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Documento DOUE-L-2023-80241

Decisión (PESC) 2023/387 del Consejo de 20 de febrero de 2023 en apoyo de un mecanismo mundial para la información sobre armas convencionales ilícitas y sus municiones, a fin de reducir el riesgo de su desvío y transferencia ilegal («iTrace V»).

Publicado en:
«DOUE» núm. 53, de 21 de febrero de 2023, páginas 19 a 36 (18 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-80241

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Estrategia Global de la UE de 2016 sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Estrategia Global de la UE») hace hincapié en que la Unión fomentará la paz y garantizará la seguridad de sus ciudadanos y de su territorio e intensificará su contribución a la seguridad colectiva. Asimismo, respalda firmemente la plena aplicación y ejecución de los tratados y regímenes multilaterales de no proliferación y de control de armamento, y pide el «rastreo transfronterizo de armas», toda vez que reconoce que la seguridad europea depende de una evaluación mejor y compartida de las amenazas y retos internos y externos.

(2)

La Estrategia «Seguridad de las armas, protección de los ciudadanos: estrategia de la UE contra las armas de fuego, armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y su munición» («Estrategia de la UE para las APAL»), de 19 de noviembre de 2018, destaca que las armas de fuego y las armas pequeñas y armas ligeras ilícitas (APAL) siguen contribuyendo a la inestabilidad y la violencia en la Unión, en su vecindad inmediata y en el resto del mundo. La Estrategia de la UE para las APAL establece el marco de actuación para que la Unión haga frente a estos desafíos y en ella se compromete a financiar los esfuerzos de investigación sobre los orígenes de las APAL ilícitas en las zonas en conflicto, tales como el proyecto iTrace de Conflict Armament Research.

(3)

La fabricación, transferencia y circulación ilícitas de armas y municiones convencionales, así como su acumulación excesiva y su diseminación incontrolada, fomentan la inseguridad en Europa y los países vecinos, así como en muchas otras zonas del mundo, al exacerbar el conflicto y socavar el establecimiento de la paz después de los conflictos, constituyendo así una seria amenaza a la paz y a la seguridad de Europa.

(4)

En la Estrategia de la UE para las APAL se afirma que la Unión apoyará la labor de los grupos de las Naciones Unidas que supervisan los embargos de armas y reflexionará sobre formas de mejorar el acceso a sus conclusiones sobre el desvío de armas de fuego y APAL ilícitas con fines de control de la exportación de armas.

(5)

Con el Programa de Acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos, de las Naciones Unidas («Programa de Acción de las Naciones Unida»), aprobado el 20 de julio de 2001, todos los Estados miembros de las Naciones Unidas se comprometieron a prevenir el tráfico ilícito de APAL o su desvío a receptores no autorizados y, en particular, a tener en cuenta el riesgo de que esas armas se desvíen al tráfico ilícito al evaluar las solicitudes de autorización de exportación.

(6)

El 8 de diciembre de 2005, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó un Instrumento internacional que permite a los Estados identificar y rastrear, de forma oportuna y fidedigna, las armas pequeñas y ligeras ilícitas.

(7)

En la tercera conferencia de 2018 para examinar el Programa de Acción de las Naciones Unidas, todos los Estados miembros de las Naciones Unidas declararon su compromiso de alentar a los Estados a que, al realizar el rastreo de las APAL ilícitas, incluidas las armas halladas en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos, consulten los registros del Estado donde se haya hallado el arma pequeña o arma ligera del caso o consulten al Estado de fabricación del arma, o ambas cosas. Además, en el informe final de la octava reunión bienal de los Estados para examinar la ejecución del Programa de Acción de las Naciones Unidas de 2022 se señala la importancia de desarrollar o establecer estrictos marcos normativos nacionales para marcar, registrar y rastrear APAL, en consonancia con el Instrumento internacional de Localización para prevenir y combatir el desvío y la transferencia ilícita internacional de APAL a receptores no autorizados.

(8)

El 24 de diciembre de 2014 entró en vigor el Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA). El objetivo del TCA es establecer normas internacionales comunes lo más estrictas posible para regular o mejorar la regulación del comercio internacional de armas convencionales; prevenir y eliminar el tráfico ilícito de armas convencionales y prevenir su desvío. La Unión debe apoyar a todos los Estados miembros de las Naciones Unidas en la aplicación de controles eficaces para las transferencias de armas, a fin de garantizar que el TCA sea lo más eficaz posible, sobre todo en lo que se refiere a la aplicación de su artículo 11.

(9)

La Unión apoyó el iTrace anteriormente mediante las Decisiones 2013/698/PESC (1), (PESC) 2015/1908 (2), (PESC) 2017/2283 (3) y (PESC) 2019/2191 (4) del Consejo (iTrace I, II, III y IV) y desea apoyar iTrace V, la quinta fase de este mecanismo mundial para la información sobre armas convencionales ilícitas y sus municiones, a fin de contribuir a la seguridad colectiva de Europa, como exige la Estrategia Global de la UE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1.   Con miras a la aplicación de la Estrategia Global de la UE, de la Posición Común 2008/944/PESC del Consejo (5), modificada por la Decisión (PESC) 2019/1560 del Consejo (6), de la Estrategia de la UE para las APAL de 2018 y de la promoción de la paz y la seguridad, las actividades del proyecto que apoyará la Unión tendrán los objetivos específicos siguientes:

seguir manteniendo un sistema mundial fácil de usar de gestión de la información sobre las armas convencionales y sus municiones que sean objeto de desvío o de tráfico («iTrace») registrados en zonas afectadas por conflictos, a fin de que se proporcione a los responsables políticos, los expertos en control de armas convencionales y los funcionarios que controlan la exportación de armas convencionales información adecuada para desarrollar estrategias y proyectos eficaces y basados en datos probados encaminados a luchar contra la diseminación ilícita de armas convencionales y sus municiones,

impartir formación y tutoría a las autoridades nacionales de Estados afectados por conflictos a fin de desarrollar una capacidad nacional sostenible de identificación y rastreo de armas convencionales ilícitas, fomentar la cooperación constante con el proyecto iTrace, determinar mejor las prioridades en materia de seguridad física y gestión de arsenales (SFGA), articular de forma más eficaz las necesidades nacionales de asistencia respecto del control de armas y el control policial, en particular las iniciativas financiadas por la Unión, como el Sistema de Interpol para la Gestión de los Registros y el Rastreo de Armas Ilícitas (iARMS), y las actividades de la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol), y reforzar el diálogo con las misiones e iniciativas de la UE,

aumentar la frecuencia y la duración de las investigaciones sobre el terreno de las armas convencionales y sus municiones que circulan ilegalmente por zonas afectadas por conflictos a fin de generar datos de iTrace en respuesta a solicitudes precisas formuladas por Estados miembros y delegaciones de la Unión,

dispensar a las autoridades responsables del control de las exportaciones de armas y a los responsables de las políticas de control de armamentos de los Estados miembros una ayuda adaptada, por ejemplo con reiteradas visitas de consulta a las capitales de los Estados miembros por parte del personal del proyecto iTrace, un servicio de asistencia las veinticuatro horas del día que asesore al instante sobre la evaluación de riesgos y las estrategias contra los desvíos, el mantenimiento de aplicaciones seguras de panel de control para dispositivos de sobremesa y móviles que ofrezcan notificaciones instantáneas del desvío posterior a la exportación, así como la verificación posterior al envío realizada por el personal del proyecto iTrace para los Estados miembros que lo soliciten,

incrementar la concienciación difundiendo los resultados del proyecto, promover la finalidad y las funciones disponibles de iTrace para los responsables políticos internacionales y nacionales, los expertos en control de armas convencionales y las autoridades encargadas de las licencias de exportación de armas, y mejorar la capacidad internacional para supervisar la diseminación ilegal de armas convencionales y sus municiones, y de material conexo, así como asistir a los responsables políticos en la determinación de los ámbitos prioritarios para la asistencia y la cooperación internacionales, y reducir el riesgo de desvío de armas convencionales y sus municiones,

ofrecer informes sobre temas estratégicos clave gracias a los datos obtenidos de las investigaciones sobre el terreno y presentados en el sistema iTrace, acerca de ámbitos específicos que merezcan atención internacional, en particular las principales pautas del tráfico de armas convencionales y sus municiones, así como la distribución regional de las armas convencionales y sus municiones, y de material conexo, que sean objeto de tráfico, y

el rastreo continuo de armas convencionales y sus municiones, con la cooperación de los Estados miembros y de países no pertenecientes a la Unión, como medio más eficaz para establecer y verificar, en la mayor medida posible, los mecanismos que se esconden detrás del desvío de armas convencionales y sus municiones a usuarios no autorizados. El rastreo se complementará con investigaciones de seguimiento centradas en detectar las redes humanas, financieras y logísticas responsables de las transferencias ilícitas de armas convencionales.

2.   Una descripción detallada de los proyectos figura en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

1.   El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante») será responsable de la ejecución de la presente Decisión.

