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LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo (1), y en particular su artículo 21, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1)
(2)
(3) |
El artículo 21, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE exige a los Estados miembros presentar informes anuales a la Comisión sobre la aplicación de dicha Directiva.
La Decisión 2005/381/CE de la Comisión (2) incorpora en su anexo un cuestionario que deben utilizar los Estados miembros para elaborar informes anuales con el fin de establecer una relación detallada de la aplicación de la Directiva 2003/87/CE.
La Directiva (UE) 2023/959 del Parlamento Europeo y del Consejo (3) modificó la Directiva 2003/87/CE para adaptar sus disposiciones a los objetivos climáticos jurídicamente vinculantes de la Unión, según se establecen en el Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo (4). |
(4) |
Al objeto de aplicar estas modificaciones de la Directiva 2003/87/CE, se modificó el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 de la Comisión (5) para incorporar nuevas normas sobre: seguimiento y notificación de las emisiones de las actividades ampliadas enumeradas en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE; emisiones procedentes de combustibles renovables e hipocarbónicos; cantidades de CO2 fijadas químicamente fijado de forma permanente a los productos enumerados en el Reglamento Delegado (UE) 2024/2620 de la Comisión (6); y efectos de la aviación no derivados del CO2. Además, se incluyó un nuevo capítulo VII bis para incorporar un sistema de seguimiento y notificación al régimen de comercio de derechos de emisión para los edificios, el transporte por carretera y otros sectores enumerados en el anexo III de la Directiva 2003/87/CE. A modo de armonización con el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 y para seguir reforzando el sistema de verificación y acreditación, se modificó el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067 de la Comisión (7). Por otra parte, las normas para la asignación gratuita de derechos de emisión se actualizaron mediante el Reglamento Delegado (UE) 2024/873 de la Comisión (8) y el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/772 de la Comisión (9). |
(5) |
La Directiva (UE) 2023/959 amplió el ámbito de aplicación del régimen europeo de comercio de derechos de emisión a las actividades de transporte marítimo internacional. Como consecuencia de ello, el Reglamento (UE) 2015/757 del Parlamento Europeo y del Consejo (10) se modificó como apoyo adicional al seguimiento y notificación de las emisiones de las empresas navieras que realizan las actividades de transporte marítimo enumeradas en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE. El Reglamento Delegado (UE) 2023/2917 de la Comisión (11) estableció requisitos armonizados sobre la evaluación por el verificador de los planes de seguimiento y la verificación de los informes de emisiones de la empresa naviera. |
(6) |
Por consiguiente, es necesario reflejar en la Decisión 2005/381/CE las modificaciones de la Directiva 2003/87/CE y de los actos delegados y de ejecución conexos. Por otra parte, la experiencia adicional adquirida por los Estados miembros y la Comisión al utilizar el cuestionario ha puesto de manifiesto la necesidad de aumentar la eficiencia en la elaboración de informes y mejorar la coherencia de la información comunicada. |
(7) |
Para reducir la carga administrativa de los Estados miembros en cumplimiento del artículo 21, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE, las preguntas del cuestionario solo deben referirse a datos que no estén a disposición de la Comisión a través de otras fuentes. Por este motivo, el cuestionario que figura en el anexo de la Decisión 2005/381/CE no debe contener medidas nacionales de ejecución con arreglo al artículo 11 de la Directiva 2003/87/CE o al Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842 de la Comisión (12). El cuestionario tampoco debe abarcar datos relacionados con actividades de transporte marítimo que puedan recabarse de Thetis MRV, el sistema automatizado de información de la Unión creado para la aplicación del Reglamento (UE) 2015/757 y de la Directiva 2003/87/CE y gestionado por la Agencia Europea de Seguridad Marítima. |
(8)
(9) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión 2005/381/CE en consecuencia.
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al Dictamen del Comité del cambio climático. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
El anexo de la Decisión 2005/381/CE queda sustituido por el texto del anexo de la presente Decisión.
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 5 de junio de 2025.
Por la Comisión
Wopke HOEKSTRA
Miembro de la Comisión
(1) DO L 275 de 25.10.2003, p. 32, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2003/87/oj.
(2) 2005/381/CE: Decisión de la Comisión, de 4 de mayo de 2005, por la que se crea un cuestionario para informar sobre la ampliación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo (DO L 126 de 19.5.2005, p. 43, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2005/381/oj).
(3) Directiva (UE) 2023/959 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de mayo de 2023, que modifica la Directiva 2003/87/CE por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión y la Decisión (UE) 2015/1814, relativa al establecimiento y funcionamiento de una reserva de estabilidad del mercado en el marco del régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión (DO L 130 de 16.5.2023, p. 134, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2023/959/oj).
(4) Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 2021, por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se modifican los Reglamentos (CE) n.o 401/2009 y (UE) 2018/1999 («Legislación europea sobre el clima») (DO L 243 de 9.7.2021, p. 1, ELI:https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2021/1119/oj).
(5) Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018, sobre el seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero en aplicación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.° 601/2012 de la Comisión (DO L 334 de 31.12.2018, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2018/2066/oj).
(6) Reglamento Delegado (UE) 2024/2620 de la Comisión, de 30 de julio de 2024, por el que se completa la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los requisitos para considerar que los gases de efecto invernadero se han fijado químicamente de forma permanente a un producto (DO L, 2024/2620, 4.10.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2024/2620/oj).
(7) Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018, relativo a la verificación de los datos y a la acreditación de los verificadores de conformidad con la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 334 de 31.12.2018, p. 94, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2018/2067/oj).
(8) Reglamento Delegado (UE) 2024/873 de la Comisión, de 30 de enero de 2024, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2019/331 en lo que respecta a las normas transitorias de la Unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión (DO L, 2024/873, 4.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2024/873/oj).
(9) Reglamento de Ejecución (UE) 2025/772 de la Comisión, de 16 de abril de 2025, por el que se modifica y se corrige el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842 por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto de las disposiciones adicionales de ajuste de la asignación gratuita de derechos de emisión debido a modificaciones del nivel de actividad (DO L, 2025/772, 22.4.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/772/oj).
(10) Reglamento (UE) 2015/757 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, relativo al seguimiento, notificación y verificación de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del transporte marítimo y por el que se modifica la Directiva 2009/16/CE (DO L 123 de 19.5.2015, p. 55, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2015/757/oj).
(11) Reglamento Delegado (UE) 2023/2917 de la Comisión, de 20 de octubre de 2023, relativo a las actividades de verificación, la acreditación de los verificadores y la aprobación de los planes de seguimiento por parte de las autoridades responsables de la gestión de conformidad con el Reglamento (UE) 2015/757 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al seguimiento, notificación y verificación de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del transporte marítimo, y por el que se deroga el Reglamento Delegado (UE) 2016/2072 de la Comisión (DO L, 2023/2917, 29.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2023/2917/oj).
(12) Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842 de la Comisión, de 31 de octubre de 2019, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto de las disposiciones adicionales de ajuste de la asignación gratuita de derechos de emisión debido a modificaciones del nivel de actividad (DO L 282 de 4.11.2019, p. 20; ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2019/1842/oj).
«ANEXO
“CUESTIONARIO SOBRE LA APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA 2003/87/CE
1. Datos de la institución que presenta el informe
Nombre y departamento de la organización: |
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Nombre del punto de contacto: |
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Cargo del punto de contacto: |
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Dirección: |
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Número de teléfono internacional: |
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Correo electrónico: |
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2. Autoridades responsables del régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE UE) y coordinación entre las autoridades
2.1. | En el siguiente cuadro, indique el nombre, la abreviatura y la información de contacto de las siguientes autoridades competentes:
Añada más líneas en caso necesario.
¿Está utilizando el organismo nacional de acreditación designado de conformidad con el artículo 4, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 765/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (5) para acreditar verificadores que estén llevando a cabo la verificación de informes de emisiones, informes de efectos de la aviación no derivados del CO2, informes de los datos de referencia, informes sobre los datos de los nuevos entrantes o informes anuales sobre el nivel de actividad? Si/No En caso afirmativo, indique el nombre, la abreviatura y la información de contacto de ese organismo nacional de acreditación.
