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Documento DOUE-L-2024-80813

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/359 de la Comisión, de 4 de marzo de 2020, que modifica el Reglamento (UE) nº 1178/2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil en virtud del Reglamento (CE) nº 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90317, de 29 de mayo de 2024, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2024-80813

TEXTO ORIGINAL

En la página 98, en el anexo I, punto 55, letra b), por el que se insertan puntos 9 y 10 en el apéndice 6, capítulo A bis, del anexo I del Reglamento (UE) n.o 1178/2011, en punto 10, parte introductoria:

donde dice:

«Los solicitantes de la IR(A) modular basada en competencias que tengan una experiencia de al menos 50 horas de vuelo bajo IFR como piloto al mando en aviones, deberán:»,

debe decir:

«Los solicitantes de la IR(A) modular basada en competencias que sean titulares de una BIR y tengan una experiencia de al menos 50 horas de vuelo bajo IFR como piloto al mando en aviones, deberán:».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2020/359, de 4 de marzo (Ref. DOUE-L-2020-80369).
  • CORRIGE errores en el anexo I del Reglamento 1178/2011, de 3 de noviembre (Ref. DOUE-L-2011-82342).
Materias
  • Capacitación profesional
  • Certificaciones
  • Licencias
  • Navegación aérea
  • Pilotos de aviación
  • Requisitos conjuntos de aviación JAR

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