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Documento DOUE-L-2024-81147

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2008 del Consejo, de 22 de julio de 2024, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2020/1998 relativo a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos.

Publicado en:
«DOUE» núm. 2008, de 22 de julio de 2024, páginas 1 a 7 (7 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2024-81147

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2020/1998 del Consejo, de 7 de diciembre de 2020, relativo a medidas restrictivas contra violaciones y abusos graves de los derechos humanos (1), y en particular su artículo 14, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 8 de diciembre de 2020, en la Declaración del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, en nombre de la Unión Europea, sobre el régimen general de sanciones de la UE en materia de derechos humanos, la Unión y sus Estados miembros reiteraron su firme compromiso con la promoción y protección de los derechos humanos en todo el mundo. El régimen general de sanciones de la UE en materia de derechos humanos subraya la determinación de la Unión de reforzar su papel a la hora de hacer frente a violaciones y abusos graves de los derechos humanos en todo el mundo. Lograr el disfrute efectivo de los derechos humanos por parte de todos es un objetivo estratégico de la Unión. El respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad y el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos son valores fundamentales de la Unión y de su política exterior y de seguridad común.

(2)

En sus Conclusiones de 14 de noviembre de 2022, el Consejo manifestó su preocupación por el efecto desproporcionado que los conflictos armados siguen teniendo sobre las mujeres y las niñas de todo el mundo, así como por la prevalencia de la violencia sexual y la violencia de género, en particular la violencia sexual relacionada con los conflictos, tanto en línea como fuera de línea. Se comprometió a redoblar sus esfuerzos de lucha contra esta violencia con el fin de asegurar la plena rendición de cuentas y luchar contra la impunidad. Asimismo, en sus Conclusiones de junio de 2014, el Consejo destacó que la lucha contra todas las formas de violencia contra la mujer y su eliminación requiere una coordinación de las políticas en todos los niveles pertinentes y un planteamiento general que aborde los problemas fundamentales de la prevención, la escasez de denuncias, la protección, la ayuda a las víctimas y el enjuiciamiento de los autores, además de otras intervenciones. El empleo estratégico de medidas restrictivas refuerza este planteamiento al ejercer mayor presión para evitar que se comentan más violaciones y abusos y, en coordinación con otros instrumentos de la Unión en materia de derechos humanos, capta atención hacia estas violaciones y abusos, así como hacia sus responsables.

(3)

En ese contexto, debe incluirse a cuatro personas y dos entidades en la lista de personas físicas o jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo I del Reglamento (UE) 2020/1998.

(4)

Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) 2020/1998 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) 2020/1998 se modifica de conformidad con lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de julio de 2024.

Por el Consejo

El Presidente

J. BORRELL FONTELLES

 

(1)   DO L 410 I de 7.12.2020, p. 1.

ANEXO

El anexo I del Reglamento (UE) 2020/1998 se modifica como sigue:

1)

En la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos, en la sección A, «Personas físicas» se añaden las entradas siguientes:

 

Nombre (transliteración al alfabeto latino)

Nombre

Información identificativa

Motivos de inclusión en la lista

Fecha de inclusión en la lista

«115.

Abdel Karim Mohammad IBRAHIM

عبد الكريم محمود إبراهيم

(ortografía árabe)

Cargo(s): jefe del Estado Mayor del Ejército sirio

Lugar de nacimiento: Tartus (Tartous), Siria

Nacionalidad: siria

Sexo: masculino

Abdel Karim Mohammad Ibrahim es el jefe del Estado Mayor del Ejército sirio.

El Estado sirio, incluido su ejército, comete torturas, violaciones y violencia sexual y de género sistemáticas y generalizadas contra civiles.

Como jefe del Estado Mayor del Ejército sirio, Abdel Karim Mohammad Ibrahim es responsable de las acciones de las Fuerzas Armadas bajo su mando.

Por consiguiente, Abdel Karim Mohammad Ibrahim es responsable de violaciones graves de los derechos humanos, incluidas la tortura y la violencia sexual y de género sistemática y generalizada.

22.7.2024

116.

Ali Mahmoud ABBAS

علي محمود عباس

(ortografía árabe)

Cargo(s): ministro de Defensa y vicecomandante en jefe del Ejército

Fecha de nacimiento: 2.11.1964

Lugar de nacimiento: Rif Dimashq, Siria

Nacionalidad: siria

Sexo: masculino

Ali Mahmoud Abbas es ministro de Defensa de Siria y vicecomandante en jefe del Ejército sirio desde 2022.

El Estado sirio, incluido su ejército, comete torturas, violaciones y violencia sexual y de género sistemáticas y generalizadas contra civiles.

Como ministro de Defensa de Siria y vicecomandante en jefe del Ejército sirio, Ali Mahmoud Abbas es responsable de las acciones de las Fuerzas Armadas bajo su mando.

Por consiguiente, Ali Mahmoud Abbas es responsable de violaciones graves de los derechos humanos, incluidas la tortura y la violencia sexual y de género sistemática y generalizada.

22.7.2024

117.