¿Ha establecido una autoridad nacional de certificación encargada de la certificación de los verificadores de conformidad con el artículo 55, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067 de la Comisión (7)? Si/No En caso afirmativo, indique el nombre, la abreviatura y la información de contacto de la autoridad nacional de certificación en el cuadro siguiente.
En el siguiente cuadro, indique el nombre, la abreviatura y la información de contacto del administrador del registro en su Estado miembro.
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2.2. | En el cuadro siguiente, indique con su abreviatura, qué autoridad competente es responsable de las siguientes tareas. Añada más líneas en caso necesario. Tenga en cuenta que, si una casilla del cuadro siguiente es de color gris, la tarea no es pertinente para las instalaciones, la aviación, el RCDE 2 o las actividades de transporte marítimo.
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2.3. | Si hay más de una autoridad competente designada en su Estado miembro de conformidad con el artículo 18 de la Directiva 2003/87/CE, ¿qué autoridad competente es el punto focal a que se refiere el artículo 70, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067 o el punto focal a que se refiere el artículo 64, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) 2023/2917 de la Comisión (18)? Responda utilizando la abreviatura correspondiente en el siguiente cuadro.
Si hay más de una autoridad competente designada en su Estado miembro para llevar a cabo las actividades previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066, ¿qué medidas se han tomado para coordinar el trabajo de esas autoridades competentes, de conformidad con el artículo 10 de dicho Reglamento de Ejecución? Responda utilizando el cuadro siguiente. Añada más líneas en caso necesario.
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2.4. | ¿Qué intercambio de información se organiza entre las autoridades competentes?
¿Ha exigido su Estado miembro a los titulares o a los operadores de aeronaves que pongan la información pertinente que figura en el anexo X bis del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 a disposición de la entidad regulada correspondiente antes del 31 de marzo del año de notificación? Sí/No
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2.5. | ¿Qué intercambio efectivo de información y qué cooperación eficaz se han establecido de conformidad con el artículo 70, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067 y el artículo 64, apartado 1, del Reglamento Delegado (UE) 2023/2917 entre el organismo nacional de acreditación o, cuando proceda, la autoridad nacional de certificación y la autoridad competente en su Estado miembro? Responda utilizando el cuadro siguiente. Añada más líneas en caso necesario.
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3. Cobertura de actividades, instalaciones, operadores de aeronaves y entidades reguladas
3.A. Instalaciones
3.1. | ¿Cuántas instalaciones llevan a cabo actividades y emiten gases de efecto invernadero enumerados en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE? ¿Cuántas de esas instalaciones son de categoría A, B y C en virtud del artículo 19, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? ¿Cuántas son instalaciones de bajas emisiones en virtud del artículo 47, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? Responda utilizando el cuadro siguiente.
¿Qué actividades del anexo I llevan a cabo las instalaciones de su Estado miembro? Responda utilizando el cuadro siguiente.
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3.2. | ¿Se han excluido las instalaciones previstas en los artículos 27 o 27 bis de la Directiva 2003/87/CE? Sí/No En caso afirmativo, cumplimente el cuadro siguiente:
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3.B. Operadores de aeronaves
3.3. | ¿Cuántos operadores de aeronaves están llevando a cabo actividades enumeradas en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE de las que usted es responsable como Estado miembro responsable de la gestión? ¿Cuántos de esos operadores de aeronaves son operadores de aeronaves comerciales y de aeronaves no comerciales? Del número total de operadores de aeronaves, ¿cuántos son pequeños emisores en virtud del artículo 55, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? Especifique en el cuadro siguiente.
Del número total de operadores de aeronaves que llevan a cabo actividades enumeradas en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE, ¿cuántos tienen que supervisar y notificar vuelos incluidos en el CORSIA? ¿Cuántos operadores de aeronaves han cesado sus operaciones y han dejado de llevar a cabo actividades enumeradas en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE durante el período de notificación? Especifique en el cuadro siguiente.
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3.C. Entidades reguladas
3.4. | ¿Cuántas entidades reguladas despachan a consumo combustibles en las actividades enumeradas en el anexo III de la Directiva 2003/87/CE o en actividades incluidas unilateralmente de conformidad con el artículo 30 undecies de dicha Directiva? ¿Cuántas de esas entidades reguladas son de categoría A y B en virtud del artículo 75 sexies del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? ¿Cuántas de las entidades reguladas de categoría A son de bajas emisiones en virtud del artículo 75 quindecies, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? Responda utilizando el cuadro siguiente.
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4. Expedición de permisos para instalaciones
4.1. | Especifique en el cuadro siguiente en qué medida ha habido integración o coordinación entre la Directiva 2003/87/CE y la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (28) (la Directiva de Emisiones Industriales).
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4.2. | ¿Cuándo exige la legislación nacional que se actualice un permiso de conformidad con los artículos 6 y 7 o el artículo 30 ter de la Directiva 2003/87/CE? Proporcione detalles de las disposiciones de la legislación nacional en el cuadro siguiente. Añada más líneas en caso necesario. Tenga en cuenta que si una casilla del cuadro siguiente es de color gris, la tarea no es pertinente para el RCDE 2.
¿Cuál es el número total de actualizaciones de permisos con arreglo a los artículos 6, 7 y 30 ter de la Directiva 2003/87/CE que tuvieron lugar en el período de notificación? Especifique en el cuadro siguiente el número de actualizaciones de permisos de los que tenga conocimiento la autoridad competente.
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5. Aplicación de las normas de seguimiento y notificación
5.A. Aspectos generales
5.1. | ¿Se ha adoptado legislación nacional adicional para facilitar la aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 o del Reglamento (UE) 2015/757?
En caso afirmativo, indique a continuación en qué ámbitos se ha aplicado o está siendo aplicada legislación nacional adicional.
¿Se han elaborado directrices nacionales adicionales para facilitar la comprensión del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 o del Reglamento (UE) 2015/757?
En caso afirmativo, indique a continuación en qué ámbitos se han elaborado directrices nacionales adicionales.
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5.2. | ¿Qué medidas se han tomado para optimizar los requisitos de notificación del RCDE UE con los requisitos de notificación de otros mecanismos de notificación existentes, como el correspondiente al inventario de gases de efecto invernadero y el correspondiente al Reglamento (CE) n.o 166/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (29)? Cumplimente el cuadro siguiente:
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5.3. | ¿Utiliza el modelo elaborado por la Comisión para los planes de seguimiento, los informes de emisiones, los informes de verificación o los informes sobre las mejoras? Sí/No En caso negativo, especifique en el cuadro siguiente si su Estado miembro ha desarrollado plantillas electrónicas personalizadas o formatos de archivo específicos para los planes de seguimiento, los informes de emisiones, los informes de verificación o los informes de mejoras e indique qué elementos difieren de la plantilla elaborada por la Comisión.
¿Qué medidas ha aplicado para cumplir los requisitos del artículo 74, apartados 1 y 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? Indíquese abajo.
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5.4. | ¿Está utilizando un sistema automatizado para el intercambio electrónico de datos entre titulares u operadores de aeronaves y la autoridad competente y otras partes? Si/No ¿Está utilizando un sistema automatizado para el intercambio electrónico de datos entre entidades reguladas, la autoridad competente y otras partes? Sí/No En caso afirmativo, indique a continuación qué disposiciones ha aplicado para cumplir los requisitos del artículo 75, apartados 1 y 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066.
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5.B. Instalaciones
5.5. | En el cuadro siguiente, indique, en relación con los combustibles de la lista, el consumo total de combustible y las emisiones totales anuales sobre la base de los datos recogidos en los informes de emisiones del operador para el año de notificación.
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5.6. | En el cuadro siguiente, cumplimente las emisiones totales agregadas para cada categoría del formulario común para la presentación de informes (CRF) del IPCC notificada, sobre la base de los datos proporcionados en los informes de emisiones del operador, de conformidad con el artículo 73 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066.
