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Documento DOUE-L-2024-80032

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/216 de la Comisión, de 11 de enero de 2024, por el que se modifica el anexo del Reglamento /de Ejecución (UE) 2018/1882 en lo relativo a las enfermedades de la lista que afectan a los animales acuáticos y a la lista de especies y grupos de especies que suponen un riesgo considerable para la propagación de esas enfermedades de la lista.

Publicado en:
«DOUE» núm. 216, de 12 de enero de 2024, páginas 1 a 4 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2024-80032

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (1), y en particular su artículo 8, apartado 2, su artículo 8, apartado 3, y su artículo 8, apartado 4, letra b),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (UE) 2016/429 establece normas para la prevención y el control de las enfermedades transmisibles a los animales o a los seres humanos, incluidas normas de priorización y categorización de las enfermedades incluidas en la lista que afecten a toda la Unión. Esas normas para la prevención y el control de las enfermedades de la lista son aplicables a especies y grupos de especies que pueden transmitir las enfermedades de la lista porque son susceptibles de contraer la enfermedad o de ser sus vectores. Tales especies y grupos de especies figuran en el cuadro del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 de la Comisión (2), de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 8 del Reglamento (UE) 2016/429.

(2)

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha proporcionado asesoramiento científico en sus dictámenes científicos de 1 de agosto de 2023, relativos a las especies de peces (3), moluscos (4) y crustáceos (5) que pueden actuar como portadoras de enfermedades que entran en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2016/429.

(3)

Por consiguiente, es oportuno e importante revisar la lista de portadores de las enfermedades acuáticas que figura en el cuadro del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 teniendo en cuenta los dictámenes científicos de la EFSA y los criterios establecidos en el artículo 8 del Reglamento (UE) 2016/429, que dispone que en la lista deben figurar las especies de animales o los grupos de especies de animales que presenten un riesgo considerable de propagación de enfermedades específicas de la lista. Según la definición usual establecida en los dictámenes científicos de la EFSA, son especies portadoras aquellas especies que se ha demostrado que transmiten el agente causante de una enfermedad de la lista a las especies sensibles. Tales especies portadoras plantean claramente un riesgo considerable de propagación de las enfermedades de la lista.

(4)

En la medida en que las autoridades competentes de los Estados miembros puedan gestionar el riesgo que plantean las especies portadoras señaladas en los dictámenes científicos de la EFSA, tales especies portadoras deben recogerse en la cuarta columna del cuadro que figura en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882. Por otra parte, deben suprimirse de esa columna las especies portadoras que actualmente figuran en ella y que no han sido señaladas por la EFSA como especies que han demostrado su capacidad para transmitir el agente causante de una enfermedad de la lista que afecta a los animales acuáticos a las especies sensibles. Conviene, por tanto, modificar en consecuencia la lista de especies portadoras de las enfermedades acuáticas que figura en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882.

(5)

Además, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) ha revisado recientemente las especies acuáticas sensibles a la infección por Marteilia refringens. En el artículo 11.4.2 del Código Sanitario para los Animales Acuáticos (6) figura una lista revisada de especies sensibles a esta enfermedad. Dado que esta enfermedad también figura actualmente en el cuadro del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882, la Comisión ha revisado el informe del grupo ad hoc de la OMSA sobre las especies sensibles a las enfermedades de la lista de la OMSA (7) que dio lugar a la lista revisada de especies recogida en el Código Sanitario para los Animales Acuáticos.

(6)

A raíz de esta revisión por la Comisión, conviene modificar la lista de especies y grupos de especies que figura en la tercera columna del cuadro del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 en lo que se refiere a la infección por Marteilia refringens. Esta modificación tiene en cuenta los conocimientos científicos más recientes y pretende lograr un nivel adecuado de convergencia con las normas de la OMSA, teniendo en cuenta al mismo tiempo las anteriores decisiones sobre gestión de los riesgos relativas a dos especies de mejillón, Mytilus edulis y Mytilus galloprovincialis.

(7)

 

 

(8)

Por consiguiente, esa lista debe reflejar la lista de especies sensibles establecida en el artículo 11.4.2 del Código Sanitario para los Animales Acuáticos de la OMSA, con excepción de las especies Mytilus edulis y Mytilus galloprovincialis.

 

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

 

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 11 de enero de 2024.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

(1)   DO L 84 de 31.3.2016, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2016/429/oj.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2018, relativo a la aplicación de determinadas normas de prevención y control a categorías de enfermedades enumeradas en la lista y por el que se establece una lista de especies y grupos de especies que suponen un riesgo considerable para la propagación de dichas enfermedades de la lista (DO L 308 de 4.12.2018, p. 21, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2018/1882/oj).

(3)  Species which may act as vectors or reservoirs of diseases covered by the Animal Health Law: Listed pathogens of fish, EFSA Journal 2023;21(8):8174.

(4)  Species which may act as vectors or reservoirs of diseases covered by the Animal Health Law: Listed pathogens of molluscs, EFSA Journal 2023;21(8):8173.

(5)  Species which may act as vectors or reservoirs of diseases covered by the Animal Health Law: Listed pathogens of crustaceans, EFSA Journal 2023;21(8):8172.

(6)  OMSA (2023): Código Sanitario para los Animales Acuáticos, 25.a edición.

(7)  Informe del Grupo ad hoc de la OMSA sobre la susceptibilidad de las especies de moluscos a la infección por las enfermedades de la lista de la OIE.