2.   La sociedad Conflict Armament Research Ltd. (CAR) se encargará de la ejecución técnica del proyecto a que hace referencia el artículo 1.

3.   La CAR desarrollará sus funciones bajo la responsabilidad del Alto Representante. A tal efecto, el Alto Representante celebrará los acuerdos necesarios con la CAR.

Artículo 3

1.   El importe de referencia financiera para la ejecución del proyecto a que se refiere el artículo 1 será de 6 200 000,00 EUR. El presupuesto total estimado para el conjunto del proyecto será de 8 806 101,20 EUR, aportados mediante cofinanciación por la CAR y el Ministerio federal de Asuntos Exteriores de Alemania.

2.   Los gastos financiados mediante el importe indicado en el apartado 1 se gestionarán con arreglo a los procedimientos y normas aplicables al presupuesto general de la Unión.

3.   La Comisión supervisará que se gestione adecuadamente el importe de referencia financiera indicado en el apartado 1. Para ello celebrará con la CAR el acuerdo que sea necesario. Dicho acuerdo estipulará que la CAR debe garantizar la visibilidad de la contribución de la Unión, que será acorde con su cuantía.

4.   La Comisión se esforzará por celebrar el acuerdo contemplado en el apartado 3 tan pronto como sea posible una vez entrada en vigor la presente Decisión. Informará al Consejo de cualquier dificultad relacionada con este proceso, así como de la fecha de celebración de dicho acuerdo.

Artículo 4

1.   El Alto Representante informará al Consejo de la aplicación de la presente Decisión, basándose en informes descriptivos elaborados por la CAR y presentados con periodicidad trimestral. Estos informes servirán como base para la evaluación que llevará a cabo el Consejo. Para ayudar al Consejo a evaluar los resultados de la presente Decisión, una entidad externa realizará una evaluación del impacto del proyecto.

2.   La Comisión informará sobre los aspectos financieros del proyecto a que se refiere el artículo 1.

Artículo 5

1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

2.   La presente Decisión expirará a los 36 meses de la fecha de celebración del acuerdo a que hace referencia el artículo 3, apartado 3. No obstante, expirará a los seis meses de su entrada en vigor si no se celebrase ningún acuerdo dentro de ese plazo.

Hecho en Bruselas, el 20 de febrero de 2023.

Por el Consejo

El Presidente

J. BORRELL FONTELLES

 

 

(1)  Decisión 2013/698/PESC del Consejo, de 25 de noviembre de 2013, en apoyo de un mecanismo mundial para la información sobre armas ligeras y de pequeño calibre y otras armas y municiones convencionales ilícitas, a fin de reducir el riesgo de su comercio ilegal (DO L 320 de 30.11.2013, p. 34).

(2)  Decisión (PESC) 2015/1908 del Consejo, de 22 de octubre de 2015, en apoyo de un mecanismo mundial de información sobre armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y otras armas y municiones convencionales ilícitas, a fin de reducir el riesgo de su comercio ilegal («iTrace II») (DO L 278 de 23.10.2015, p. 15).

(3)  Decisión (PESC) 2017/2283 del Consejo, de 11 de diciembre de 2017, en apoyo de un mecanismo mundial de información sobre armas pequeñas y armas ligeras ilícitas y otras armas y municiones convencionales ilícitas, a fin de reducir el riesgo de su comercio ilegal («iTrace III») (DO L 328 de 12.12.2017, p. 20).

(4)  Decisión (PESC) 2019/2191 del Consejo, de 19 de diciembre de 2019, en apoyo de un mecanismo mundial para la información sobre armas convencionales ilícitas y sus municiones, a fin de reducir el riesgo de su desvío y transferencia ilegal («iTrace IV») (DO L 330 de 20.12.2019, p. 53).

(5)  Posición Común 2008/944/PESC del Consejo, de 8 de diciembre de 2008, por la que se definen las normas comunes que rigen el control de las exportaciones de tecnología y equipos militares (DO L 335 de 13.12.2008, p. 99).

(6)  Decisión (PESC) 2019/1560 del Consejo, de 16 de septiembre de 2019, que modifica la Posición Común 2008/944/PESC por la que se definen las normas comunes que rigen el control de las exportaciones de tecnología y equipos militares (DO L 239 de 17.9.2019, p. 16).

ANEXO
DOCUMENTO DE PROYECTO

Acción de apoyo a un mecanismo mundial para la información sobre armas convencionales ilícitas y sus municiones, a fin de reducir el riesgo de su desvío y transferencia ilegal

(«iTrace V»)

Mecanismo mundial iTrace para la información sobre armas convencionales y sus municiones

1.   Antecedentes y razones para el apoyo en el marco de la PESC

 

1.1.

La presente Decisión se basa en sucesivas decisiones del Consejo para luchar contra el efecto desestabilizador del desvío y el tráfico de las armas convencionales y sus municiones en zonas afectadas por conflictos, especialmente en las Decisiones 2013/698/PESC, (PESC) 2015/1908, (PESC) 2017/2283 y (PESC) 2019/2191, que establecieron y mejoraron el mecanismo mundial de información iTrace sobre las armas convencionales y sus municiones.

La proliferación ilícita de armas convencionales y sus municiones es un factor importante de deterioro de la estabilidad de los Estados y de exacerbación de los conflictos, lo que constituye una seria amenaza para la paz y la seguridad. Como se destaca en la Estrategia de la UE para las APAL, las APAL ilícitas siguen contribuyendo a la inestabilidad y la violencia en la Unión, en su vecindad inmediata y en el resto del mundo. Las armas pequeñas ilícitas alimentan el terrorismo y los conflictos en todo el mundo, y frustran los esfuerzos de la Unión en materia de desarrollo, gestión de crisis, ayuda humanitaria y estabilización en partes de la vecindad de la UE y en África. Dentro de la Unión, las armas de fuego ilícitas tienen una clara incidencia en la seguridad interior, ya que alimentan la delincuencia organizada y proporcionan a los terroristas los medios para perpetrar atentados en suelo europeo. Datos recientes del proyecto iTrace sobre Afganistán, Irak, Libia, el Magreb, Siria, Ucrania y Yemen, además de otros conflictos situados cerca de las fronteras exteriores de la Unión, confirman las aseveraciones de la Estrategia de la UE para las APAL.

Las actividades realizadas en virtud de la Decisión (PESC) 2019/2191 confirmaron a iTrace como iniciativa mundial de seguimiento de las armas en los conflictos. El proyecto iTrace se ha ejecutado en más de cuarenta Estados afectados por conflictos, en particular en África, Oriente Medio, Asia Central y Asia meridional y oriental; ha creado el mayor registro público del mundo de armas convencionales desviadas y sus municiones para apoyar a los Estados en sus esfuerzos por detectar y atajar los desvíos, de conformidad con los compromisos contraídos con arreglo al criterio 7 de la Posición Común 2008/944/PESC (versión consolidada) y al artículo 11 del TCA. Proporciona informes precisos sobre el desvío de armas y sus municiones con destino a fuerzas insurgentes y terroristas que amenazan la seguridad de la Unión, en particular a Al Qaeda en el Magreb Islámico y al Daesh o Estado Islámico, y alerta a las autoridades encargadas del control de las exportaciones de los Estados miembros, de manera confidencial y rápida, de los riesgos de desvío posterior a la exportación, al facilitar, en tiempo real, información vital sobre tráfico de armas y dinámicas de los conflictos a las Delegaciones de la UE y a las misiones diplomáticas de los Estados miembros en regiones afectadas por conflictos. Extiende la concienciación sobre las medidas de control de armamentos y de lucha contra el desvío mediante una utilización equilibrada y responsable de los medios de información a escala mundial.

 

1.2.

No obstante, los Estados miembros solicitan continuamente al proyecto iTrace que proponga sesiones informativas directamente y en persona a las autoridades nacionales encargadas de las licencias de exportación de armas (en particular a través de visitas frecuentes a las capitales, sobre todo a raíz del levantamiento de las restricciones de viaje por la COVID-19), y que ofrezca bilateralmente un abanico más amplio de recursos a los responsables políticos en materia de control de las exportaciones de armas de los Estados miembros.

La presente Decisión pretende así continuar y ampliar los trabajos del proyecto realizados al amparo de la Decisión (PESC) 2019/2191, al seguir facilitando a responsables políticos, expertos en control de armamentos y funcionarios de control de las exportaciones de armas de la Unión una información compilada sistemáticamente y pertinente que será un apoyo a la hora de desarrollar estrategias eficaces, basadas en datos probados, contra el desvío y la difusión ilícita de armas convencionales y sus municiones, a fin de mejorar la seguridad internacional y regional. Así pues, seguirá ayudándolos a combinar el éxito de una estrategia reactiva con la acción preventiva adecuada para hacer frente a la oferta y la demanda ilegales y a garantizar el control eficaz de las armas convencionales en terceros países.

 

1.3.