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5.7. | En el cuadro siguiente, indique el número de instalaciones en las que la autoridad competente haya permitido una frecuencia diferente para el análisis de acuerdo con el artículo 35, apartado 2, letra b), del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066, así como la confirmación de que el plan de muestreo en esos casos está totalmente documentado y respetado.
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5.8. | Si no se aplica el enfoque del nivel más alto para los flujos fuente primarios o fuentes primarias de emisiones de instalaciones de categoría C a que se hace referencia en el artículo 19, apartado 2, letra c), del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066, indique en el siguiente cuadro, para cada instalación en la que esto ocurra, la fuente de emisión o los flujos fuente afectados, el parámetro de seguimiento afectado, el nivel más alto exigido en dicho Reglamento de Ejecución y el nivel aplicado.
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5.9. | En el cuadro siguiente, indique el número de instalaciones de categoría B a que se hace referencia en el artículo 19, apartado 2, letra b), del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 que no aplican el nivel más alto para todos los flujos fuente primarios y todas las fuentes primarias de emisiones (37) de conformidad con dicho Reglamento de Ejecución.
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5.10. | ¿Hay instalaciones en su Estado miembro que apliquen la metodología alternativa de conformidad con el artículo 22 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? Si/No En caso afirmativo, cumplimente el cuadro siguiente.
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5.11. | Indique en el cuadro siguiente el número de instalaciones de categoría A, B y C que debían presentar y, de hecho, presentaron un informe sobre las mejoras de acuerdo con el artículo 69 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066. La información del cuadro siguiente se refiere a la presentación del informe sobre las mejoras.
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5.12. | ¿Se ha transferido CO2 inherente de conformidad con el artículo 48, CO2 de conformidad con el artículo 49 o N2O de conformidad con el artículo 50 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 en su Estado miembro? Si/No ¿Se ha fijado CO2 químicamente de forma permanente de conformidad con el artículo 49 bis del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 a un producto enumerado en el anexo del Reglamento Delegado (UE) 2024/2620 de la Comisión (44)? En caso afirmativo, cumplimente el cuadro siguiente.
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5.13. | ¿Alguna de las instalaciones en su Estado miembro aplicó la medición continua de emisiones de conformidad con el artículo 40 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? Sí/No En caso afirmativo, indique en el cuadro siguiente el total de emisiones de cada instalación, las emisiones cubiertas por la medición continua de emisiones y si el gas medido contiene CO2 de biomasa.
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5.14. | En el siguiente cuadro, indique para cada actividad principal enumerada en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE:
¿Cuál de los métodos para demostrar el cumplimiento de los criterios de sostenibilidad o de los criterios de reducción de las emisiones de efecto invernadero se aplica, en general, en su Estado miembro? Utilice el cuadro siguiente para indicar su respuesta. Si se utilizan sistemas nacionales para demostrar dicho cumplimiento, describa los principales elementos.
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5.15. | ¿Cuál fue la cantidad total de emisiones de CO2 fósil procedente de residuos utilizados como combustible o insumo? Responda utilizando el cuadro siguiente.
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5.16. | ¿Ha permitido su Estado miembro el uso de algún plan de seguimiento simplificado de conformidad con el artículo 13, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? Sí/No En caso afirmativo, especifique en el cuadro siguiente qué tipo de evaluación de riesgos se llevó a cabo y sobre qué principios se configuró.
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5.C. Operadores de aeronaves
5.17. | ¿Qué métodos y herramientas de seguimiento utilizan los operadores de aeronaves para determinar los efectos de la aviación no derivados del CO2 y las emisiones? Responda utilizando los cuadros siguientes.
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5.18. | En el cuadro siguiente, especifique:
¿Cuántos operadores de aeronaves han notificado efectos de la aviación no derivados del CO2 correspondientes a vuelos entre un aeródromo situado en un tercer país y un aeródromo situado en un Estado miembro o entre terceros países? Utilice el cuadro siguiente para contestar a las preguntas.
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5.19. | En el cuadro siguiente, indique:
¿Cuál de los métodos para demostrar el cumplimiento de los criterios de sostenibilidad o de los criterios de reducción de las emisiones de efecto invernadero se aplica, en general, en su Estado miembro? Utilice el cuadro siguiente para indicar su respuesta. Si se utilizan sistemas nacionales para demostrar dicho cumplimiento, describa los principales elementos.
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5.20. | En el cuadro siguiente, indique el número de operadores de aeronaves que debían presentar y, de hecho, han presentado un informe sobre las mejoras de acuerdo con el artículo 69 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066. La información solicitada en el cuadro siguiente se refiere a la presentación de informes sobre las mejoras.
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5.21. | ¿Ha permitido su Estado miembro el uso de algún plan de seguimiento simplificado de conformidad con el artículo 13, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? Sí/No En caso afirmativo, especifique en el cuadro siguiente qué tipo de evaluación de riesgos se llevó a cabo y sobre qué principios se configuró.
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5.D. Entidades reguladas
5.22. | Si no se aplica el enfoque del nivel más alto para los flujos de combustible primarios que se despachan a consumo por las entidades reguladas de categoría B a que se hace referencia en el artículo 75 sexies, apartado 2, letra b), del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066, indique en el siguiente cuadro, para cada entidad regulada en la que esto ocurra, los combustibles afectados despachados a consumo, el parámetro de seguimiento afectado, el nivel más alto exigido en dicho Reglamento de Ejecución y el nivel aplicado.
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5.23. | En el cuadro siguiente, indique el número de entidades reguladas de categoría A a que se hace referencia en el artículo 75 sexies, apartado 2, letra a), del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 que no aplican el nivel más alto para todos los flujos de combustible primarios despachados a consumo de conformidad con dicho Reglamento de Ejecución.
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5.24. | ¿Qué métodos de determinación del factor de alcance sectorial a que se refiere el artículo 75 terdecies, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 se han utilizado en su Estado miembro? Si es posible, indíquelos por combustible y por sector.
¿Exige la autoridad competente un método específico de determinación del factor de alcance sectorial según se contempla en el artículo 75 terdecies, apartado 6, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? Sí/No (62) En caso afirmativo, especifique en términos generales qué método de determinación del factor de alcance sectorial se exige y para qué sector (63).
¿Cuál es el número de entidades reguladas y la cifra de emisiones agregadas de flujos de combustible a que dichas entidades reguladas aplicaron un valor por defecto de 1 de conformidad con el artículo 75 terdecies, apartado 3, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 porque la aplicación de los métodos de determinación del factor de alcance sectorial a que se hace referencia en el artículo 75 terdecies, apartado 2, de dicho Reglamento de Ejecución es técnicamente inviable o generaría costes irrazonables? Especifíquelo en el cuadro siguiente
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5.25. | En el cuadro siguiente, indique:
¿Cuál de los métodos para demostrar el cumplimiento de los criterios de sostenibilidad o de los criterios de reducción de las emisiones de efecto invernadero se aplica, en general, en su Estado miembro? Utilice el cuadro siguiente para indicar su respuesta. Si se utilizan sistemas nacionales para demostrar dicho cumplimiento, describa los principales elementos.
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5.26. | Indique en el cuadro siguiente el número de entidades reguladas de categoría A y B que debían presentar y, de hecho, presentaron un informe sobre las mejoras de acuerdo con el artículo 75 octodecies del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066. La información del cuadro siguiente se refiere a la presentación del informe sobre las mejoras.
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5.E. Compañías marítimas
5.27. | ¿Para cuántas empresas navieras y buques se determinó el factor de emisión de los combustibles no enumerados en el anexo I del Reglamento (UE) 2015/757 de conformidad con los artículos 32 a 35 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066?
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5.28. | ¿Cuál de los métodos para demostrar el cumplimiento de los criterios de sostenibilidad o de los criterios de reducción de las emisiones de efecto invernadero se aplica, en general, en su Estado miembro? Utilice el cuadro siguiente para indicar su respuesta. Si se utilizan sistemas nacionales para demostrar dicho cumplimiento, describa los principales elementos.
