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Documento DOUE-L-2023-81819

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2785 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2023, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2325 en lo que respecta al reconocimiento de determinadas autoridades de control y organismos de control a efectos de la importación de productos ecológicos en la Unión.

Publicado en:
«DOUE» núm. 2785, de 15 de diciembre de 2023, páginas 1 a 6 (6 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-81819

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo (1), y en particular su artículo 48, apartado 3, y su artículo 57, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

En el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2325 de la Comisión (2) figura la lista de los terceros países cuyos regímenes de producción y medidas de control para la producción ecológica de productos agrícolas se reconocen como equivalentes a los establecidos en el Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo (3). A la luz de la nueva información recibida por la Comisión desde la adopción del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2325, deben introducirse algunos cambios en la información referida a determinados terceros países.

(2)

Canadá ha informado a la Comisión de que su autoridad competente ha retirado los organismos de control «British Columbia Association for Regenerative Agriculture (BCARA)» (CA-ORG-002) e «International Certification Services Incorporated (ICS)» (CA-ORG-009) de la lista de organismos de control reconocidos por Canadá, y de que el organismo de control «Centre for Systems Integration (CSI)» (CA-ORG-004) ha cambiado de nombre.

(3)

Israel ha informado a la Comisión de que su autoridad competente ha suspendido la inclusión del organismo de control «Agrior Ltd-Organic Inspection & Certification» (IL-ORG-002) en la lista de organismos de control reconocidos por Israel y de que ha reconocido un nuevo organismo de control acreditado «Lab-path Ltd» (IL-ORG-005).

(4)

Japón ha informado a la Comisión de que su autoridad competente ha suspendido la inclusión del organismo de control «Rice Research Organic Food Institute» (JP-BIO-023) en la lista de organismos de control reconocidos por Japón y de que ha reconocido un nuevo organismo de control acreditado «Miyazaki Organic Agriculture Association» (JP-BIO-043).

(5)

La República de Corea ha informado a la Comisión de que su autoridad competente ha suspendido la inclusión de los organismos de control «OCK» (KR-ORG-005), «Korea Environment-Friendly Organic Certification Centre» (KR-ORG-007), «Neo environmentally-friendly Certification Center» (KR-ORG-019), «ISC Agriculture development research institute» (KR-ORG-021) y «Greenstar Agrifood Certification Center» (KR-ORG-022) en la lista de organismos de control reconocidos por la República de Corea y de que ha reconocido nuevos organismos de control acreditados «Sungnong» (KR-ORG-039), «Tojo Glonics co. Ltd.» (KR-ORG-040), «YANGPYEONG ENVIRONMENT-FRIENDLY CERTIFICATION CENTER» (KR-ORG-041), «Haezin Corporation» (KR-ORG-042), «Institute of Green Certification» (KR-ORG-043) y «DODAM Eco-Friendly» (KR-ORG-044).

(6)

La República de Corea también ha informado a la Comisión de que el organismo de control «Doalnara Organic Certificated Korea» (KR-ORG-002) ha cambiado de nombre y de dirección de internet, el organismo de control «Global Organic Agriculturalist Association» (KR-ORG-004) ha cambiado de nombre y de dirección de internet, el organismo de control «KAFCC» (KR-ORG-006) ha cambiado de dirección de internet y el organismo de control «Konkuk Ecocert Certification Service» (KR-ORG-008) ha cambiado de nombre, el organismo de control «Green Environmentally-Friendly certification centre» (KR-ORG-020) ha cambiado de nombre y de dirección de internet, el organismo de control «Eco Agriculture Institute Inc» (KR-ORG-029) ha cambiado de nombre y de dirección de internet, el organismo de control «Korea organic certification» (KR-ORG-031) ha cambiado de nombre y de dirección de internet, el organismo de control «Ctforum. Ltd» (KR-ORG-037) ha cambiado de nombre y de dirección de internet, y el organismo de control «ORGANIC PROMOTION» (KR-ORG-038) ha cambiado de nombre y de dirección de internet.

(7)

Los Estados Unidos han informado a la Comisión de que el organismo de control «Department of Plant Industry — Clemson University» (US-ORG-009) ha cambiado de nombre a «Clemson University» y de que el organismo de control «Ecocert S.A» (US-ORG-010) ha cambiado de nombre a «Ecocert S.A.S».