ANEXO

En el cuadro del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882, las filas 51 a 63, relativas a las enfermedades de la lista y sus categorías y las especies de animales acuáticos de la lista, se sustituyen por el texto siguiente:

Nombre de la enfermedad incluida en la lista

Categoría de la enfermedad incluida en la lista

Especies incluidas en la lista

Especies y grupos de especies

Especies portadoras

«Necrosis hematopoyética epizoótica

A+D+E

Ameiurus melas, Bidyanus bidyanus, Esox lucius, Galaxias olidus, Gambusia affinis, Gambusia holbrooki, Macquaria australasica, Melanotaenia fluviatilis, Oncorhynchus mykiss, Perca fluviatilis, Sander lucioperca

 

Septicemia hemorrágica viral

C+D+E

Alosa immaculata, Ameiurus nebulosus, Ambloplites rupestris, Ammodytes hexapterus, Aplodinotus grunniens, Centrolabrus exoletus, Clupea harengus, Clupea pallasii pallasii, Coregonus artedii, Coregonus clupeaformis, Coregonus lavaretus, Ctenolabrus rupestris, Cyclopterus lumpus, Cymatogaster aggregata, Dorosoma cepedianum, Danio rerio, Engraulis encrasicolus, Esox lucius, Esox masquinongy, Fundulus heteroclitus, Gadus macrocephalus, Gadus morhua, Gaidropsarus vulgaris, Gasterosteus aculeatus, Labrus bergylta, Labrus mixtus, Lampetra fluviatilis, Lepomis gibbosus, Lepomis macrochirus, Limanda limanda, Merlangius merlangus, Micropterus dolomieu, Micropterus salmoides, Micromesistius poutassou, Morone americana, Morone chrysops, Morone saxatilis, Mullus barbatus, Neogobius melanostomus, Notropis atherinoides, Notropis hudsonius, Oncorhynchus kisutch, Oncorhynchus mykiss, híbridos Oncorhynchus mykiss × Oncorhynchus kisutch, Oncorhynchus tshawytscha, Paralichthys olivaceus, Perca flavescens, Pimephales notatus, Pimephales promelas, Platichthys flesus, Pleuronectes platessa, Pomatoschistus minutus, Pomoxis nigromaculatus, Raja clavata, Salmo marmoratus, Salmo salar, Salmo trutta, Salvelinus namaycush, Sander vitreus, Sardina pilchardus, Sardinops sagax, Scomber japonicus, Scophthalmus maximus, Solea senegalensis, Sprattus sprattus, Symphodus melops, Thaleichthys pacificus, Trachurus mediterraneus, Trisopterus esmarkii, Thymallus thymallus, Uranoscopus scaber

 

Necrosis hematopoyética infecciosa

C+D+E

Esox lucius, Onchorynchus clarkii, Oncorhynchus keta, Oncorhynchus kisutch, Oncorhynchus masou, Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus nerka, Oncorhynchus tshawytscha, Salmo marmoratus, Salvelinus namaycush, Salmo salar, Salmo trutta, Salvelinus alpinus, Salvelinus fontinalis

 

Anemia infecciosa del salmón con supresión en la región altamente polimórfica

C+D+E

Oncorynchus mykiss, Salmo salar, Salmo trutta

 

Infección por el herpesvirus de la carpa koi

E

Todas las variedades y subespecies de Cyprinus carpio y los híbridos de Cyprinus carpio, por ejemplo, Cyprinus carpio × Carassius auratus, Cyprinus carpio × Carassius carassius

Carassius auratus, Carassius gibelio, Ctenopharyngodon idella, Gymnocephalus cernua, Hypophthalmichthys molitrix, Rutilus rutilus, Tinca tinca

Infección por Mikrocytos mackini

A+D+E

Crassostrea gigas, Crassostrea sikamea, Ostrea edulis

Crassostrea virginica

Infección por Perkinsus marinus

A+D+E

Crassostrea gigas, Crassostrea virginica

 

Infección por Bonamia exitiosa

C+D+E

Crassostrea ariakensis, Crassostrea virginica, Ostrea puelchana, Ostrea angasi, Ostrea chilensis, Ostrea equestris, Ostrea edulis, Ostrea lurida

 

Infección por Bonamia ostreae

C+D+E

Crassostrea ariakensis, Ostrea chilensis, Ostrea edulis

 

Infección por Marteilia refringens

C+D+E

Chamelea gallina, Ostrea edulis, Ostrea stentina, Solen marginatus, Xenostrobus securis

 

Infección por el virus del síndrome de Taura

A+D+E

Metapenaeus ensis, Penaeus aztecus, Penaeus monodon, Penaeus setiferus, Penaeus stylirostris, Penaeus vannamei

Episesarma mederi, Macrobrachium lanchesteri»

Infección por el virus de la cabeza amarilla

A+D+E

Metapenaeus affinis, Penaeus monodon, Palaemonetes pugio, Penaeus stylirostris, Penaeus vannamei

 

Infección por el virus del síndrome de las manchas blancas

C+D+E

Todos los crustáceos decápodos (orden de los decápodos)

 

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo del Reglamento 2018/1882, de 3 de diciembre (Ref. DOUE-L-2018-81957).
Materias
  • Acuicultura
  • Certificado sanitario
  • Enfermedad animal
  • Inspección veterinaria
  • Intercambios intracomunitarios
  • Mariscos
  • Pescado
  • Sanidad veterinaria
  • Zoonosis

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