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6. Disposiciones relativas a la verificación
6.A. Aspectos generales
6.1. | Indique en el cuadro siguiente el número total de verificadores que llevan a cabo la verificación de los informes de la instalación fija (68), los informes del operador de aeronaves, los informes de la entidad regulada o los informes de la empresa naviera, incluida la evaluación del plan de seguimiento de la empresa naviera. Para el número total de verificadores de otro Estado miembro, indique el Estado miembro en el que han sido acreditados por el organismo nacional de acreditación. Inserte filas adicionales para contestar la pregunta relativa al tipo de verificación.
Indique en el cuadro siguiente el número de verificadores acreditados para un alcance de acreditación determinado, mencionado en el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067. Si los Estados miembros han permitido la certificación de verificadores que son personas físicas de conformidad con el artículo 55, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067, indique también el número de verificadores que son personas físicas certificadas para un alcance de certificación determinado, mencionado en el anexo I de Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067.
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6.2. | En el cuadro siguiente, proporcione información sobre la aplicación de los requisitos en materia de intercambio de información previstos en el capítulo VI del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067 o en el capítulo VI del Reglamento Delegado (UE) 2023/2917:
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6.B. Instalaciones
6.3. | ¿Respecto a qué instalaciones hizo la autoridad competente una estimación prudente de las emisiones de conformidad con el artículo 70, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? Responda utilizando el cuadro siguiente. Añada más líneas en caso necesario.
¿Cuántas instalaciones han recibido una declaración de dictamen de verificación negativa o no han presentado un informe de emisiones en el plazo establecido?
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6.4. | ¿Algún informe de verificación incluyó inexactitudes poco importantes, irregularidades que no dan lugar a una declaración de dictamen de verificación negativa, no cumplimiento del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 o recomendaciones de mejoras? Sí/No En caso afirmativo, proporcione información en el cuadro siguiente:
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6.5. | ¿Llevó a cabo la autoridad competente controles de los informes de emisiones verificados? Sí/No En caso afirmativo, especifique los controles realizados utilizando el cuadro siguiente:
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6.6. | ¿Se ha renunciado a visitas al emplazamiento en el caso de instalaciones que emiten más de 25 000 toneladas de CO2(e) al año? Sí/No En caso afirmativo, indique en el cuadro siguiente el número de instalaciones para las que se renunció a una visita debido a una condición particular. Añada más líneas en caso necesario.
¿Se ha renunciado a visitas in situ en el caso de las instalaciones de bajas emisiones a que se refiere el artículo 47, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? Si/No En caso afirmativo, indique en el cuadro siguiente el número de instalaciones respecto a las cuales se renunció a una visita al emplazamiento.
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6.7. | ¿Se llevaron a cabo visitas virtuales a los emplazamientos de conformidad con el artículo 34 bis del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067? Sí/No En caso afirmativo, proporcione información en el cuadro siguiente:
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6.C. Operadores de aeronaves
6.8. | ¿En relación con qué operadores de aeronaves realizó la autoridad competente una estimación prudente de los efectos de la aviación no derivados del CO2 de conformidad con el artículo 70, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? Responda utilizando el cuadro siguiente. Añada más líneas en caso necesario.
¿Cuántos operadores de aeronaves han recibido una declaración de dictamen de verificación negativa o no han presentado un informe de emisiones en el plazo establecido?
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6.9. | ¿Algún informe de verificación incluyó inexactitudes poco importantes, irregularidades que no dan lugar a una declaración de dictamen de verificación negativa, no cumplimiento del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 o recomendaciones de mejoras? Sí/No En caso afirmativo, proporcione información en el siguiente cuadro para las emisiones respectivamente.
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6.10. | ¿Llevó a cabo la autoridad competente controles de los informes verificados de emisiones o de efectos de la aviación no relacionados con el CO2? Sí/No En caso afirmativo, especifique los controles realizados utilizando los siguientes cuadros para las emisiones y los efectos de la aviación no derivados del CO2, respectivamente. Cuadro para los datos relacionados con los informes de emisiones
Cuadro para los datos relativos a los informes sobre los efectos de la aviación no derivados del CO2
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6.11. | ¿Se ha renunciado a visitas al emplazamiento en el caso de los pequeños emisores a los que se refiere el artículo 55, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? Si/No En caso afirmativo, indique en el cuadro siguiente el número de pequeños emisores para los que se renunció a una visitaal emplazamiento.
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6.12. | ¿Se llevaron a cabo visitas virtuales a los emplazamientos de conformidad con el artículo 34 bis o el artículo 34 ter del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067? Sí/No En caso afirmativo, proporcione información en el cuadro siguiente:
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6.D. Entidades reguladas
6.13. | ¿En relación con qué entidades reguladas la autoridad competente realizó una estimación prudente de las emisiones de acuerdo con el artículo 75 novodecies, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? Responda utilizando el cuadro siguiente. Añada más líneas en caso necesario.
¿Cuántas entidades reguladas han recibido una declaración de dictamen de verificación negativa o no han presentado un informe de emisiones en el plazo establecido?
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6.14. | ¿Algún informe de verificación incluyó inexactitudes poco importantes, irregularidades que no dan lugar a una declaración de dictamen de verificación negativa, no cumplimiento del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 o recomendaciones de mejoras? Sí/No En caso afirmativo, proporcione información en el cuadro siguiente:
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6.15. | ¿Llevó a cabo la autoridad competente controles de los informes de emisiones verificados? Sí/No En caso afirmativo, especifique los controles realizados utilizando el cuadro siguiente:
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6.16. | ¿Se ha renunciado a visitas al emplazamiento en el caso de entidades reguladas? Sí/No En caso afirmativo, indique en el cuadro siguiente el número de entidades reguladas para las que se renunció a una visita debido a una condición particular. Añada más líneas en caso necesario.
¿Se ha renunciado a visitas in situ en el caso de las instalaciones de bajas emisiones a que se refiere el artículo 75 quindecies, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066? Sí/No En caso afirmativo, indique en el cuadro siguiente el número de entidades reguladas para las que se renunció a una visita al emplazamiento.
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6.17. | ¿Se llevaron a cabo visitas virtuales a los emplazamientos de conformidad con el artículo 43 quinvicies y el artículo 34 bis del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067? Sí/No En caso afirmativo, proporcione información en el cuadro siguiente:
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6E. Compañías marítimas
6.18. | ¿En relación con qué empresas navieras realizó la autoridad responsable de la gestión una estimación prudente de las emisiones de conformidad con el artículo 2 del Reglamento Delegado (UE) 2023/2849 de la Comisión (105)? Responda utilizando el cuadro siguiente. Añada más líneas en caso necesario.
¿Cuántas empresas navieras han recibido una conclusión de verificación negativa o no han presentado un informe de emisiones en el plazo establecido?
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6.19. | ¿Incluía algún informe de verificación relacionado con los diferentes tipos de verificaciones inexactitudes poco importantes, irregularidades que no dieran lugar a una declaración de dictamen de verificación negativa o recomendaciones de mejoras? Sí/No En caso afirmativo, proporcione información en el cuadro siguiente:
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6.20. | ¿Llevó a cabo la autoridad responsable de la gestión algún control de los informes de emisiones del buque verificado o de los informes verificados a nivel de empresa? Sí/No En caso afirmativo, especifique los controles realizados utilizando el cuadro siguiente:
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6.21. | Especifique en el cuadro siguiente:
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7. Registros
7.1. | Adjunte una copia de los términos y condiciones específicos del Estado miembro que deben firmar los titulares de las cuentas. |
7.2. | En todos los casos en los que se cerró una cuenta por no existir perspectivas razonables de que el titular de la instalación, el operador de aeronaves, la entidad regulada o la empresa naviera entregara más derechos de emisión, describa por qué no había perspectivas razonables adicionales e indique la cantidad de los derechos pendientes. Añada más líneas en caso necesario.
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7.3. | ¿En cuántas ocasiones durante el año de notificación recurrieron los operadores de aeronaves al mandato previsto en el artículo 15, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/1122 de la Comisión (119)? Indique a continuación el número de ocasiones.
