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Documento DOUE-L-2023-80921

Decisión de Ejecución (UE) 2023/1319 de la Comisión de 28 de junio de 2023 por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2020/2126 para revisar las asignaciones anuales de emisiones de los Estados miembros para el período comprendido entre 2023 y 2030.

Publicado en:
«DOUE» núm. 163, de 29 de junio de 2023, páginas 9 a 11 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-80921

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2018/842 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre reducciones anuales vinculantes de las emisiones de gases de efecto invernadero por parte de los Estados miembros entre 2021 y 2030 que contribuyan a la acción por el clima, con objeto de cumplir los compromisos contraídos en el marco del Acuerdo de París, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 525/2013 (1), y en particular su artículo 4, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión de Ejecución (UE) 2020/2126 de la Comisión (2) establece las asignaciones anuales de emisiones de los Estados miembros para el período comprendido entre 2021 y 2030 de conformidad con el artículo 4, apartados 1, 2 y 3, del Reglamento (UE) 2018/842, así como los ajustes previstos en su artículo 10.

(2)

 

 

(3)

El Reglamento (UE) 2023/857 del Parlamento Europeo y del Consejo (3) modificó, entre otros, el artículo 4, apartados 2 y 3, del Reglamento (UE) 2018/842, y estableció el método de cálculo de los límites anuales de las emisiones de gases de efecto invernadero que cada Estado miembro debe respetar en los años 2023 a 2030.

 

Por consiguiente, es necesario revisar las asignaciones anuales de emisiones establecidas en la Decisión de Ejecución (UE) 2020/2126.

(4)

La revisión de las asignaciones anuales de emisiones debe limitarse a las asignadas para los años 2023 a 2030, ya que el Reglamento (UE) 2023/857 no modificó los límites de emisiones de gases de efecto invernadero aplicables a los años 2021 y 2022. No obstante, en aras de la claridad, el anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2020/2126 debe sustituirse en su totalidad.

(5)

Las asignaciones anuales de emisiones de cada Estado miembro para los años 2023, 2024 y 2025 deben establecerse sobre la base de una trayectoria lineal que comience en 2022 en la asignación anual de emisiones del Estado miembro y finalice en 2030 en el límite fijado para dicho Estado miembro en la columna 2 del cuadro del anexo I del Reglamento (UE) 2018/842.

(6)

Las asignaciones anuales de emisiones de cada Estado miembro para los años 2026 a 2030 han de establecerse sobre la base de una trayectoria lineal que comience en la media de las emisiones de gases de efecto invernadero de dicho Estado miembro en los años 2021, 2022 y 2023. Dicha media se determinará tras una revisión exhaustiva de los datos de inventario presentados por los Estados miembros sobre los años 2021, 2022 y 2023. La Comisión realizará esa revisión exhaustiva en 2025, con la ayuda de la Agencia Europea de Medio Ambiente. Las asignaciones anuales de emisiones para los años 2026 a 2030 no se fijarán hasta después de realizarse esa revisión exhaustiva.

(7)

De conformidad con el artículo 10, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2018/842, los valores resultantes de las asignaciones anuales de emisiones para los años 2023, 2024 y 2025 han de ajustarse. Las emisiones de gases de efecto invernadero de las instalaciones fijas excluidas del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE de conformidad con el artículo 27 de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (4) notificadas por los Estados miembros a la Comisión en virtud del mismo artículo, entran en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2018/842 en la medida en que, con arreglo a la Directiva, están excluidas del límite de emisiones de la Unión desde 2021. Por consiguiente, las cantidades deducidas de ese límite se añaden a las asignaciones anuales de emisiones de los Estados miembros correspondientes para los años 2023, 2024 y 2025.

(8)

 

(9)

Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2020/2126 en consecuencia.

 

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité del cambio climático.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2020/2126 se sustituye por el texto del anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 28 de junio de 2023.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

 

(1)  DO L 156 de 19.6.2018, p. 26.

(2)  Decisión de Ejecución (UE) 2020/2126 de la Comisión de 16 de diciembre de 2020 por la que se establecen las asignaciones anuales de emisiones de los Estados miembros para el período comprendido entre 2021 y 2030 de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/842 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 426 de 17.12.2020, p. 58).

