de las fuerzas armadas de Mali (EUTM Mali).

Publicado en:
«DOUE» núm. 270, de 18 de octubre de 2022, páginas 82 a 83 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2022-81508

TEXTO ORIGINAL

 

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 17 de enero de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/34/PESC (1) relativa a una misión militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la formación de las fuerzas armadas de Mali (EUTM Mali).

(2) El 23 de marzo de 2020, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2020/434 (2), que adaptaba y prorrogaba el mandato de la EUTM Mali hasta el 18 de mayo de 2024.

(3) En su Resolución 2640 (2022), el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, entre otras cosas, alienta a la Unión Europea, en particular a su Representante Especial para el Sahel y sus misiones EUTM Mali y EUCAP Sahel Mali, en el marco de sus mandatos respectivos, a que siga esforzándose por ayudar a las autoridades malienses a reformar el sector de la seguridad y restablecer la autoridad y la presencia del Estado en todo el territorio de Mali.

(4) A raíz de la revisión estratégica integral de las misiones EUTM Mali y EUCAP Sahel Mali, el Comité Político y de Seguridad recomendó que el mandato de la EUTM Mali, que finaliza el 18 de mayo de 2024, se adaptara a la situación política y de seguridad de Mali.

(5) Procede modificar la Decisión 2013/34/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El artículo 1 de la Decisión 2013/34/PESC queda modificado como sigue:

1)

El apartado 3 se sustituye por el texto siguiente:

«3.   A efectos del objetivo a que se refiere el apartado 2, letra a), la EUTM Mali proporcionará a las fuerzas armadas de Mali asesoramiento y formación militar, salvo en caso de que el PSC decida suspender dichas actividades. Además, si el PSC decide que se reúnen las condiciones necesarias, la EUTM Mali proporcionará a las fuerzas armadas de Mali formación —incluida la formación previa al despliegue— y asesoramiento, a través de un acompañamiento no ejecutivo hasta el nivel táctico, con el fin de que la EUTM Mali pueda hacer un seguimiento de las actividades de las fuerzas armadas de Mali y controlar los resultados y el comportamiento de estas, también en lo referente al respeto de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario.».

2)

Se añaden los siguientes apartados:

«7.   La EUTM Mali proseguirá desde Mali, con los medios y las capacidades disponibles, las actividades centradas en Níger y Burkina Faso, en el marco del mandato existente, teniendo plenamente en cuenta el contexto político y las necesidades expresadas por las autoridades, hasta que se establezcan soluciones específicas para garantizar la continuidad y la permanencia de las operaciones.

8.   La EUTM Mali apoyará los esfuerzos en materia de comunicación estratégica destinados a fomentar los valores de la Unión, promover la acción de la Unión y mostrar las violaciones y abusos de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario cometidas por fuerzas extranjeras en Mali.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Luxemburgo, el 17 de octubre de 2022.

Por el Consejo

El Presidente

J. BORRELL FONTELLES

(1)  Decisión 2013/34/PESC del Consejo, de 17 de enero de 2013, relativa a una misión militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la formación de las fuerzas armadas de Mali (EUTM Mali) (DO L 14 de 18.1.2013, p. 19).

(2)  Decisión (PESC) 2020/434 del Consejo, de 23 de marzo de 2020, por la que se modifica la Decisión 2013/34/PESC relativa a una misión militar de la Unión Europea destinada a contribuir a la formación de las fuerzas armadas de Mali (EUTM Mali) (DO L 89 de 24.3.2020, p. 1).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 1 de la Decisión 2013/34/PESC, de 17 de enero (Ref. DOUE-L-2013-80033).
Materias
  • Cooperación militar
  • Financiación comunitaria
  • Fuerzas Armadas
  • Mali
  • Política Exterior y de Seguridad Común

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