¿Qué operadores de aeronaves recurrieron a un mandato durante el período de notificación según lo previsto en el artículo 15, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/1122? Proporcione la información mediante el uso del cuadro siguiente. Añada más líneas en caso necesario.
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8. Asignación
8.A. Aspectos generales
8.1. | ¿Está utilizando la plantilla elaborada por la Comisión para los planes sobre la metodología de seguimiento, los informes de datos de referencia, los informes anuales sobre el nivel de actividad, los planes de neutralidad climática, los informes sobre la neutralidad climática y los informes de verificación? Sí/No En caso negativo, especifique en el cuadro siguiente si ha elaborado plantillas electrónicas personalizadas o formatos de archivo específicos de su Estado miembro para los planes sobre la metodología de seguimiento, los informes de datos de referencia, los informes anuales sobre el nivel de actividad, los planes de neutralidad climática, los informes sobre la neutralidad climática o los informes de verificación e indique qué elementos difieren de la plantilla elaborada por la Comisión.
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8.2. | ¿Se cobran tasas a los titulares en relación con actividades de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2019/331 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842? Sí/No En caso afirmativo, facilite información sobre dichas tasas en el cuadro siguiente:
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8.3. | Si los Estados miembros utilizan un sistema informático, ¿cubre este sistema también las actividades con arreglo al Reglamento Delegado (UE) 2019/331 y al Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842? Sí/No |
8.4. | Cumplimente en el cuadro siguiente información sobre la renuncia y suspensión de derechos de emisión y la recuperación de derechos de emisión excedentarios como consecuencia de una asignación excesiva:
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8.5. | ¿Existían subinstalaciones que utilizasen la referencia de combustible o la referencia de calor a las que se aplica el artículo 6, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842 (124)? Sí/No En caso afirmativo, indique en el cuadro siguiente el número de subinstalaciones afectadas:
¿Existían subinstalaciones para las que la autoridad competente denegó la aplicación del artículo 6, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842? Sí/No En caso afirmativo, indique en el cuadro siguiente el número de subinstalaciones:
¿Existían subinstalaciones que utilizaban la referencia de combustible o la referencia de calor a las que se aplicaba el artículo 6, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842? Sí/No En caso afirmativo, indique en el cuadro siguiente el número de subinstalaciones afectadas:
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8.6. | Especifique el número de instalaciones que dejaron de incluirse en el ámbito de aplicación del RCDE UE durante el año de notificación:
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8.7. | ¿Ha aplicado el artículo 10 quater de la Directiva 2003/87/CE? Si/No En caso afirmativo, proporcione en el cuadro siguiente el número total de derechos de emisión expedidos y el valor total de las inversiones realizadas en el período de notificación.
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8.B. Informe de datos de referencia
Las preguntas 8.8 y 8.9 deben contestarse en relación con las medidas nacionales de aplicación más recientes a que se refiere el artículo 11 de la Directiva 2003/87/CE
8.8. | ¿Cuántas instalaciones recibieron una declaración de dictamen de verificación negativa sobre los informes de datos de referencia?
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8.9. | ¿Incluía algún informe de verificación correspondiente al informe de datos de referencia inexactitudes poco importantes, irregularidades que no dieran lugar a una declaración de dictamen de verificación negativa, incumplimientos del Reglamento Delegado (UE) 2019/331 o recomendaciones de mejoras? Sí/No En caso afirmativo, proporcione información en el cuadro siguiente:
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8.C. Informes anuales sobre el nivel de actividad e informes de neutrallidad climática
8.10. | ¿Exigió la autoridad competente a los titulares que notificaran los parámetros adicionales incluidos en el anexo IV del Reglamento Delegado (UE) 2019/331 de conformidad con el artículo 3, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842? Sí/No En caso afirmativo, especifique el tipo de parámetros adicionales:
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8.11. | ¿Cuántas instalaciones han recibido una declaración de dictamen de verificación negativa respecto de un informe anual sobre el nivel de actividad o informe de neutralidad climática o no han presentado un informe anual sobre el nivel de actividad o informe de neutralidad climática en el plazo establecido?
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8.12. | ¿Incluía algún informe de verificación inexactitudes poco importantes, irregularidades que no dieran lugar a una declaración de dictamen de verificación negativa, incumplimientos del Reglamento Delegado (UE) 2019/331 o del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842, o recomendaciones de mejoras? Sí/No En caso afirmativo, proporcione información en el cuadro siguiente:
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8.13. | ¿Rechazó la autoridad competente los informes anuales sobre el nivel de actividad o los informes de neutralidad climática? Si/No En caso afirmativo, cumplimente el cuadro siguiente:
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8.14. | ¿Se ha renunciado a las visitas al emplazamiento durante la verificación de los informes anuales sobre el nivel de actividad? Sí/No En caso afirmativo, indique en el cuadro siguiente el número de instalaciones para las que se renunció a una visita debido a una condición particular. Añada más líneas en caso necesario.
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8.15. | ¿Se han llevado a cabo visitas virtuales a los emplazamientos de conformidad con el artículo 34 bis del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067 durante la verificación de los informes anuales sobre el nivel de actividad o de los informes de neutralidad climática? Sí/No En caso afirmativo, proporcione información en el cuadro siguiente:
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8.16. | ¿Qué sanciones se aplican a las infracciones del Reglamento Delegado (UE) 2019/331, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842, del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2441 y del Derecho nacional con arreglo al artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE? Cumplimente el cuadro y añada más filas en caso necesario.
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8.17. | ¿Qué infracciones se cometieron y qué sanciones se impusieron durante el período de notificación con arreglo al artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE? Cumplimente el cuadro y añada más filas en caso necesario.
¿Se aplicaron sanciones impuestas en períodos de notificación anteriores en el período de notificación actual? En caso afirmativo, cumplimente el cuadro siguiente:
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9. Tasas y cobros
9.A. Instalaciones y entidades reguladas
9.1. | ¿Se cobran tasas a los titulares o a las entidades reguladas? Sí/No En caso afirmativo, proporcione detalles en el cuadro siguiente en relación con las tasas cobradas por la concesión y actualización de los permisos y la aprobación y actualización de los planes de seguimiento.
En caso afirmativo, indique los detalles de las tasas anuales de subsistencia utilizando el cuadro siguiente.
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9.B. Operadores de aeronaves y empresas navieras
9.2. | ¿Se cobran tasas a los operadores de aeronaves o empresas navieras? Sí/No En caso afirmativo, proporcione detalles en el cuadro siguiente en relación con las tasas cobradas por la aprobación y actualización de los planes de seguimiento.
En caso afirmativo, proporcione en el siguiente cuadro detalles de las tasas anuales de subsistencia.
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9.C. Instalaciones, operadores de aeronaves, entidades reguladas o empresas navieras
9.3. | En los siguientes cuadros, indique la tasa única y las tasas anuales que se cobran a los titulares, los operadores de aeronaves, las entidades reguladas o las empresas navieras en relación con las cuentas del registro. Cuadro de tasas únicas
Cuadro de tasas anuales
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10. Cuestiones relacionadas con el cumplimiento de la Directiva sobre el RCDE UE
10.A. Instalaciones
10.1. | En el cuadro que figura a continuación, especifique qué medidas se tomaron para garantizar que los titulares cumplían lo dispuesto en el permiso, así como en el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067. Añada más líneas en caso necesario.
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10.2. | ¿Qué sanciones se aplican a las infracciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067 y de la legislación nacional con arreglo al artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE? Cumplimente el cuadro y añada más filas en caso necesario.
¿Qué legislación nacional se utilizó para especificar las infracciones y las sanciones?
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10.3. | ¿Qué infracciones se cometieron y qué sanciones se impusieron durante el período de notificación con arreglo al artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE? Cumplimente el cuadro y añada más filas en caso necesario.
¿Se aplicaron sanciones impuestas en períodos de notificación anteriores en el período de notificación actual? En caso afirmativo, cumplimente el cuadro siguiente:
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10.4. | En el cuadro que figura a continuación, indique los nombres de los titulares a los que se impusieron multas por exceso de emisiones durante el período de notificación de conformidad con el artículo 16, apartado 3, de la Directiva 2003/87/CE.