La presente Decisión dispone que se siga manteniendo y mejorando el sistema mundial de información sobre armas iTrace accesible al público. Los proyectos enumerados en la Decisión (PESC) 2019/2191 se verán reforzados por: 1) el aumento de la frecuencia y la duración de las misiones para recopilar datos sobre suministros de armas convencionales ilícitas en regiones afectadas por conflictos; 2) el suministro de paquetes de ayuda adaptados a las necesidades de los Estados miembros, compuestos por consultas directas, datos y documentos por encargo, un servicio de asistencia disponible las 24 horas y tareas de verificación posterior a los envíos; y 3) la formación y tutoría de autoridades nacionales de Estados afectados por conflictos para rastrear las armas convencionales ilícitas halladas o incautadas en su territorio, desarrollar capacidades de rastreo en el marco del Instrumento Internacional de Localización (IIL), mejorar la gestión de las armas, incluido su registro, e impulsar la recopilación de datos de iTrace.

2.   Objetivos generales

La acción que se describe a continuación apoyará en mayor medida a la comunidad internacional en su lucha contra el efecto desestabilizador que tienen el desvío y el tráfico de armas convencionales y sus municiones. Seguirá facilitando a responsables políticos, expertos en control de armamentos y funcionarios de control de las exportaciones de armas información pertinente que será un apoyo a la hora de desarrollar estrategias eficaces, basadas en datos probados, contra el desvío y la difusión ilícita de armas convencionales y sus municiones, a fin de mejorar la seguridad internacional y regional. Concretamente, la acción:

a)

facilitará información concreta sobre el desvío y el tráfico de armas convencionales y sus municiones, con el fin de apoyar la aplicación efectiva de la Posición Común 2008/944 del Consejo (versión consolidada), el Tratado sobre el Comercio de Armas, el Programa de Acción de las Naciones Unidas sobre el Comercio Ilícito de APAL y el Instrumento Internacional de Localización;

b)

proporcionará apoyo adaptado a las necesidades de los Estados miembros para colaborar en la evaluación y la mitigación del riesgo de desvío;

c)

sacará a la luz las rutas y entidades implicadas en el desvío de armas convencionales y sus municiones hacia regiones afectadas por conflictos u organizaciones terroristas internacionales y aportará pruebas sobre los grupos y personas dedicados al tráfico ilegal, en apoyo de las actuaciones judiciales nacionales;

d)

reforzará la cooperación entre los órganos y las misiones pertinentes de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales en los ámbitos del rastreo de armas convencionales y sus municiones y la facilitación directa de información en apoyo de los mecanismos de control existentes, entre ellos el Sistema iARMS de INTERPOL y EUROPOL (esta última ha celebrado en 2019 un memorando de intercambio de información con la CAR);

e)

proporcionará información pertinente para determinar los ámbitos prioritarios de cooperación internacional y regional y de ayuda a la lucha eficaz contra el desvío y el tráfico de armas convencionales y sus municiones, como la financiación de proyectos relacionados con la seguridad de los arsenales o la gestión de fronteras;

f)

propondrá un mecanismo para ayudar a supervisar la aplicación del TCA, concretamente para detectar el desvío de armas convencionales transferidas y para ayudar a los gobiernos a valorar el riesgo de desvío antes de la exportación de armas convencionales, y en especial el riesgo de desvío en el país comprador o de reexportación en condiciones no deseadas, y

g)

en respuesta a la evolución de las amenazas que afectan a la seguridad de la Unión, potenciará la capacidad de la CAR para documentar, rastrear y analizar las cadenas de custodia de los componentes de los equipos militares y transmitirá la información pertinente a los Estados miembros y a las instituciones y organismos de la UE.

3.   Sostenibilidad y resultados del proyecto a largo plazo

La acción proporcionará un marco duradero para la supervisión continua de la difusión ilícita de armas convencionales y sus municiones. Básicamente se espera aumentar de manera sustancial la información existente en materia de armas y ayudar significativamente al desarrollo de políticas específicas de control eficaz de armas convencionales y de su exportación, incluidos los regímenes de sanciones. Concretamente, el proyecto:

a)

seguirá alimentando el sistema de gestión de la información iTrace, que garantizará la obtención y análisis a largo plazo de datos sobre armas convencionales ilícitas;

b)

facilitará a los responsables políticos y expertos en materia de control de armas convencionales un instrumento para definir estrategias más eficaces y ámbitos prioritarios para la ayuda y la cooperación (por ejemplo, determinando qué mecanismos de cooperación, coordinación e intercambio de información subregionales o regionales es necesario establecer o reforzar; determinando los arsenales nacionales inseguros, la gestión inadecuada de inventarios, las rutas de transferencia ilícitas, la vulneración de sanciones, los controles fronterizos vulnerables y las capacidades policiales insuficientes);

c)

dispondrá de la flexibilidad interna necesaria para generar información pertinente a efectos de elaboración de medidas, con independencia de la rapidez de los cambios de los requisitos de las actuaciones;

d)

aumentará significativamente la eficacia de las organizaciones internacionales y personas encargadas de la supervisión de armamentos, facilitando un mecanismo de intercambio de información de cada vez mayor alcance y asistencia técnica y de capacidad, y

e)

creará en los Estados afectados por conflictos una capacidad nacional sostenible para identificar y rastrear armas convencionales ilícitas y para cooperar en los procesos internacionales de control de armamentos y de aplicación de la ley de manera más eficaz.

4.   Descripción de la acción

4.1.   Proyecto n.o 1: Desarrollo de la capacidad técnica para la identificación y rastreo de armas.

4.1.1.   Objetivo del proyecto

Los programas de formación y tutoría de iTrace proporcionan a las autoridades nacionales de los Estados afectados por conflictos métodos y capacidades para autodiagnosticarse y atajar el desvío de armas convencionales. La formación tiene por objeto aumentar la capacidad, a menudo inexistente, de detectar y rastrear las armas convencionales ilícitas, mientras que la tutoría permite al personal del proyecto iTrace detectar, en tiempo real, las carencias de capacidad críticas y concebir inmediatamente soluciones adaptadas para resolverlas. Los programas de formación y tutoría iTrace, además, refuerzan las relaciones entre el proyecto iTrace y las autoridades nacionales, facilitando a sus equipos de investigación de campo un mayor acceso a las armas convencionales incautadas y recuperadas, mejorando así todo el sistema de recopilación de datos, análisis e información de iTrace.

4.1.2.   Beneficio para las iniciativas de la UE en materia de control de armamentos

Los programas de formación y tutoría de iTrace responden a las acciones tratadas en la Estrategia de la UE para las APAL (apoyar las capacidades nacionales de «localizar y rastrear el origen de APAL y municiones ilícitas en zonas de conflicto»), y mejorar directa e indirectamente gran variedad de iniciativas de control de armamentos que reciben apoyo de los Estados miembros. Entre los efectos directos figuran el apoyo a las fuerzas de seguridad nacionales en el rastreo de armas pequeñas y armas ligeras, en consonancia con el IIL, el aumento de la capacidad nacional para recopilar datos sobre armas rastreadas en el marco del indicador 16.4.2 de los objetivos de desarrollo sostenible y el apoyo a los programas de gestión de armas y municiones de los Estados miembros. Entre los efectos indirectos figuran la retroalimentación de la información recogida in situ, por ejemplo alertando a los Estados miembros sobre los riesgos de desvío detectados en los países socios y detectando desvíos de los arsenales nacionales, y la transmisión de esta información a los programas de seguridad física y gestión de arsenales (SFGA) apoyados por la Unión.

4.1.3.   Actividades del proyecto

La unidad de apoyo técnico de la CAR imparte actividades de formación y tutoría a las autoridades nacionales de aquellos Estados afectados por conflictos en los que se ejecute el proyecto iTrace. Estas actividades de formación y tutoría están concebidas para impulsar de forma generalizada iniciativas nacionales contra el desvío de armas facilitando formación y desarrollo de capacidades en materia de rastreo, marcado y registro –según los procedimientos establecidos en el IIL– de las armas convencionales ilícitas incautadas y capturadas, y unas evaluaciones de la seguridad física y la gestión de arsenales concebidas para detectar y atajar los riesgos de desvío en origen. La CAR ofrecerá a los socios locales y, en su caso, al personal de apoyo a la paz, incluidas las misiones de las Naciones Unidas y de la UE y los grupos o comisiones de observación de las sanciones de las Naciones Unidas, una formación especializada, valorada en función de las necesidades, sobre la totalidad de las actividades enumeradas más arriba. A este respecto, el proyecto iTrace seguirá respondiendo directamente a las actuaciones enumeradas en la Estrategia de la UE para las APAL de 2018, que solicita de la UE el apoyo a los «grupos de las Naciones Unidas que supervisan los embargos de armas» y una reflexión sobre «formas de mejorar el acceso a sus conclusiones sobre el desvío de armas de fuego y APAL ilícitas con fines de control de la exportación de armas». La formación en el marco del proyecto iTrace partirá de una variedad de servicios que ofrece la CAR desde 2014 y que han resultado ser vitales para el apoyo a los socios locales en los Estados afectados por conflictos, ayudando a las comisiones de las Naciones Unidas, así como para garantizar un acceso más fácil a los equipos de investigación sobre el terreno de iTrace. El proyecto desplegará personal de sus equipos de investigación sobre el terreno y de la unidad de apoyo técnico para que imparta una formación cada vez más técnica compuesta, entre otras cosas, por:

a)

una introducción a la recopilación de datos sobre las armas convencionales, con referencia a casos específicos;

b)

unas técnicas básicas de identificación de armas convencionales y técnicas de documentación efectivas;

c)

procedimientos operativos normalizados de recopilación de pruebas y la cadena de custodia de estas;

d)

los requisitos de las investigaciones a largo alcance, regionales e internacionales;

e)

la implantación del Instrumento Internacional de Localización; en su caso, se formará a las autoridades de los países socios y se les animará a enviar solicitudes de rastreo;

f)

el rastreo internacional de armas y los sistemas internacionales de rastreo de armas (en particular Interpol y Europol);la utilización de macrodatos y del análisis de tendencias; y

g)

los cauces para la asistencia técnica (internacional) y la intervención de la policía.