RI Chang Dae

 

Cargo(s): ministro de Seguridad del Estado

Nacionalidad: República Popular Democrática de Corea (RPDC)

Sexo: masculino

Ri Chang Dae es ministro de Seguridad Estatal de la República Popular Democrática de Corea (RPDC) desde 2022.

Las mujeres y las niñas que muestran oposición al régimen o se encuentran en centros de detención o en prisiones de la RPDC son objeto de violencia de forma sistemática, en particular bajo la custodia del Ministerio de Seguridad del Estado y en centros gestionados por dicho ministerio.

Como jefe del Ministerio de Seguridad del Estado, Ri Chang Dae es responsable de numerosos actos de violencia sexual y de género cometidos por funcionarios de dicho ministerio.

Por consiguiente, Ri Chang Dae es responsable de violaciones graves de los derechos humanos, incluida la violencia sexual y de género sistemática y generalizada.

22.7.2024

118*.

Evgeniy Aleksandrovich SOBOLEV

alias Yevhen Oleksandrovich SOBOLEV

Евгений Александрович Соболев

(ortografía rusa)

Cargo(s): jefe del servicio penitenciario de las autoridades de ocupación rusas en la región de Jersón (Kherson)

Fecha de nacimiento: 25.7.1985

Lugar de nacimiento: Nova Kakhovka, región de Jersón, Ucrania

Nacionalidad: rusa

Sexo: masculino

Número de pasaporte: 3125216313

Evgeniy Sobolev es el jefe del servicio penitenciario de las autoridades de ocupación rusas en la región de Jersón (Kherson).

Bajo su mando se ha documentado un patrón generalizado y sistemático de violaciones de los derechos humanos en los centros de detención en zonas bajo el control de las autoridades de ocupación rusas, incluida la región de Jersón.

Este patrón incluye torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como la violencia sexual y de género. Las prácticas incluyen la violación, la desnudez forzada, la electrocución de los genitales y las amenazas de mutilación genital.

Las personas sospechosas de transmitir información a las autoridades ucranianas o de apoyar a las Fuerzas Armadas de Ucrania han sido objeto específico de los ataques.

Como jefe del servicio penitenciario de las autoridades de ocupación rusas en la región de Jersón, Evgeniy Sobolev es responsable de violaciones graves de los derechos humanos, en particular de torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes y otras violaciones de los derechos humanos, incluida la violencia sexual y de género sistemática y generalizada.

22.7.2024».

2)

En la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos, en la sección «B. Personas jurídicas, entidades y organismos» se añaden las entradas siguientes:

 

Nombre (transliteración al alfabeto latino)

Nombre

Información identificativa

Motivos de inclusión en la lista

Fecha de inclusión en la lista

«32.

Kokorat San Ras

 

Tipo de entidad: banda haitiana que opera principalmente en Artibonite y la región Noroeste

Kokorat San Ras es una banda que desarrolla su actividad en Haití, que surgió y ganó fuerza entre 2015 y 2017. Opera en zonas específicas (Artibonite y Noroeste) y su influencia sigue creciendo.

Kokorat San Ras es conocida por sus violentos ataques y agresiones físicas a fin de adquirir el control de otras zonas. Durante esos ataques, las violaciones y otras formas de violencia contra las mujeres son un arma común.

Por consiguiente, Kokorat San Ras es responsable de violaciones graves de los derechos humanos, incluida la violencia sexual y de género sistemática y generalizada.

22.7.2024

33.

Onsong County MSS Detention Centre

 

Tipo de entidad: centro de detención

Lugar de registro: Onsong County, North Hamgyong Province, Democratic People’s Republic of Korea (DPRK)

El Centro de detención del Ministerio de Seguridad del Estado del condado de Onsong (Onsong County MSS Detention Centre) es un centro de detención en la provincia de Hamgyong del Norte (North Hamgyong Province) de la República Popular Democrática de Corea (RPDC).

El centro está gestionado por las fuerzas de policía generales de la RPDC y el Ministerio de Seguridad Popular, y su personal se compone de funcionarios estatales y funcionarios de prisiones del Ministerio de Seguridad Popular.

En el Centro de detención del Ministerio de Seguridad del Estado del condado de Onsong, la tortura forma parte del proceso de interrogatorio, y se emplea para obtener una confesión completa de las personas detenidas arbitrariamente.

Entre los ejemplos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes se incluyen la denegación prolongada de alimentos, el sometimiento a la inanición, la denegación de asistencia médica, la falta de higiene y la tortura posicional.

Las personas detenidas en el centro de detención MSS del condado de Onsong también son objeto de violaciones y otras formas de violencia sexual y de género, como la esclavitud, los registros corporales invasivos, los abortos forzados y los ataques sistemáticos contra la capacidad de reproducción de las mujeres.

Por consiguiente, el centro de detención del Ministerio de Seguridad del Estado del condado de Onsong es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, incluidos torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, arrestos o detenciones arbitrarios, así como otras violaciones de los derechos humanos, en particular la violencia sexual y de género sistemática y generalizada.

22.7.2024».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 2020/1998, de 7 de diciembre (Ref. DOUE-M-2020-81793).
Materias
  • Corea del Norte
  • Cuentas bloqueadas
  • Delitos
  • Derechos Humanos
  • Haití
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Rusia
  • Sanciones
  • Siria

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