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10B. Operadores de aeronaves
10.5. | En el cuadro que figura a continuación, especifique qué medidas se tomaron para garantizar que los operadores de aeronaves cumplieran el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067. Añada más líneas en caso necesario.
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10.6. | ¿Qué sanciones se aplican a las infracciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067 y de la legislación nacional con arreglo al artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE? Cumplimente el cuadro y añada más filas en caso necesario.
¿En qué legislación nacional estaban definidas las infracciones y las sanciones?
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10.7. | ¿Qué infracciones se encontraron y qué sanciones se impusieron durante el período de notificación con arreglo al artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE? Cumplimente el cuadro y añada más filas en caso necesario.
¿Se aplicaron sanciones impuestas en períodos de notificación anteriores en el período de notificación actual? En caso afirmativo, cumplimente el cuadro siguiente.
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10.8. | En el cuadro que figura a continuación, indique los nombres de los operadores de aeronaves a los que se impusieron sanciones por exceso de emisiones durante el período de notificación de conformidad con el artículo 16, apartado 3, de la Directiva 2003/87/CE.
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10.9. | ¿Qué medidas tendría que tomar su Estado miembro antes de solicitar a la Comisión una prohibición de explotación de conformidad con el artículo 16, apartado 10, de la Directiva 2003/87/CE? Indique a continuación los tipos de medidas.
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10.C. Entidades reguladas
10.10. | En el cuadro que figura a continuación, especifique qué medidas se tomaron para garantizar que las entidades reguladas cumplieran lo dispuesto en el permiso, así como en el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 y el Reglamento (UE) 2018/2067. Añada más líneas en caso necesario.
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10.11. | ¿Qué sanciones se aplican a las infracciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067 y de la legislación nacional con arreglo al artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE? Cumplimente el cuadro y añada más filas en caso necesario.
¿Qué legislación nacional se utilizó para especificar las infracciones y las sanciones?
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10.12. | ¿Qué infracciones se cometieron y qué sanciones se impusieron durante el período de notificación con arreglo al artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE? Cumplimente el cuadro y añada más filas en caso necesario.
¿Se aplicaron sanciones impuestas en períodos de notificación anteriores en el período de notificación actual? En caso afirmativo, cumplimente el cuadro siguiente:
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10.13. | En el cuadro que figura a continuación, indique los nombres de las entidades reguladas a las que se impusieron sanciones por exceso de emisiones durante el período de notificación de conformidad con el artículo 16, apartado 3, de la Directiva 2003/87/CE.
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10D. Compañías marítimas
10.14. | En el cuadro que figura a continuación, especifique qué medidas se tomaron para garantizar que las empresas navieras cumplieran el Reglamento (UE) 2015/757 y el Reglamento Delegado (UE) 2023/2917. Añada más líneas en caso necesario.
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10.15. | ¿Qué sanciones se aplican a las infracciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/757, del Reglamento Delegado (UE) 2023/2917 y del Derecho nacional con arreglo al artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE? Cumplimente el cuadro y añada más filas en caso necesario.
¿En qué legislación nacional estaban definidas las infracciones y las sanciones?
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10.16. | ¿Qué infracciones se encontraron y qué sanciones se impusieron durante el período de notificación con arreglo al artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE? Cumplimente el cuadro y añada más filas en caso necesario.
¿Se aplicaron sanciones impuestas en períodos de notificación anteriores en el período de notificación actual? En caso afirmativo, cumplimente el cuadro siguiente.
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10.17. | En el cuadro que figura a continuación, indique los nombres de las empresas navieras a las que se impusieron sanciones por exceso de emisiones durante el período de notificación de conformidad con el artículo 16, apartado 3, de la Directiva 2003/87/CE.
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11. Naturaleza jurídica de los derechos de emisión y trato fiscal
11.1. | ¿Cuál es la naturaleza jurídica de un derecho de emisión en su Estado miembro?
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11.2. | ¿Cuál es el tratamiento de contabilidad financiera de un derecho de emisión en su Estado miembro?
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11.3. | ¿Se devenga el IVA por la emisión y las transacciones de derechos de emisión? Sí/No En caso afirmativo, ¿aplica su Estado miembro el mecanismo de inversión del sujeto pasivo? Sí/No |
11.4. | ¿Están sometidos a impuesto los derechos de emisión? Sí/No En caso afirmativo, indique en el siguiente cuadro la clase de impuesto y los tipos impositivos que se aplican. Añada más líneas en caso necesario.
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12. Fraude
12.1. | En el siguiente cuadro, se deberá indicar qué disposiciones se han adoptado en relación con las actividades fraudulentas relacionadas con la asignación gratuita de derechos de emisión.
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12.2. | En el cuadro que figura a continuación, especifique qué disposiciones existen para garantizar que se comunique la existencia de actividades fraudulentas a las autoridades competentes que participan en la aplicación del RCDE UE para las actividades enumeradas en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE y del RCDE para los edificios, el transporte por carretera y otras actividades que se incluyen en el capítulo IV bis de dicha Directiva (149).
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12.3. | En el cuadro que figura a continuación, indique la siguiente información sobre actividades fraudulentas en la medida en que tenga conocimiento de ella la autoridad competente que participa en su Estado miembro en la aplicación del RCDE UE para las actividades enumeradas en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE y del RCDE para los edificios, el transporte por carretera y otras actividades que se incluyen en el capítulo IV bis de dicha Directiva:
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13. Otras observaciones
13.1. | En el siguiente cuadro, indique los detalles de cualesquiera otras cuestiones que susciten preocupación en su Estado miembro, o de cualquier otra información relevante que quiera proporcionar.
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13.2. | ¿Ha contestado todas las preguntas de este cuestionario y actualizado las respuestas a esas preguntas si procede? Sí/No En caso negativo, regrese a la pregunta de que se trate. |
(1) Si la autoridad competente para el CORSIA es diferente de la autoridad competente para el RCDE UE de la aviación, indique también el nombre, la abreviatura y la información de contacto de esa autoridad competente.
(2) Seleccione en el menú desplegable: autoridad central competente, autoridad regional competente, autoridad local competente, otra. Si la autoridad competente es una autoridad central competente, no es necesario completar el número de autoridades competentes.
(3) Especifique el número de autoridades competentes si en la columna de la izquierda ha seleccionado autoridades regionales o locales.
(4) Indique el número de teléfono, la dirección de correo electrónico y la dirección del sitio web.
(5) Reglamento (CE) n.o 765/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, por el que se establecen los requisitos de acreditación y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 339/93 (DO L 218 de 13.8.2008, p. 30, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2008/765/oj).
(6) Indique el número de teléfono, la dirección de correo electrónico y la dirección del sitio web.
(7) Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018, relativo a la verificación de los datos y a la acreditación de los verificadores de conformidad con la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 334 de 31.12.2018, p. 94, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2018/2067/oj).
(8) Indique el número de teléfono, la dirección de correo electrónico y la dirección del sitio web.
(9) Indique el número de teléfono, la dirección de correo electrónico y la dirección del sitio web.
(10) Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo (DO L 275 de 25.10.2003, p. 32, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2005/381/oj).
(11) Reglamento Delegado (UE) 2019/331 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018, por el que se determinan las normas transitorias de la Unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión con arreglo al artículo 10 bis de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 59 de 27.2.2019, p. 8, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2019/331/oj).
(12) Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842 de la Comisión, de 31 de octubre de 2019, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto de las disposiciones adicionales de ajuste de la asignación gratuita de derechos de emisión debido a modificaciones del nivel de actividad (DO L 282 de 4.11.2019, p. 20, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2019/1842/oj).
(13) Reglamento Delegado (UE) 2023/2830 de la Comisión, de 17 de octubre de 2023, que completa la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo mediante el establecimiento de normas sobre el calendario, la gestión y otros aspectos de las subastas de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero (DO L, 2023/2830, 20.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2023/2830/oj).