(8)

Los Estados Unidos han informado también a la Comisión de que los organismos de control «Ecocert ICO, LLC» (US-ORG-016), «International Certification Services, Inc.» (US-ORG-017), «LACON GmbH» (US-ORG-020), «New Jersey Department of Agriculture» (US-ORG-034) y «New Mexico Department of Agriculture, Organic Program» (US-ORG-035) han cesado sus actividades y, por tanto, han sido retirados de la lista de organismos de control reconocidos por los Estados Unidos. Asimismo, los Estados Unidos han informado a la Comisión de que su autoridad competente ha reconocido un nuevo organismo de control acreditado «Certificadora Mexicana de productos y procesos ecológicos S.C.» (US-ORG-069).

(9)

En el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2325 figura la lista de autoridades y organismos de control reconocidos a efectos de equivalencia y competentes para llevar a cabo controles y expedir certificados en terceros países. A la luz de la nueva información y de las solicitudes recibidas por la Comisión desde la adopción del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2325, deben introducirse algunos cambios en dicha lista.

(10)

La Comisión ha recibido una solicitud de «Ecogruppo Italia» (BIO-187) para la retirada de su reconocimiento respecto de todos los terceros países para los que está reconocida.

(11)

La Comisión ha recibido una solicitud de «TÜV Nord Integra» (BIO-160) para la retirada de su reconocimiento respecto de todos los terceros países para los que está reconocida.

(12)

 

(13)

«Ecovivendi d.o.o. Belgrade» (BIO-183) ha informado a la Comisión del cambio de su dirección.

 

La Comisión ha recibido una solicitud presentada por «Oregon Tilth» (BIO-116) para la retirada de su reconocimiento respecto a Bolivia, Chile y Honduras. La Comisión ha recibido una solicitud de «Ekoagros» (BIO-170) para la retirada de su reconocimiento respecto de todas las categorías de productos de la Federación de Rusia y la República de Bielorrusia, y de su reconocimiento para las categorías de productos D y F para Kazajistán y Tayikistán.

(14)

 

(15)

Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2325 en consecuencia.

 

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de Producción Ecológica.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (UE) 2021/2325 se modifica como sigue:

1) El anexo I se modifica de conformidad con el anexo I del presente Reglamento.

2) El anexo II se modifica de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 14 de diciembre de 2023.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)   DO L 150 de 14.6.2018, p. 1.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2325 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2021, por el que se establece, de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, la lista de terceros países y la lista de autoridades y organismos de control reconocidos en virtud del artículo 33, apartados 2, y 3 del Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo para la importación de productos ecológicos en la Unión (DO L 465 de 29.12.2021, p. 8).

(3)  Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 2092/91 (DO L 189 de 20.7.2007, p. 1).

ANEXO I

El anexo I del Reglamento (UE) 2021/2325 se modifica como sigue:

 

1) En la entrada correspondiente a «CANADÁ», el cuadro del punto 5 se modifica como sigue:

a)

se suprimen las filas correspondientes a los números de código CA-ORG-002 y CA-ORG-009;

b)

la fila correspondiente al número de código CA-ORG-004 se sustituye por el texto siguiente:

 

«CA-ORG-004

 

Seeds Canada dba Centre for Systems Integration (CSI)

 

www.csi-ics.com».

 

2) En la entrada correspondiente a «ISRAEL», el cuadro del punto 5 se modifica como sigue:

a)

se suprime la fila correspondiente al número de código IL-ORG-002;

b)

se añade la fila siguiente:

 

«IL-ORG-005

 

Lab-path Ltd.

 

www.lab-path.co.il».

 

3) en la entrada correspondiente a «JAPÓN», el cuadro del punto 5 se modifica como sigue:

a)

se suprime la fila correspondiente al número de código JP-BIO-023;

b)

se añade la fila siguiente:

 

«JP-BIO-043

 

Miyazaki Organic Agriculture Association

 

https://www.miyazaki-oaa.com/».

 

4) En la entrada correspondiente a la «REPÚBLICA DE COREA», el cuadro del punto 5 se modifica como sigue:

a)

se suprimen las filas correspondientes a los números de código KR-ORG-005, KR-ORG-007, KR-ORG-019, KR-ORG-021 y KR-ORG-022;

b)

se añaden las filas siguientes:

 

«KR-ORG-039

 

Sungnong

 

친환경농산물인증.kr

 

KR-ORG-040

 

Tojo Glonics co. Ltd.