Dichas actividades se realizarán en paralelo a las investigaciones de iTrace sobre el terreno, en particular a las investigaciones conjuntas (tutorías) llevadas a cabo con las autoridades gubernamentales nacionales. También incluirán la formación continua y la renovación de la certificación del personal de la CAR necesaria para llevar a cabo actividades de formación y tutoría.

4.1.4.   Resultados del proyecto

El proyecto:

a)

animará a las autoridades nacionales a conceder mayor acceso a los equipos de investigación sobre el terreno de iTrace, en respuesta a peticiones reiteradas de que los equipos de iTrace proporcionen asistencia técnica y una capacidad conjunta de investigación, lo que se traducirá en una mayor recopilación de datos de iTrace;

b)

proporcionará ayuda concreta en materia de capacidad a los gobiernos nacionales que, pese a sufrir los efectos del desvío de armas convencionales, carezcan de las herramientas necesarias para identificar las armas convencionales desviadas e informar sobre ellas; este paso suele anteceder a una gestión nacional más eficaz de las armas convencionales y, como tal, supone un apoyo a la aplicación del TCA, del IIL, del Programa de Acción y de la programación en materia del ODS 16.4.2 y de SFGA y enlace con fuerzas o cuerpos de seguridad internacionales, en particular Interpol (iARMS) y Europol;

c)

favorecerá el refuerzo del diálogo, especialmente a través de la identificación de partes interesadas fundamentales para otras iniciativas apoyadas por la UE (por ejemplo, las relaciones de las misiones de la UE con los gobiernos anfitriones) y del impulso de iniciativas, como la programación en materia de SFGA (por ejemplo, proyectos de gestión de arsenales apoyados por la Unión).

4.1.5.   Indicadores de ejecución del proyecto

Hasta cuarenta visitas sobre el terreno con fines de formación y tutoría, con especial insistencia en la repetición de visitas para apoyar a las autoridades nacionales en la creación de capacidades de rastreo.

El proyecto se ejecutará durante todo el trienio del proyecto iTrace.

4.1.6.   Beneficiarios del proyecto

Las actividades de formación y tutoría de iTrace tendrán beneficios directos para las partes interesadas nacionales en Estados afectados por conflictos, también para los fiscales y las fuerzas o cuerpos de seguridad. El programa ofrecerá apoyo indirecto a los diálogos nacionales a través de iniciativas de control de armamentos, también de aquellas financiadas por la Unión, fomentando la utilización de mecanismos internacionales de rastreo (en particular del sistema iARMS de Interpol y Europol), y facilitando la implicación en proyectos de gestión de arsenales y en otros proyectos de control de APAL apoyados por la Unión.

4.2.   Proyecto n.o 2: Mantener el sistema iTrace con pruebas documentales en tiempo real sobre desvío y tráfico de armas y municiones convencionales y demás información pertinente.

4.2.1.   Objetivo del proyecto

El proyecto mantendrá las investigaciones sobre el terreno en materia de circulación de armas y municiones convencionales en zonas afectadas por conflictos. Dará prioridad a los países que preocupan especialmente a los Estados miembros, entre ellos Afganistán, Irak, Libia, Mali, Sudán del Sur, Somalia, Siria, Ucrania y Yemen. Estas investigaciones sobre el terreno proporcionarán pruebas concretas de la posesión por fuerzas terroristas e insurgentes de armas convencionales desviadas, que de otro modo serían invisibles para los observadores externos (incluidos los Estados miembros de la UE exportadores de armas). La CAR solicitará la aprobación previa del Grupo «Exportación de Armas Convencionales» (COARM) antes de emprender una acción importante en cualquier país en el que no se hayan llevado a cabo anteriormente investigaciones de iTrace sobre el terreno o programas de formación y tutoría de iTrace.

Recurriendo a nuevas tecnologías y técnicas criminalísticas avanzadas, la CAR realizará una serie de actividades sobre el terreno, entre ellas de documentación fotográfica mejorada, de explotación criminalística y de recuperación de marcas borradas. CAR ha demostrado que estos métodos revelan información rastreable sobre armas, municiones y materiales conexos que anteriormente no era posible rastrear, lo que permite realizar investigaciones sobre una variedad cada vez mayor de material ilícito cuya información de identificación se ha eliminado para ocultar la procedencia.

Los datos resultantes mejorarán la comprensión colectiva por parte de los Estados miembros del desvío y las transferencias ilícitas y de los métodos utilizados por los traficantes para ocultarlos, y mejorarán sustancialmente su capacidad de atajar el tráfico ilícito.

4.2.2.   Beneficio para las iniciativas de la UE en materia de control de armamentos

Las investigaciones de iTrace sobre el terreno proporcionan una referencia dinámica de las armas convencionales desviadas en Estados afectados por conflictos. Esta referencia proporciona una medida constante de la eficacia de los acuerdos de control de armamentos que los Estados miembros se han comprometido a aplicar, incluidos, entre otros: la Posición Común 2008/944/PESC del Consejo (versión consolidada); el TCA; el Programa de Acción, y la Estrategia de la UE de 2018 para las APAL. La exhaustiva documentación de las armas utilizadas en conflictos también sirve de plataforma de lanzamiento para el rastreo formal de armas convencionales y de investigaciones exhaustivas sobre conflictos, financiación y redes de suministro de armas.

4.2.3.   Actividades del proyecto

En el marco de este proyecto se emprenderán las actividades siguientes:

a)

despliegue de expertos en armas cualificados para llevar a cabo análisis sobre el terreno de las armas convencionales ilícitas y sus municiones recuperadas en Estados afectados por conflictos;

b)

análisis, revisión y comprobación de las pruebas documentales sobre armas convencionales ilícitas, sus municiones y sus usuarios, incluidas, entre otras, documentación fotográfica, explotación criminalística y recuperación de marcas borradas de las armas, las piezas que las compongan y las marcas interiores y exteriores, los embalajes y la documentación correspondiente de envío, combinadas con los resultados de las investigaciones sobre el terreno (usuarios, proveedores y rutas de transferencia);

c)

carga de todas las pruebas recabadas y revisadas en el sistema de gestión de la información iTrace y, una vez verificadas, en el portal cartográfico en línea iTrace;

d)

determinación y apoyo a los interlocutores locales para garantizar la obtención continua de datos en respaldo de iTrace, tanto durante la acción propuesta como después;

e)

enlace permanente con los gobiernos de la UE a fin de definir previamente los puntos de contacto nacionales y un mecanismo de coordinación, con objeto de aclarar el alcance de las investigaciones de la CAR y paliar los posibles conflictos de intereses antes de las investigaciones.

El proyecto se aplicará escalonadamente a lo largo de todo el trienio del proyecto iTrace.

4.2.4.   Resultados del proyecto

El proyecto:

a)

documentará, in situ, las pruebas físicas de las armas convencionales y sus municiones desviadas u objeto de tráfico en las regiones afectadas por conflictos;

b)

comprobará y desarrollará los casos de tráfico ilícito revelados por las pruebas obtenidas por CAR, por organizaciones que tengan acuerdos de intercambio de información vigentes con CAR y, en su caso, por otras organizaciones, relativos a armas convencionales y sus municiones desviadas u objeto de tráfico en todas las regiones;

c)

aportará pruebas visuales y físicas concretas de las armas convencionales y sus municiones desviadas u objeto de tráfico, entre otras fotografías de los objetos, sus componentes, números de serie, marcas de fabricación, cajas, listas de embalajes, documentos de transporte y documentación sobre los usuarios finales obtenida mediante explotación criminalística y recuperación de marcas borradas;

d)

generará inventarios textuales de las actividades ilegales, con inclusión de las rutas de tráfico, los agentes y las redes financieras y de apoyo implicados en el desvío o transferencia ilegales y valoraciones de los factores que hayan contribuido a ellos (entre otros, la ineficacia en la gestión y la seguridad de los arsenales, así como las redes ilegales de suministro deliberadamente organizadas por Estados);

e)

cargará las citadas pruebas en el sistema de gestión de la información iTrace e instrumentos relacionados.