(14) Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018, sobre el seguimiento y la notificación de las emisiones de gases de efecto invernadero en aplicación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 601/2012 de la Comisión (DO L 334 de 31.12.2018, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2018/2066/oj).
(15) Esta casilla solo necesita completarse si el Estado miembro ha incluido actividades o gases en virtud del artículo 24 de la Directiva 2003/87/CE.
(16) Esta casilla solo necesita completarse si el Estado miembro ha incluido unilateralmente actividades distintas de las enumeradas en el anexo III de la Directiva 2003/87/CE en el sistema de comercio de derechos de emisión para los edificios, el transporte y otras actividades de conformidad con el artículo 30 undecies de la Directiva 2003/87/CE.
(17) Esta casilla solo necesita completarse si el Estado miembro ha excluido instalaciones en virtud de los artículos 27 y 27 bis de la Directiva 2003/87/CE.
(18) Reglamento Delegado (UE) 2023/2917 de la Comisión, de 20 de octubre de 2023, relativo a las actividades de verificación, la acreditación de los verificadores y la aprobación de los planes de seguimiento por parte de las autoridades responsables de la gestión de conformidad con el Reglamento (UE) 2015/757 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al seguimiento, notificación y verificación de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del transporte marítimo, y por el que se deroga el Reglamento Delegado (UE) 2016/2072 de la Comisión (DO L, 2023/2917, 29.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2023/2917/oj ).
(19) Actividades de coordinación para la gestión del régimen de comercio de derechos de emisión a que se hace referencia en los capítulos II y III de la Directiva 2003/87/CE.
(20) Actividades de coordinación para la gestión del régimen de comercio de derechos de emisión a que se hace referencia en el capítulo IV bis de la Directiva 2003/87/CE.
(21) Reglamento (UE) 2015/757 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, relativo al seguimiento, notificación y verificación de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del transporte marítimo y por el que se modifica la Directiva 2009/16/CE (DO L 123 de 19.5.2015, p. 55, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2015/757/oj).
(22) Seleccione: RCDE 1 para las instalaciones fijas, RCDE 1 para la aviación, RCDE 2 o RCDE marítimo.
(23) Utilice las abreviaturas de las autoridades competentes a que se hace referencia en la pregunta 2.1. Si se comparte información con autoridades que no figuren en la pregunta 2.1, facilite una indicación general de cuáles son estas autoridades [por ejemplo, autoridades tributarias con arreglo a las Directivas 2003/96/CE y (UE) 2020/262 o autoridades en el marco de la Directiva de Emisiones Industriales].
(24) Especifique, en términos generales, qué tipo de información se comparte y de qué manera (por ejemplo, reuniones periódicas, reuniones especiales, grupos de trabajo, sistema informático electrónico, o requisito obligatorio de compartir información a través de la autoridad competente).
(25) Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad (DO L 283 de 31.10.2003, p. 51, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2003/96/oj).
(26) Directiva (UE) 2020/262 del Consejo, de 19 de diciembre de 2019, por la que se establece el régimen general de los impuestos especiales (DO L 58 de 27.2.2020, p. 4, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2020/262/oj).
(27) Directiva 2009/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al almacenamiento geológico de dióxido de carbono y por la que se modifican la Directiva 85/337/CEE del Consejo, las Directivas 2000/60/CE, 2001/80/CE, 2004/35/CE, 2006/12/CE, 2008/1/CE y el Reglamento (CE) n.o 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 140 de 5.6.2009, p. 114, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2009/31/oj).
(28) Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación) (DO L 334 de 17.12.2010, p. 17, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2010/75/oj).
(29) Reglamento (CE) n.o 166/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de enero de 2006, relativo al establecimiento de un registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes y por el que se modifican las Directivas 91/689/CEE y 96/61/CE del Consejo (DO L 33 de 4.2.2006, p.1, http://data.europa.eu/eli/reg/2006/166/oj).
(30) Seleccione el formato de archivo específico o la plantilla específica del Estado miembro.
(31) Seleccione el formato de archivo específico o la plantilla específica del Estado miembro.
(32) Seleccione el formato de archivo específico o la plantilla específica del Estado miembro.
(33) Seleccione el formato de archivo específico o la plantilla específica del Estado miembro.
(34) Tenga en cuenta que esta pregunta no abarca la biomasa (en la que se incluyen los biocombustibles no sostenibles, los biolíquidos, la biomasa sólida, los carburantes renovables de origen no biológico, los combustibles de carbono reciclado o los combustibles sintéticos hipocarbónicos). Información relativa a la combustión de la biomasa se aborda en la pregunta 5.14.
(35) Código de identificación de la instalación reconocido de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122 de la Comisión, de 12 de marzo de 2019, que completa la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al funcionamiento del Registro de la Unión (DO L 177 de 2.7.2019, p. 3, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2019/1122/2025-01-01).
(36) Seleccione bajo el parámetro de seguimiento afectado: cantidad de combustible, cantidad de material, valor calorífico neto, factor de emisión, factor preliminar de emisión, factor de oxidación, factor de conversión, contenido de carbono, fracción de biomasa, fracción CRONB o CCR, fracción sintética hipocarbónica o, en el caso de una metodología basada en la medición: las medias horarias anuales de emisión en kg/h de la fuente de emisión.
(37) Fuentes de emisión que emiten más de 5 000 toneladas de CO2(e) al año o que contribuyen con más del 10 % de las emisiones totales anuales de la instalación, si esta última cantidad fuera mayor en términos de emisiones absolutas.
(38) Seleccione: metodología basada en el cálculo o metodología basada en la medición.
(39) Código de identificación de la instalación reconocido de acuerdo con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122.
(40) Seleccione:
a) la aplicación del nivel 1 es técnicamente inviable o genera costes irrazonables para un flujo fuente primario;
b) la aplicación del nivel 1 es técnicamente inviable o genera costes irrazonables para un flujo fuente secundario;
c) la aplicación del nivel 1 es técnicamente inviable o genera costes irrazonables para más de un flujo fuente primario o secundario; o
d) la aplicación del nivel 1 en la metodología basada en la medición es técnicamente inviable o genera costes irrazonables, tal como se menciona en el artículo 22 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066.
(41) Seleccione: cantidad de combustible, cantidad de material, valor calorífico neto, factor de emisión, factor preliminar de emisión, factor de oxidación, factor de conversión, contenido de carbono, fracción de biomasa, fracción CRONB o CCR, fracción sintética hipocarbónica o, en el caso de una metodología basada en la medición, las medias horarias anuales de emisión en kg/h de la fuente de emisión.
(42) Cumplimente los informes sobre las mejoras presentados en el período de notificación anterior y, si procede, añada el número de informes sobre las mejoras presentados para el período de notificación actual.
(43) Seleccione: informe sobre las mejoras de conformidad con el artículo 69, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066, informe sobre las mejoras de conformidad con el artículo 69, apartado 3, de dicho Reglamento de Ejecución, o informe sobre las mejoras de conformidad con el artículo 69, apartado 4, de dicho Reglamento de Ejecución.
(44) Reglamento Delegado (UE) 2024/2620 de la Comisión, de 30 de julio de 2024, por el que se completa la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los requisitos para considerar que los gases de efecto invernadero se han fijado químicamente de forma permanente a un producto (DO L, 2024/2620, 4.10.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2024/2620/oj ).
(45) Seleccione: transferencia de CO2 inherente (artículo 48), transferencia de CO2 para fines de transporte y almacenamiento geológico a largo plazo en un emplazamiento autorizado (artículo 49, apartado 1), CO2 químicamente fijado de forma permanente a un producto (artículo 49 bis), o transferencia de N2O (artículo 50). Si se ha fijado CO2 químicamente de forma permanente a carbonato de calcio precipitado, indique en la quinta columna, únicamente con respecto al año de notificación 2024, el CO2 químicamente fijado de forma permanente, y especifique en la sexta columna que el CO2 estaba químicamente fijado a carbonato de calcio precipitado. A partir del 1 de enero de 2025, ya no es posible deducir del total de emisiones el CO2 químicamente fijado de forma permanente a carbonato de calcio precipitado.
