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Documento DOUE-L-2023-81908

Decisión nº 2/2023 del Comité Mixto en el marco del Acuerdo entre la Unión Europea y Japón relativo a una Asociación Económica, de 15 de diciembre de 2023, relativa a las modificaciones del anexo 14-B sobre indicaciones geográficas [2023/2912].

Publicado en:
«DOUE» núm. 2912, de 22 de diciembre de 2023, páginas 1 a 3 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-81908

TEXTO ORIGINAL

 

EL COMITÉ MIXTO,

Visto el Acuerdo entre la Unión Europea y Japón relativo a una asociación económica (en lo sucesivo denominado «Acuerdo»), y en particular sus artículos 14.30 y 22.2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Acuerdo entró en vigor el 1 de febrero de 2019.

(2)

En el marco del Comité de Propiedad Intelectual, la Unión Europea y Japón (en lo sucesivo denominados «Partes») confirmaron que, cada año, a partir de 2020 y hasta 2022, el Comité Mixto examinaría un máximo de veintiocho nombres procedentes de la Unión Europea y de Japón, respectivamente, que deban protegerse como indicaciones geográficas y añadirse al anexo 14-B del Acuerdo, siempre que dichos nombres estén protegidos como indicaciones geográficas en el ámbito nacional. De conformidad con el artículo 14.30 del Acuerdo, el 1 de febrero de 2021 (1) y el 1 de febrero de 2022 (2) se añadieron veintiocho indicaciones geográficas de la Unión Europea y veintiocho indicaciones geográficas de Japón al anexo 14-B del Acuerdo, respectivamente. En cuanto a la tercera adición de indicaciones geográficas al anexo 14-B, las Partes confirmaron que se llevaría a cabo en 2023 en lugar de en 2022 y que se haría en dos ocasiones distintas: una para veintiocho indicaciones geográficas de la Unión Europea y catorce indicaciones geográficas de Japón, y otra para el resto de las indicaciones geográficas agrícolas japonesas. Las Partes también confirmaron que ambas seguirán trabajando para añadir otras indicaciones geográficas que deban protegerse en las respectivas Partes a partir del 1 de enero de 2025.

(3)

En cuanto a la primera parte de la tercera modificación realizada en 2023, de conformidad con el artículo 14.30 del Acuerdo, el 30 de septiembre de 2023 se añadieron veintiocho indicaciones geográficas de la Unión Europea y catorce indicaciones geográficas de Japón al anexo 14-B del Acuerdo.

(4)

Por lo que se refiere a la otra parte de la tercera modificación prevista para 2023, de conformidad con el artículo 14.30, apartado 1, la Unión Europea ha completado el procedimiento de oposición y el examen de seis indicaciones geográficas adicionales de Japón.

(5)

El 24 de noviembre de 2023, de conformidad con el artículo 14.53, apartado 3, del Acuerdo, el Comité de Propiedad Intelectual recomendó al Comité Mixto que modificara el anexo 14-B del Acuerdo en consecuencia.

(6)

Las Partes completaron los procedimientos internos necesarios para la adopción de la Decisión del Comité Mixto en el marco del Acuerdo y deben proceder al canje de las notas diplomáticas por las que se confirmen las modificaciones del Acuerdo, a más tardar diez días hábiles después de la adopción de la Decisión.

(7)

Por consiguiente, debe modificarse el anexo 14-B del Acuerdo, de conformidad con el artículo 23.2, apartado 3 y apartado 4, letra g), del Acuerdo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En la sección B de la parte 1 del anexo 14-B del Acuerdo, las indicaciones geográficas enumeradas en el anexo de la presente Decisión se añaden a la lista de indicaciones geográficas de Japón.

Artículo 2

La presente Decisión se redacta en doble ejemplar. El artículo 1 y el anexo de la presente Decisión se redactan en doble ejemplar en las lenguas auténticas del Acuerdo en virtud del artículo 23.8, apartado 1, del Acuerdo, siendo cada uno de estos textos igualmente auténtico.

Artículo 3

La presente Decisión será aplicada por las Partes conforme a lo dispuesto en el artículo 22.2, apartado 1, del Acuerdo. Las modificaciones del Acuerdo adoptadas mediante la presente Decisión se verán confirmadas y entrarán en vigor tras el canje de notas diplomáticas de conformidad con el artículo 23.2, apartado 3, del Acuerdo.

Por el Comité Mixto,

Yoko Kamikawa

Copresidente [por Japón]

Valdis Dombrovskis

Copresidente [por la UE]

(1)  Decisión N.o 1/2021 del Comité Mixto en el marco del Acuerdo entre la Unión Europea y Japón relativo a una Asociación Económica de 25 de enero de 2021 relativa a las modificaciones del anexo 14-A y el anexo 14-B sobre indicaciones geográficas [2021/109] (DO L 35 de 1.2.2021, p. 31, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2021/109/oj).

https://www.mofa.go.jp/mofaj/files/100141732.pdf

(2)  Decisión n.o 1/2022 del Comité Mixto en el marco del Acuerdo entre la Unión Europea y Japón relativo a una Asociación Económica de 21 de enero de 2022 relativa a las modificaciones del anexo 14-B sobre indicaciones geográficas [2022/138] (DO L 22 de 1.2.2022, p. 45, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2022/138/oj).

https://www.mofa.go.jp/mofaj/files/100293455.pdf

ANEXO

Nombre que debe protegerse

Transcripción al alfabeto latino (con fines informativos)

Categoría del producto y breve descripción [entre corchetes, con fines informativos]

はかた地どり/Hakata Jidori

Hakata Jidori

Carne fresca [pollo, despojos]

阿波尾鶏/Awaodori

Awaodori

Carne fresca [pollo, despojos]

十勝ラクレット/Tokachi Raclette (1)

Tokachi Raclette

Productos animales transformados [queso]

徳島すだち/Tokushima Sudachi

Tokushima Sudachi

Producto agrícola [Sudachi (cítrico)]

深蒸し菊川茶/菊川深蒸し茶/Kikugawa deep steamed green tea/Deep steamed Kikugawa tea/Fukamushi Kikugawacha/Kikugawa Fukamushicha

Fukamushi Kikugawacha/Kikugawa Fukamushicha

Producto agrícola transformado [hojas de té]

行方かんしょ/Namegata Kansho/Namegata Sweet Potato

Namegata Kansho

Producto agrícola [batata]

(1)  Para mayor certeza, no se pretende la protección del componente individual «raclette» de la indicación geográfica compuesta «Tokachi Raclette».

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 15/12/2023
  • Fecha de publicación: 22/12/2023
  • Fecha de entrada en vigor: 22/12/2023
  • Entrada en vigor: el 22 de diciembre de 2023 (DOUE L 02912 de 22 de diciembre de 2023).
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec/2023/2912/spa
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo 14-B del Acuerdo de 17 de julio de 2018 (Ref. DOUE-L-2018-82118).
Materias
  • Acuerdo de Asociación CE
  • Acuerdos internacionales
  • Comercio extracomunitario
  • Denominaciones de origen
  • Japón
  • Productos alimenticios

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