4.2.5.   Indicadores de ejecución del proyecto

Hasta setenta y cinco despliegues sobre el terreno como máximo (incluidos los despliegues prorrogados cuando sean necesarios) durante el período cuadrienal, para generar las pruebas destinadas a ser cargadas en el sistema de gestión de la información iTrace y en el portal cartográfico en línea.

El proyecto se ejecutará durante todo el trienio del proyecto iTrace.

4.2.6.   Beneficiarios del proyecto

El proyecto iTrace seguirá facilitando información cada vez más completa explícitamente dirigida ante todo a los responsables políticos nacionales de la Unión en materia de control de armamentos, a las autoridades encargadas de las licencias de exportación de armas así como a las instituciones, agencias y misiones de la UE. Dichos beneficiarios de la UE tendrán también acceso a información confidencial a través de plataformas seguras móviles y fijas proporcionadas por iTrace.

Todos los beneficiarios de la UE seguirán teniendo también acceso a la información pública, al igual que los beneficiarios no pertenecientes a la UE, (como los responsables políticos en materia de control de armamentos y las autoridades encargadas de las licencias de exportación de armas en terceros países), las organizaciones de investigación no gubernamentales, las organizaciones de defensa de intereses y los medios de comunicación internacionales.

4.3.   Proyecto n.o 3: Apoyo adaptado a las autoridades encargadas del control de las exportaciones de armas, responsables políticos en materia de control de armamentos y otros interesados de los Estados miembros.

4.3.1.   Objetivo del proyecto

El proyecto proporcionará a los Estados miembros, a las autoridades encargadas del control de las exportaciones de armas, a los responsables políticos en materia de control de armamento y a otros interesados un apoyo bilateral constante, que incluirá visitas presenciales periódicas e informes personalizados que se adaptarán a sus ámbitos de interés y a los requisitos específicos de información en materia de control de armamentos. La información facilitada por las autoridades nacionales de los Estados miembros encargadas de las licencias de exportación de armas se tratará con el debido respeto y confidencialidad. La CAR también mantendrá el contacto con una serie de autoridades nacionales encargadas de las licencias de exportación de armas de terceros países. Estas relaciones permitirán apoyar varios aspectos fundamentales de los esfuerzos internacionales para hacer frente al desvío y al tráfico de armas convencionales y reforzarán medidas internacionales de lucha contra el desvío, entre ellas:

 a) el suministro de datos y pruebas detallados sobre desvíos documentados a las autoridades encargadas de las licencias de exportación, y

 b) la provisión a los Estados miembros, tras una solicitud oficial de las autoridades nacionales de la UE encargadas de las licencias de exportación de armas, de capacidades de verificación posterior al envío o a la entrega, o el apoyo a dichas capacidades.

4.3.2.   Beneficio para las iniciativas de la UE en materia de control de armamentos

Las visitas periódicas del equipo del proyecto iTrace a las capitales de los Estados miembros permiten debatir bilateralmente los temas sensibles (es decir, los desvíos posteriores a la exportación), permiten a los Estados miembros intervenir directamente en el diseño de iTrace y de sus productos (dirección y alcance de las investigaciones y tipos de informes) y ayudan a desarrollar medidas de creación de confianza (es decir, los procesos de «notificación previa» y «derecho de réplica» de iTrace). La difusión de iTrace entre los Estados miembros de la UE ofrece un foro para un debate, a menudo matizado, sobre los desafíos y oportunidades nacionales relacionados con el criterio 7 de la Posición Común 2008/944/CFSP del Consejo (versión consolidada) y con los compromisos en virtud del artículo 11 del TCA, lo cual resulta vital. En el marco de los anteriores proyectos de iTrace (I a IV), las visitas de difusión han sido vitales para comprender los requisitos de información de los Estados miembros, ya sean los de carácter general (es decir, «cuál es su evaluación de las amenazas en relación con las armas que entran en una zona de conflicto armado determinada») o los que son específicos del proyecto iTrace (es decir, «necesitamos un panel de control que nos alerte de inmediato de cada arma producida en el territorio nacional que documenten los equipos sobre el terreno de iTrace»).

4.3.3.   Actividades del proyecto

En el marco de este proyecto se emprenderán las actividades siguientes:

a)

visitas repetidas por parte de los equipos de iTrace a las autoridades pertinentes en las capitales de los Estados miembros para transmitirles información acerca de cuestiones relativas a la lucha contra el desvío e informarles acerca de sus investigaciones;

b)

la continuación de un servicio de asistencia disponible las veinticuatro horas del día para proporcionar asesoramiento al instante sobre lucha contra el desvío o sobre afirmaciones potencialmente negativas publicadas en la prensa retomando información de terceros no contrastada;

c)

el mantenimiento, la protección y la mejora del sistema mundial de información sobre armas iTrace, incluida la introducción de innovaciones tecnológicas.

d)

el mantenimiento para las autoridades nacionales encargadas de las licencias de exportación de los Estados miembros de paneles de control en línea que retransmitirán datos cifrados procedentes del sistema de gestión de la información iTrace (emitiendo alertas sobre partes con historial de desvío de armas convencionales, describiendo los destinos de alto riesgo e informando, en tiempo real, del desvío de armas de fabricación nacional, y

e)

la realización por parte de los equipos de investigación sobre el terreno de iTrace para los Estados miembros, tras una solicitud oficial de las autoridades nacionales de los Estados miembros encargadas de las licencias de exportación de armas, de comprobaciones sobre el uso final (verificación) hecho con posterioridad a la entrega, o el apoyo a dichas comprobaciones.

El proyecto se ejecutará durante todo el trienio del proyecto iTrace.

4.3.4.   Resultados del proyecto

El proyecto:

a)

responderá a las solicitudes de ayuda de las autoridades responsables del control de las exportaciones de armas de los Estados miembros en lo que respecta a la identificación de desvíos posteriores a la exportación;

b)

proporcionará información para respaldar los análisis de riesgo de desvío realizados por las autoridades responsables del control de las exportaciones de armas de los Estados miembros, en consonancia con la Posición Común 2008/944/PESC del Consejo (versión consolidada) y con el TCA previamente a la concesión de licencias de exportación;

c)

a petición de las autoridades responsables del control de las exportaciones de armas de los Estados miembros, les proporcionará la capacidad de realizar verificaciones posteriores a los envíos;

d)

respaldará a los responsables políticos en materia de control de armamentos de los Estados miembros con información en tiempo real sobre desvíos y tendencias del tráfico a fin de apoyar la implicación nacional en los procesos políticos internacionales, y

e)

ayudará a las fuerzas y cuerpos de seguridad nacionales de los Estados miembros en las investigaciones penales, cuando proceda y a petición de estas.

4.3.5.   Indicadores de ejecución del proyecto

El mantenimiento de paneles de control en línea que retransmitirán en vivo información procedente de particiones seguras dentro del sistema iTrace a las autoridades nacionales de los Estados miembros. Un servicio de asistencia, del que se encargará el personal del proyecto iTrace, para proporcionar un apoyo completo a las autoridades encargadas del control de las exportaciones de armas y a los responsables de las políticas de control de armamentos de los Estados miembros. Previa solicitud, hasta cuarenta y cinco visitas a las capitales de los Estados miembros.

El proyecto se ejecutará durante todo el trienio del proyecto iTrace.

4.3.6.   Beneficiarios del proyecto

Todos los Estados miembros interesados; con visitas a las capitales y verificaciones posteriores a los envíos que se realizarán previa solicitud.

4.4.   Proyecto n.o 4: Difusión, asesoramiento sobre actuación y coordinación internacional

4.4.1.   Objetivo del proyecto

El proyecto mostrará los beneficios de iTrace a los responsables políticos, los expertos en control de armamentos convencionales y las autoridades encargadas de las licencias de exportación de armas nacionales e internacionales y aprovechará y desarrollará dichos beneficios. La CAR logrará este objetivo por medio de actividades de difusión y asesoramiento sobre actuación. Estas iniciativas se elaborarán también para una mayor coordinación del intercambio de información y para establecer asociaciones sostenibles con las personas y organizaciones que puedan generar información que pueda introducirse en el sistema iTrace.

4.4.2.   Beneficio para las iniciativas de la Unión en materia de control de armamentos

El proyecto mostrará, en numerosos eventos, conferencias y procesos, el apoyo de la Unión al proyecto iTrace, así como el papel del proyecto a la hora de proporcionar información concreta para apoyar las iniciativas internacionales de control de armamentos. Los sucesivos proyectos iTrace (I a IV) han demostrado que la actividad de diseño de políticas internacionales y la difusión internacional desempeñan un papel fundamental para 1) influir en la agenda internacional en relación con los procesos internacionales de control de armamentos y 2) generar oportunidades para que Estados que no son miembros de la UE cooperen con el proyecto iTrace y en general con las iniciativas de control de armamentos de la UE.