 

cafe.daum.net/thoji

 

KR-ORG-041

 

YANGPYEONG ENVIRONMENT-FRIENDLY CERTIFICATION CENTER

 

yporganic.net

 

KR-ORG-042

 

Haezin Corporation

 

cafe.daum.net/haezingood

 

KR-ORG-043

 

Institute of Green Certification

 

blog.naver.com/green2080_

 

KR-ORG-044

 

DODAM Eco-Friendly

 

dodamecocerti.quv.kr»;

c)

la fila correspondiente al número de código KR-ORG-002 se sustituye por el texto siguiente:

 

«KR-ORG-002

 

WECERT, LLC.

 

www.wecert.co.kr»;

d)

la fila correspondiente al número de código KR-ORG-004 se sustituye por el texto siguiente:

 

«KR-ORG-004

 

Global Agricultural Food Certification Cooperation Co. Ltd.

 

www.gafc.kr»;

e)

la fila correspondiente al número de código KR-ORG-006 se sustituye por el texto siguiente:

 

«KR-ORG-006

 

KAFCC

 

www.kafcc.or.kr»;

f)

la fila correspondiente al número de código KR-ORG-008 se sustituye por el texto siguiente:

 

«KR-ORG-008

 

Konkuk Ecocert Certification Agency

 

www.ecocert.co.kr»;

g)

la fila correspondiente al número de código KR-ORG-020 se sustituye por el texto siguiente:

 

«KR-ORG-020

 

Green Organic Co., Ltd.

 

cafe.naver.com/greenorganic6279»;

h)

la fila correspondiente al número de código KR-ORG-029 se sustituye por el texto siguiente:

 

«KR-ORG-029

 

Institute of friendly environment-agriculture, Inc.

 

ifea.co.kr»;

i)

la fila correspondiente al número de código KR-ORG-031 se sustituye por el texto siguiente:

 

«KR-ORG-031

 

Korea Organic Certification Co., LTD

 

koc2022.modoo.at»;

j)

la fila correspondiente al número de código KR-ORG-037 se sustituye por el texto siguiente:

 

«KR-ORG-037

 

Ctforum. Inc

 

ctforum.co.kr»;

k)

la fila correspondiente al número de código KR-ORG-038 se sustituye por el texto siguiente:

 

«KR-ORG-038

 

ORGANIC PROMOTION AGENCY

 

blog.naver.com/opa7373».

 

5) En la entrada correspondiente a «ESTADOS UNIDOS», el cuadro del punto 5 se modifica como sigue:

a)

la fila correspondiente al número de código US-ORG-009 se sustituye por el texto siguiente:

 

«US-ORG-009

 

Clemson University

 

www.clemson.edu/organic»;

b)

la fila correspondiente al número de código US-ORG-010 se sustituye por el texto siguiente:

 

«US-ORG-010

 

Ecocert S.A.S.

 

www.ecocert.com»;

c)

se suprimen las filas correspondientes a los números de código US-ORG-016, US-ORG-017, US-ORG-020, US-ORG-034 y US-ORG-035;

d)

se añade la fila siguiente:

 

«US-ORG-069

 

«Certificadora Mexicana de productos y procesos ecológicos S.C.»

 

https://certimexsc.com/cmx».

ANEXO II

El anexo II del Reglamento (UE) 2021/2325 se modifica como sigue:

1) Se suprime la entrada correspondiente a «Ecogruppo Italia».

2) Se suprime la entrada correspondiente a «TÜV Nord Integra».

3) En la entrada correspondiente a «Ecovivendi d.o.o Belgrade», el punto 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1. Voje Veljkovica n.o  14, 11050 Beograd».

4) En la entrada correspondiente a «Oregon Tilth», en el cuadro del punto 3, se suprimen las filas correspondientes a Bolivia, Chile y Honduras.

5) La entrada correspondiente a «Ekoagros» se sustituye por el texto siguiente:

«Número de código

Tercer país

Categoría de productos

A

B

C

D

E

F

KZ-BIO-170

Kazajistán

x

x

TJ-BIO-170

Tayikistán

x

x

—».

 

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos I y II del Reglamento 2021/2325, de 16 de diciembre (Ref. DOUE-L-2021-81845).
Materias
  • Autorizaciones
  • Canadá
  • Comercialización
  • Corea del Sur
  • Entidades de certificación
  • Estados Unidos de América
  • Importaciones
  • Japón
  • Producción ecológica

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