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Documento DOUE-L-2025-80886

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2025/13 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, relativo a la recogida y la transferencia de información anticipada sobre los pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de los delitos graves, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/818.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90502, de 17 de junio de 2025, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2025-80886

TEXTO ORIGINAL

 

En la página 34, artículo 45, párrafo tercero, letra a):

donde dice:

«a) el artículo 4, apartado 12, el artículo 5, apartado 3, el artículo 7, apartado 5, el artículo 11, apartado 5, el artículo 12, apartado 6, el artículo 18, apartado 4, el artículo 23, apartado 2, el artículo 24, apartado 2, los artículos 25, 28 y 29, el artículo 32, apartado 1, los artículos 34, 35, 42 y 43 serán aplicables a partir del 28 de enero de 2025.»,

debe decir:

«a) el artículo 4, apartado 12, el artículo 5, apartado 4, el artículo 7, apartado 5, el artículo 11, apartado 5, el artículo 12, apartado 6, el artículo 18, apartado 4, el artículo 23, apartado 2, el artículo 24, apartado 2, los artículos 25, 28 y 29, el artículo 32, apartado 1, los artículos 34, 35, 42 y 43 serán aplicables a partir del 28 de enero de 2025.».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2025/13, de 19 de diciembre (Ref. DOUE-L-2025-80006).
Materias
  • Acceso a la información
  • Administración electrónica
  • Delincuencia organizada
  • Fronteras
  • Libre circulación de personas
  • Protección de datos personales
  • Redes de telecomunicación
  • Terrorismo
  • Transportes aéreos
  • Viajeros

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