4.4.3.   Actividades del proyecto

En el marco de este proyecto, prestando la debida atención para evitar el solapamiento con otras acciones, por ejemplo con la actividad de divulgación del TCA, se llevarán a cabo las actividades siguientes:

a)

la CAR mantendrá su intensa actividad diplomática para mostrar, aprovechar y desarrollar iTrace y sus resultados, haciendo hincapié en: 1) sus beneficios concretos a la hora de ayudar a supervisar la aplicación del TCA, el Programa de Acción de las Naciones Unidas, el IIL, los regímenes pertinentes de sanciones, tanto multilaterales como regionales, y otros instrumentos internacionales pertinentes; 2) su utilidad para determinar los ámbitos prioritarios de la ayuda y la cooperación internacionales; y 3) su utilidad como mecanismo de determinación y evaluación de riesgo destinado a las autoridades encargadas de las licencias de exportación de armas y otros interesados;

b)

la actividad del personal del proyecto iTrace alentará y desarrollará acuerdos oficiales de intercambio de información que permitan generar información que pueda introducirse en el sistema iTrace y ayudar a los responsables políticos a determinar los ámbitos prioritarios de diálogo y ayuda y cooperación internacionales a fin de fomentar el diseño de políticas y la actuación práctica.

El proyecto se ejecutará durante todo el trienio del proyecto iTrace.

4.4.4.   Resultados del proyecto

El proyecto:

a)

demostrará la utilidad de iTrace y de la idea de documentar y recopilar datos sobre los desvíos y compartirlos con los responsables políticos nacionales e internacionales que trabajan en la aplicación de los acuerdos sobre control de armas convencionales y sobre control de las exportaciones de armas (TCA, Programa de Acción de las Naciones Unidas y otros instrumentos internacionales pertinentes) y apoyará la aplicación de dichos acuerdos;

b)

facilitará información pertinente para ayudar a los responsables políticos y a los expertos en control de armas convencionales a determinar los ámbitos prioritarios de la ayuda y la cooperación internacionales y a elaborar estrategias eficaces contra el desvío;

c)

facilitará a las autoridades encargadas de las licencias de exportación de armas información exhaustiva sobre iTrace y su herramienta de evaluación del riesgo, además de ser un medio de retroalimentación y mejora adicionales del sistema;

d)

facilitará el intercambio de información entre los gobiernos nacionales y las operaciones de mantenimiento de la paz y vigilancia de las sanciones de las Naciones Unidas, incluidos el tratamiento y análisis de los datos mediante el sistema iTrace;

e)

facilitará el diálogo y la creación de redes dentro de un grupo creciente de expertos en control de armas convencionales que participen en investigaciones sobre el terreno en relación con el desvío y el tráfico de armas convencionales y sus municiones;

f)

mejorará el perfil público del rastreo de armas convencionales y sus municiones como medio para ayudar a supervisar la aplicación del TCA, el Programa de Acción, el IIL y de otros instrumentos internacionales y regionales de control de armamentos y exportación de armas.

4.4.5.   Indicadores de ejecución del proyecto

Personal de iTrace que dirige o participa en hasta treinta actividades de difusión y asesoramiento político. La implicación incluirá presentaciones de los documentos de iTrace. Las actividades de difusión y asesoramiento se incluirán en los documentos descriptivos trimestrales.

El proyecto se ejecutará durante todo el trienio del proyecto iTrace.

4.4.6.   Beneficiarios del proyecto

Véase la sección 4.2.6 anterior, donde figura una lista completa de beneficiarios idéntica a la de los beneficiarios de este proyecto.

4.5.   Proyecto 5: documentos de investigación de iTrace

4.5.1.   Objetivo del proyecto

El proyecto presentará documentos clave para mejorar políticas y prácticas, elaborados a partir de los datos generados por las investigaciones y que figuran en el sistema iTrace. Los documentos estarán concebidos para destacar ámbitos específicos de preocupación internacional, entre ellos las pautas más importantes del tráfico de armas y municiones convencionales, la distribución regional de las armas convencionales y sus municiones que han sido objeto de tráfico y las zonas prioritarias de atención internacional.

4.5.2   Beneficio para las iniciativas de la Unión en materia de control de armamentos

Los resultados políticos de iTrace centran la atención internacional en la exhaustividad de las iniciativas de control de armamentos de la UE y en los compromisos adoptados por los Estados miembros para hacer frente al desvío de armas convencionales y sus municiones. Desde 2013, muchos de los principales medios de comunicación del mundo han cubierto ampliamente estos documentos, lo que ha llevado a gobiernos, diputados y a la sociedad civil a actuar a escala nacional. Dado que los documentos de iTrace no dudan en identificar las armas convencionales ilícitas que proceden de la UE, demuestran la actitud progresista de los Estados miembros por lo que respecta al control de armamento. Es probable que esto fomente la transparencia y una adhesión cada vez mayor a los tratados y regímenes multilaterales de desarme, no proliferación y control de armamentos, tal como se pide en la Estrategia Global de la UE de 2016 (es decir, el principio de «predicar con el ejemplo»), así como su universalización.

4.5.3.   Actividades del proyecto

Análisis exhaustivo para la compilación, revisión, edición y publicación, en particular la impresión, cuando sea necesaria, y distribución en formato papel, de hasta veinte documentos políticos de iTrace.

4.5.4.   Resultados del proyecto

El proyecto:

a)

elaborará un máximo de veinte documentos; cada uno de ellos tratará específicamente un aspecto de interés internacional;

b)

garantizará la distribución de los documentos políticos de iTrace a todos los Estados;

c)

mantendrá una estrategia de difusión concebida para garantizar la máxima cobertura mundial;

d)

apoyará la visibilidad de la acción en la esfera política y en los medios de comunicación internacionales a través, entre otras cosas, de la presentación de información sobre las armas convencionales ilícitas que susciten preocupación en ese momento; facilitará análisis y asesoramiento políticos pertinentes a efectos de elaboración de una política en apoyo de los procesos de control de armamentos en curso y adaptará los documentos para que tengan el máximo interés para los medios de comunicación internacionales.

4.5.5.   Indicadores de ejecución del proyecto

Un máximo de veinte documentos políticos de iTrace en línea, a disposición del público, elaborados a lo largo de todo el período de la acción propuesta.

El proyecto se ejecutará durante todo el trienio del proyecto iTrace.

4.5.6.   Beneficiarios del proyecto

Véase la sección 4.2.6 anterior, donde figura una lista completa de beneficiarios idéntica a la de los beneficiarios de este proyecto.

4.6.   Proyecto n.o 6: Rastreo de armas y municiones convencionales e investigaciones reforzadas

4.6.1.   Objetivo del proyecto

El proyecto seguirá enviando solicitudes formales de rastreo a los gobiernos nacionales relativas a armas convencionales ilícitas y sus municiones; las respuestas a dichas solicitudes proporcionan información completa sobre sus cadenas de suministro e indican el lugar y las circunstancias en que las armas fueron desviadas a usuarios no autorizados. El objetivo de estas actividades es establecer los mecanismos del desvío de las armas convencionales y sus municiones, caso por caso y con el apoyo de los Estados exportadores, en particular de las autoridades encargadas del control de las exportaciones de armas de los Estados miembros. Los rastreos ofrecen información detallada sobre las redes de suministro de armas convencionales ilícitas, detectan casos de nuevas transferencias no autorizadas que violan los acuerdos de usuario final, señalan las violaciones de los embargos de armas de las Naciones Unidas y la Unión, y alertan a los Estados sobre desvíos posteriores a las exportaciones. Ante todo, dado que son los propios gobiernos nacionales los que proporcionan la información relativa al rastreo, el proceso de rastreo constituye una base para la elaboración de políticas de control de armamentos.

4.6.2   Beneficio para las iniciativas de la Unión en materia de control de armamentos

Las solicitudes de rastreo han permitido al proyecto iTrace aportar información en apoyo de diversas intervenciones de las fuerzas o cuerpos de seguridad de los Estados miembros, así como de otros Estados, en particular de la incoación de acciones judiciales y la condena de personas dedicadas al tráfico de armas convencionales y sus municiones y de material relacionado.

Las solicitudes de rastreo también alertan a los Estados miembros sobre casos de desvíos posteriores a la exportación y, así, proporcionan una información esencial para apoyar unas evaluaciones de riesgo eficaces de las licencias de exportación de armas. Como tal, iTrace aporta directamente información para ayudar a los Estados miembros a aplicar el criterio 7 de la Posición Común 2008/944/PESC del Consejo (versión consolidada) y el artículo 11 del TCA. En la información obtenida mediante el proceso de rastreo se identifica también a los usuarios finales no autorizados, a los responsables del desvío de armas convencionales, a los participantes ilegales en la cadena de suministro y a los que aportan financiación ilícitamente, proporcionando así a los Estados miembros datos esenciales para la elaboración de perfiles de riesgo relativos a la exportación.

4.6.3.   Actividades del proyecto

Un flujo constante de solicitudes de rastreo, y de comunicaciones e investigaciones de seguimiento conexas, durante toda la duración del proyecto. La CAR investigará y desarrollará tecnologías emergentes para mejorar la trazabilidad con el fin de apoyar estas actividades.