(3)  Reglamento (UE) 2023/857 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de abril de 2023, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/842 sobre reducciones anuales vinculantes de las emisiones de gases de efecto invernadero por parte de los Estados miembros entre 2021 y 2030 que contribuyan a la acción por el clima, con objeto de cumplir los compromisos contraídos en el marco del Acuerdo de París, y el Reglamento (UE) 2018/1999 (DO L 111 de 26.4.2023, p. 1).

(4)  Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo (DO L 275 de 25.10.2003, p. 32).

ANEXO

««ANEXO II

Asignaciones anuales de las emisiones de cada Estado miembro para cada año de 2021 a 2030 con arreglo al artículo 4, apartado 3, del Reglamento (UE) 2018/842, ajustadas de conformidad con el artículo 10 de dicho Reglamento

Estado miembro

Valor ajustado de la asignación anual de emisiones en toneladas equivalentes de CO2

2021

2022

2023

2024

2025

2026

2027

2028

2029

2030

Bélgica

71 141 629

69 130 741

65 895 769

62 660 796

59 425 824

-

-

-

-

-

Bulgaria

27 116 956

25 159 860

24 526 596

23 893 332

23 260 068

-

-

-

-

-

Chequia

65 984 531

60 913 974

59 309 017

57 704 060

56 099 103

-

-

-

-

-

Dinamarca

32 127 535

31 293 868

29 905 140

28 516 412

27 127 684

-

-

-

-

-

Alemania

427 306 142

413 224 443

391 872 325

370 518 122

349 163 918

-

-

-

-

-

Estonia

6 223 937

6 001 620

5 840 050

5 678 481

5 516 911

-

-

-

-

-

Irlanda

43 479 402

42 357 392

40 520 068

38 682 744

36 845 421

-

-

-

-

-

Grecia

46 227 407

46 969 645

47 184 382

47 399 120

47 613 857

-

-

-

-

-

España

200 997 922

198 671 005

192 805 142

186 904 935

181 004 728

-

-

-

-

-

Francia

335 726 735

326 506 522

312 021 691

297 535 364

283 049 038

-

-

-

-

-

Croacia

17 661 355

16 544 497

16 357 415

16 170 092

15 982 770

-

-

-

-

-

Italia

273 503 734

268 765 611

259 438 502

250 077 347

240 716 193

-

-

-

-

-

Chipre

4 072 960

3 980 718

3 845 808

3 710 898

3 575 989

-

-

-

-

-

Letonia

10 649 507

8 854 834

8 640 002

8 425 170

8 210 339

-

-

-

-

-

Lituania

16 112 304

13 717 534

13 292 727

12 867 920

12 443 113

-

-

-

-

-

Luxemburgo

8 406 740

8 147 070

7 760 948

7 374 826

6 988 704

-

-

-

-

-

Hungría

49 906 277

43 342 400

42 785 010

42 227 619

41 670 229

-

-

-

-

-

Malta

2 065 044

1 239 449

1 187 854

1 136 258

1 084 663

-

-

-

-

-

Países Bajos

98 513 233

96 677 516

92 920 117

89 162 718

85 405 318

-

-

-

-

-

Austria

48 768 448

47 402 495

45 181 662

42 960 829

40 739 996

-

-

-

-

-

Polonia

215 005 372

204 376 828

198 630 308

192 883 787

187 137 267

-

-

-

-

-

Portugal

42 526 461

40 821 093

40 059 679

39 296 448

38 533 217

-

-

-

-

-

Rumanía

87 878 093

76 914 871

75 837 989

74 761 106

73 684 224

-

-

-

-

-

Eslovenia

11 403 194

11 107 762

10 813 744

10 515 484

10 217 224

-

-

-

-

-

Eslovaquia

23 410 477

21 151 422

20 743 118

20 334 813

19 926 509

-

-

-

-

-

Finlandia

28 840 335

27 970 110

26 626 337

25 282 565

23 938 792

-

-

-

-

-

Suecia

31 331 358

30 731 996

29 592 278

28 452 560

27 312 842

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