4.6.4.   Resultados del proyecto

El proyecto:

a)

rastreará las armas convencionales ilícitas y sus municiones que se encuentren en zonas afectadas por conflictos a un ritmo sin precedentes. Los ajustes realizados a los procedimientos operativos normalizados de la CAR durante el proyecto iTrace III —a raíz de consultas exhaustivas con los Estados miembros— garantizarán que los gobiernos nacionales revisen la información recopilada por la Unidad de Rastreo de la CAR antes de publicarla y que esta contribuya al mayor registro mundial de armas utilizadas en conflictos rastreadas;

b)

la Unidad de Investigación Reforzada (UIR) utilizará la información recopilada en los procesos de rastreo de armas convencionales ilícitas y sus municiones para establecer con mayor detalle «quién, por qué, qué, cuándo y cómo» por lo que respecta al desvío, llevar a cabo un mapeo de la cadena de suministro centrado en los tres pilares de la investigación: las redes humanas, la financiación de armas ilícitas y la logística de suministro. La UIR está desplegada en todo el mundo y trabajará para obtener testimonios no públicos, información financiera y documentos procedentes tanto de dentro como de fuera de las zonas de conflicto, y

c)

en última instancia, la CAR ofrecerá a los responsables políticos gran variedad de opciones nuevas para hacer frente a las transferencias ilícitas de armas convencionales y sus municiones, así como a las redes financieras y logísticas subyacentes, a saber, medidas complementarias como embargos de armas y controles directos de las exportaciones, con opciones para «perturbar la red» que van desde la diligencia debida bancaria hasta inspecciones específicas de contenedores, pasando por la señalización de los intermediarios comerciales.

4.6.5.   Indicadores de ejecución del proyecto

El volumen y el éxito de las solicitudes de rastreo serán registrados y evaluados de forma continua durante todo el período de ejecución de la acción.

El proyecto se ejecutará durante todo el trienio del proyecto iTrace.

4.6.6.   Beneficiarios del proyecto

Véase la sección 4.2.6 anterior, donde figura una lista completa de beneficiarios idéntica a la de los beneficiarios de este proyecto.

5.   Ubicaciones

Los proyectos n.o 1, 2 y 6 requerirán un gran despliegue sobre el terreno de expertos en armas convencionales en regiones afectadas por conflictos. Estos despliegues se evaluarán individualmente, y se tendrán en cuenta la seguridad, el acceso y la disponibilidad de la información. La CAR ya ha establecido contactos o tiene proyectos en curso en muchos de los países en cuestión. El proyecto n.o 3 se llevará a cabo en las capitales de los Estados miembros (se realizarán viajes dentro de los países en función de las necesidades de los Estados miembros). El proyecto n.o 4 se llevará a cabo en conferencias internacionales y en coordinación con los gobiernos nacionales y las organizaciones pertinentes, a escala mundial para garantizar la máxima visibilidad del proyecto. El proyecto n.o 5 se compilará en Bélgica, Italia, Francia y el Reino Unido.

6.   Duración

La duración total estimada de los proyectos combinados es de treinta y seis meses.

7.   Entidad de ejecución y proyección pública de la Unión

La CAR asocia a pequeños equipos de investigación sobre el terreno con fuerzas locales de seguridad y de defensa, personal de mantenimiento de la paz o de apoyo a la paz y otros agentes poseedores de mandatos de seguridad. Cuando dichas fuerzas o misiones se hacen con armas ilícitas o con el control de zonas de recopilación de pruebas, los equipos de la CAR recopilan todas las pruebas disponibles sobre ellas y sobre sus grupos de usuarios. Tras ello, la CAR rastrea todos los objetos que pueden ser identificados de manera unívoca y lleva a cabo investigaciones en profundidad sobre su transferencia ilícita, las cadenas de suministro y el apoyo a partes que amenazan la paz y la estabilidad.

En colaboración con las autoridades nacionales encargadas de las licencias de exportación y con entidades no gubernamentales, la CAR reconstruye las cadenas de suministro responsables de la distribución de armas en conflictos armados mediante la detección de actividades ilícitas y de los desvíos de armas de los mercados legales a los ilícitos. La CAR registra toda la información recopilada en su sistema mundial de vigilancia de armas iTrace que, con más de 650 000 armas, municiones y material relacionado utilizados en los conflictos, es el mayor registro mundial de datos sobre armas utilizadas en conflictos.

La CAR utiliza esta información para a) alertar a los Estados miembros del desvío de armas convencionales y sus municiones y, b) propiciar iniciativas específicas de lucha contra el desvío, en particular medidas revisadas de control de las exportaciones y acción diplomática internacional.

Se ha demostrado que este método permite detectar casi inmediatamente los desvíos, puesto que los equipos de la CAR sobre el terreno han informado a los Estados miembros acerca de armas desviadas mientras aún seguían desplegados en zonas afectadas por conflictos. En algunos casos, los equipos de la CAR han descubierto nuevas transferencias no autorizadas menos de dos meses después de que las armas salieran de la fábrica.

La Decisión (PESC) 2019/2191 apoyó que la CAR prolongara y ampliara el proyecto iTrace creado por la Decisión 2013/698/PESC de 25 de noviembre de 2013 y renovado mediante las Decisiones (PESC) 2015/1908 y (PESC) 2017/2283. Los proyectos —llamados iTrace I, II y III, respectivamente— han hecho de iTrace una importante iniciativa mundial de seguimiento de las armas utilizadas en conflictos y han proporcionado apoyo directo a las autoridades encargadas de las licencias de exportación de armas y a los responsables políticos en materia de control de armamentos de la UE.

Además, el 2 de diciembre de 2015, en el Plan de Acción de la UE contra el tráfico ilícito y el uso de armas de fuego y explosivos se pidió «ampliar la utilización de iTrace» y se recomendó a todos los cuerpos y fuerzas de seguridad nacionales que detectaran desvíos de armas y municiones que cotejaran sus hallazgos con los datos de iTrace. En 2019, la CAR celebró un memorando de entendimiento con Europol para prestar asistencia en estas actividades. Además, la CAR ha introducido datos de iTrace en el sistema iARMS de Interpol y ha ayudado a Interpol a identificar las armas que los Estados miembros habían incorporado a iARMS.

La CAR tomará todas las medidas necesarias para dar a conocer al público el hecho de que la acción ha sido financiada por la Unión Europea. Dichas medidas se llevarán a cabo de acuerdo con el Manual de comunicación y visibilidad de la Unión Europea en la acción exterior, elaborado y publicado por la Comisión Europea.

De este modo, la CAR garantizará la proyección pública de la contribución de la Unión con la marca y la publicidad adecuadas, subrayando el papel desempeñado por la Unión, garantizando la transparencia de sus acciones y dando a conocer las razones de la Decisión, así como el apoyo de la Unión a la Decisión y los resultados de este apoyo. El material producido por el proyecto exhibirá de manera prominente la bandera de la Unión de conformidad con las directrices de la Unión relativas a la utilización y reproducción precisas de la bandera.

8.   Metodología y salvaguardias para los socios de los gobiernos nacionales

Los informes de la acción iTrace serán políticamente equilibrados. En consonancia con los principios fundamentales de independencia y objetividad de la CAR, en el marco de la acción se elaborarán informes relativos a las armas convencionales ilícitas y sus municiones sobre las cuales los equipos de investigación de la CAR sobre el terreno recaben información en Estados afectados por conflictos, sin perjuicio de su tipo o procedencia e independientemente de la afiliación de quien las posea. La CAR reconoce que los Estados miembros que divulgan información en aras de la transparencia pueden exponer sus exportaciones de armas a un mayor control público. En consecuencia, la CAR, en la mayor medida posible:

 a) nombrará, en sus informes públicos, a los Estados miembros que hayan proporcionado información a la acción iTrace en aras de la transparencia pública, y

 b) velará por que, en los informes públicos de iTrace, se establezca una clara diferencia entre los Estados miembros anteriormente mencionados y los Estados que, de manera regular, no divulgan información para apoyar las investigaciones de iTrace.

8.1   Claridad operativa

La CAR solicitará la aprobación previa del COARM antes de emprender una acción importante en cualquier país en el que no se hayan llevado a cabo anteriormente investigaciones de iTrace sobre el terreno o programas de formación y tutoría de iTrace. En cualquier solicitud de este tipo deberá figurar el amplio enfoque de las investigaciones de CAR y la metodología prevista para el país de que se trate. En el momento de la adopción de la presente Decisión del Consejo, se han ejecutado programas de iTrace en los países siguientes: Afganistán, Arabia Saudí, Baréin, Benín, Burkina Faso, Camerún, Chad, Costa de Marfil, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Etiopía, Filipinas, Gambia, Ghana, India, Irak, Israel, Jordania, Kenia, Líbano, Libia, Mali, Marruecos, Mauritania, Mozambique, Myanmar/Birmania, Nepal, Níger, Nigeria, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Senegal, Siria, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Togo, Túnez, Turquía, Ucrania, Uganda y Yemen.

8.2.   Mitigación del sesgo

La CAR reconoce que el grado de detalle proporcionado por los gobiernos nacionales en respuesta a las solicitudes de rastreo —que va de la ausencia de respuesta a la divulgación total y el suministro de documentos de transferencia— puede provocar que los Estados miembros estén más o menos expuestos a la opinión pública. A fin de mitigar cualquier sesgo implícito que esta disparidad en las respuestas a las solicitudes de rastreo pudiera provocar en los informes de iTrace, la CAR procede a:

 a) insertar, antes de cada caso denunciado por la acción iTrace en el marco del cual los Estados miembros hayan respondido de manera transparente a las solicitudes de rastreo, un texto claro que, cuando procede, afirma sin ambigüedad la legalidad de las transferencias objeto de dichas solicitudes de rastreo;

 b) insertar, antes de cada caso denunciado por la acción iTrace en el marco del cual los Estados no hayan respondido a las solicitudes de rastreo, un texto claro que reza: «dada la ausencia de respuesta a la solicitud de rastreo, la CAR no puede pronunciarse sobre la legalidad de esta transferencia» (esto no se aplica a los casos en que los Estados miembros de la UE hayan explicado, en respuesta a solicitudes de rastreo específicas, las razones que les impiden responder inmediatamente o con detalles), y

 c) trasmitir un informe periódico al SEAE en el que figuran todos los casos en que la CAR no ha recibido de los Estados un acuse de recibo de la solicitud de rastreo en un plazo de 28 días a partir de su recepción. La CAR registrará todos los acuses de recibo que reciba en forma de carta, fax, correo electrónico o llamada telefónica.

8.3.   El proceso de rastreo

Los Estados miembros y las entidades no gubernamentales responden a las solicitudes de rastreo emitidas por la CAR en el marco del proyecto iTrace a su total discreción, de conformidad con su legislación nacional sobre control de las exportaciones y confidencialidad de los datos.

En un primer momento, la CAR envía las solicitudes de rastreo de productos de exportación controlada por vía electrónica a la Misión Permanente ante las Naciones Unidas del gobierno, en Nueva York, aunque anima a los gobiernos nacionales, por razones administrativas, a designar un punto de contacto en la capital para las comunicaciones subsiguientes con la acción iTrace. En el caso de productos no controlados, la CAR envía solicitudes de rastreo por vía electrónica a las entidades de fabricación o exportación.

El proceso de rastreo sigue el procedimiento operativo normalizado interno 02.02 de la CAR y está compuesto por las etapas siguientes:

a)

en el momento de la captura de datos, los equipos de investigación sobre el terreno encargados de rastrear las armas convencionales y sus municiones las marcan para que sean rastreadas en el sistema mundial de información sobre armas iTrace;

b)

la Unidad de Rastreo de la CAR analiza todos los demás datos recogidos in situ y, en colaboración con la Unidad de Análisis de la CAR, pone en marcha las solicitudes de rastreo adicionales que considere pertinentes;

c)

por lo que respecta a los objetos que han de rastrearse, el sistema, de manera automática: i) asigna un número de solicitud de rastreo a cada objeto; ii) recopila las solicitudes de rastreo correspondientes a uno o varios objetos procedentes de un mismo país en una única comunicación de rastreo; y iii) asigna un número de correspondencia a cada comunicación de rastreo;

d)

el envío de una solicitud de rastreo da inicio a un período de espera de 28 días para tener en cuenta los procedimientos nacionales, por ejemplo en los Estados miembros. Durante el período de espera el objeto no puede ser publicado, ni se pueden hacer referencias a él, en ninguno de los documentos de la CAR;

e)

si al término del período de 28 días la Unidad de Rastreo no ha recibido una respuesta de rastreo, puede enviar un recordatorio (por correo electrónico o mediante una llamada telefónica, conservando notas relativas a todas las comunicaciones). Dicho recordatorio no da inicio a otro período de 28 días;

f)

cuando la Unidad de Rastreo recibe una respuesta a una solicitud de rastreo, lo notifica a todo el personal pertinente. El personal pertinente debate la respuesta con la Unidad de Rastreo y decide cómo proceder (es decir, ¿ha respondido la parte consultada a las preguntas de la CAR? ¿Es necesario que la CAR realice un seguimiento o pida aclaraciones? ¿Puede enviar la CAR un derecho de réplica?);

g)

una vez que se han recibido todas las aclaraciones, la Unidad de Rastreo elabora una notificación de derecho de réplica. Se trata de un resumen conciso de la información facilitada en respuesta a la solicitud de la CAR en el que figuran reservas que responden a la información no recibida o no concluyente. El texto está pensado para ser reproducido literalmente en iTrace y en otros documentos de la CAR, y debe constituir una explicación lo más completa posible de la información facilitada por la parte consultada en respuesta a la solicitud de rastreo. La Unidad de Rastreo remite el proyecto de texto al equipo responsable de la solicitud de rastreo para su revisión. Al aceptar el texto, el equipo lo notifica por escrito a la Unidad de Rastreo, que envía el derecho de réplica;

h)

el envío del derecho de réplica da inicio a un nuevo período de espera de 28 días, durante el cual la CAR invita a la parte consultada a sugerir adiciones al texto del derecho de réplica, o modificaciones de este;

i)

si la parte consultada sugiere modificar el texto del derecho de réplica, la CAR lo hace y vuelve a publicar el derecho de réplica. Cada vez que la Unidad de Rastreo vuelve a publicar un derecho de réplica, comienza otro período de espera de 28 días. Este proceso puede repetirse hasta que la CAR considere que el intercambio constructivo ha concluido. La CAR no está obligada a aceptar modificaciones del derecho de réplica indefinidamente;

j)

el proceso del derecho de réplica concluye cuando el gobierno interesado notifica a la CAR que el texto es aceptable o cuando la CAR considera que las nuevas modificaciones sugeridas por el gobierno interesado son inválidas o superfluas. Si el gobierno comunica su desacuerdo con la CAR, y esta considera que los argumentos son inválidos o superfluos, la CAR debe mencionar las objeciones en el texto del derecho de réplica;

k)

en los casos en que el proceso del derecho de réplica esté en curso y la publicación sea inminente, dos semanas antes de «bloquear el texto», la CAR comunicará a la parte consultada que no se introducirán más cambios en la publicación pertinente después de la fecha de bloqueo del texto;

l)

cuando la Unidad de Rastreo ha incorporado en el texto del derecho de réplica todas las modificaciones y adiciones, remite el proyecto de texto al equipo responsable de la solicitud de rastreo para su revisión. Al aceptar el texto, el equipo de la CAR envía una notificación escrita a la Unidad de Rastreo. Tras su aprobación, el texto del derecho de réplica queda «bloqueado» y ya no puede ser modificado. En adelante, el texto deberá ser reproducido literalmente en cualquier documento, tanto público como no público, que se refiera al asunto. Así pues, es imperativo que la Unidad de Rastreo y los equipos pertinentes lleguen a un acuerdo sobre la totalidad del texto antes de conceder el derecho de réplica, y

m)

si un gobierno, en su respuesta a las solicitudes de rastreo de la CAR, identifica el punto siguiente en la cadena de suministro, la CAR deberá publicar una nueva solicitud de rastreo dirigida a esa parte y el proceso de rastreo volverá a empezar desde la letra a).

8.4.   Notificación previa

La CAR envía una notificación previa a todas aquellas partes a las que se hace una referencia relevante en las publicaciones de iTrace. Dicha notificación es una comunicación formal, elaborada por el autor de la futura publicación y enviada por la Unidad de Rastreo. En la notificación previa se expone la manera en que el informe se referirá a la relación entre el gobierno, o cualquier otra entidad citada, y el asunto de que se trate; está concebida para garantizar que:

 a) La CAR ha actuado con la diligencia debida por lo que respecta a cualquier alegación o referencia relativas a las entidades en sus documentos, y

 b) la información presentada en los informes de la CAR es exacta y ecuánime.

Una vez enviada, una notificación previa da inicio a un período de espera de 14 días, durante el cual la CAR pide a los destinatarios que comprueben la exactitud de la información facilitada y presenten objeciones. Durante ese período de 14 días el objeto no puede ser publicado, ni se pueden hacer referencias a él, en ninguno de los documentos de CAR.

9.   Informes

La sociedad Conflict Armament Research elaborará documentos descriptivos trimestrales. Dichos documentos contendrán, entre otras cosas, información detallada sobre las actividades llevadas a cabo durante el período de referencia, desglosada por proyectos, e incluirá fechas e instituciones nacionales. Se informará también acerca del número de consultas a los Estados miembros realizadas por iTrace.

El ámbito geográfico de las actividades de investigación, la cantidad y la categoría de los resultados, así como su origen, estarán disponibles en el panel de control de iTrace, en línea y en tiempo real.

ANÁLISIS

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en DOUE L 73, de 10 de marzo de 2023 (Ref. DOUE-L-2023-80364).
Referencias anteriores
Materias
  • Acceso a la información
  • Armas
  • Comercio
  • Cooperación internacional
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Programas
  • Redes de telecomunicación

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