(46) Código de identificación de la instalación reconocido de acuerdo con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122.
(47) La instalación que transfiere el CO2 inherente en virtud del artículo 48 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066, la instalación que transfiere CO2 en virtud del artículo 49 de dicho Reglamento de Ejecución, la instalación que transfiere N2O en virtud del artículo 50 de dicho Reglamento de Ejecución, y la instalación en la que se captura y se fija CO2 químicamente de forma permanente a un producto en virtud del artículo 49 bis de dicho Reglamento de Ejecución.
(48) Si la parte que transfiere el CO2 es una infraestructura de transporte de CO2, indíquelo así.
(49) Indique el código de identificación de la instalación receptora del CO2 inherente, el código de identificación de las instalaciones que reciben CO2 de conformidad con el artículo 49 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 o que reciben N2O de conformidad con el artículo 50 de dicho Reglamento de Ejecución. Si la parte receptora es una infraestructura de transporte de CO2 o la instalación es un emplazamiento de almacenamiento, indíquelo así. Si la parte receptora es un consumidor no incluido en el RCDE UE, especifique “consumidor no incluido en el RCDE UE”.
(50) Indique la cantidad de CO2 inherente o de CO2 transferido de conformidad con el artículo 49 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066.
(51) Código de identificación de la instalación reconocido de acuerdo con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122.
(52) Combustibles de biomasa, carburantes renovables de origen no biológico (CRONB)/combustibles de carbono reciclado (CCR) o combustibles sintéticos hipocarbónicos.
(53) Seleccione combustible de biomasa, CRONB/CCR o combustible sintético hipocarbónico.
(54) Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables (DO L 328 de 21.12.2018, p. 82, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2018/2001/oj).
(55) Seleccione: evaluación de riesgos llevada a cabo por la autoridad competente o evaluación de riesgos llevada a cabo por el operador.
(56) Especifique el biocombustible, CRONB/CCR o combustible sintético hipocarbónico.
(57) Indique si la mejora se refiere al seguimiento de las emisiones de CO2 o al seguimiento de los efectos de la aviación no derivados del CO2.
(58) Cumplimente los informes sobre las mejoras presentados en el período de notificación anterior y, si procede, añada el número de informes sobre las mejoras presentados para el período de notificación actual.
(59) Seleccione: evaluación de riesgos llevada a cabo por la autoridad competente o evaluación de riesgos llevada a cabo por el operador de aeronaves.
(60) Código de identificación de la entidad regulada reconocido de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122.
(61) Seleccione bajo el parámetro de seguimiento afectado: cantidad de combustible, valor calorífico neto, factor de emisión, factor preliminar de emisión, factor de conversión de unidades, fracción de biomasa, fracción de CRONB/CCR o fracción sintética hipocarbónica, o factor de alcance sectorial.
(62) Si la Comisión Europea ha aprobado el uso de un valor por defecto de conformidad con el artículo 75 terdecies, apartado 6, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 de la Comisión para determinados flujos de combustible, responda «No» (esta pregunta solo se refiere al caso de que los Estados miembros exijan a las entidades reguladas que utilicen un método específico con arreglo al artículo 75 terdecies, apartado 2).
(63) Utilice el número de categoría del CRF para especificar el sector.
(64) Seleccione entidad regulada de categoría A o entidad regulada de categoría B.
(65) Seleccione biocombustibles, biolíquidos, combustibles de biomasa, CRONB/CCR o combustibles sintéticos hipocarbónicos.
(66) Cumplimente los informes sobre las mejoras presentados en el período de notificación anterior y, si procede, añada el número de informes sobre las mejoras presentados para el período de notificación actual.
(67) Seleccione: informe sobre las mejoras de conformidad con el artículo 75 octodecies, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066, informe sobre las mejoras de conformidad con el artículo 75 octodecies, apartado 3, de dicho Reglamento de Ejecución, o informe sobre las mejoras de conformidad con el artículo 75 octodecies, apartado 4, de dicho Reglamento de Ejecución.
(68) Informes de emisiones, informes de datos de referencia, informes anuales sobre el nivel de actividad e informes de datos de nuevos entrantes.
(69) Seleccione la verificación del informe de la instalación fija, la verificación de los informes del operador de aeronaves, la verificación de los informes de la entidad regulada o la verificación del informe de la empresa naviera, incluida la evaluación del plan de seguimiento de la empresa naviera.
(70) Seleccione el RCDE UE, el RCDE 2 y el RCDE marítimo.
(71) Indique: sí/no/parcialmente.
(72) Y que no se han notificado como resueltas en informes anteriores.
(73) Código de identificación de la instalación reconocido de acuerdo con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122.
(74) Especifique: no presentación del informe de emisiones antes del 31 de marzo; declaración de dictamen de verificación no positiva debido a inexactitudes importantes; declaración de dictamen de verificación no positiva debido a un alcance limitado [artículo 27, apartado 1, letra c), del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067]; declaración de dictamen de verificación no positiva por el motivo indicado en el artículo 27, apartado 1, letra d), del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067; informe de emisiones rechazado por no cumplir el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066; o informe de emisiones no verificado de conformidad con el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067.
(75) Indique cuáles de las siguientes acciones se han llevado a cabo o se están proponiendo: recordatorio o advertencia formal enviados a los titulares sobre la imposición de sanciones, el bloqueo de la cuenta de haberes del operador, la imposición de multas u otras (especifique). Es posible una combinación de acciones.
(76) Especifique: no presentación del informe de emisiones antes del 31 de marzo, declaración de dictamen de verificación no positiva debido a inexactitudes importantes [artículo 27, apartado 1, letra b), del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067], declaración de dictamen de verificación no positiva debido a un alcance limitado [artículo 27, apartado 1, letra c), de dicho Reglamento de Ejecución], declaración de dictamen de verificación no positiva debido al artículo 27, apartado 1, letra d), de dicho Reglamento de Ejecución.
(77) Especifique: inexactitudes poco importantes, irregularidades que no dan lugar a una declaración de dictamen de verificación negativa, incumplimiento del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 o recomendaciones de mejoras.
(78) Indique el porcentaje de control.
(79) Seleccione: evaluación basada en los riesgos, % de instalaciones, todas las instalaciones de categoría C, selección aleatoria u otros (especifique).
(80) Seleccione las condiciones mencionadas en el artículo 32 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067.
(81) Seleccione la aprobación por la autoridad competente o la autorización genérica con arreglo al artículo 34 bis, apartado 4, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067.
(82) Código de identificación del operador de aeronaves reconocido de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122.
(83) Seleccione: no presentación del informe de emisiones antes del 31 de marzo, declaración de dictamen de verificación no positiva debido a inexactitudes importantes, declaración de dictamen de verificación no positiva debido a un alcance limitado [artículo 27, apartado 1, letra c), del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067], declaración de dictamen de verificación no positiva por el motivo indicado en el artículo 27, apartado 1, letra d), de dicho Reglamento, informe de emisiones rechazado por no estar en consonancia con el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066, informe de emisiones no verificado en consonancia con el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067.
(84) Indique cuáles de las siguientes acciones se han llevado a cabo o se están proponiendo: recordatorio o advertencia formal enviados a los operadores de aeronaves sobre la imposición de sanciones, el bloqueo de la cuenta de haberes del operador de aeronaves, la imposición de multas u otras (especifique). Es posible una combinación de acciones.
(85) Seleccione el informe de emisiones o el informe de efectos de la aviación no derivados del CO2.
(86) Especifique: no presentación del informe de emisiones antes del 31 de marzo, declaración de dictamen de verificación no positiva debido a inexactitudes importantes, declaración de dictamen de verificación no positiva debido a un alcance limitado [artículo 27, apartado 1, letra c), del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067], declaración de dictamen de verificación no positiva debido al artículo 27, apartado 1, letra d), de dicho Reglamento de Ejecución.
(87) Seleccione: Verificación del informe de emisiones o verificación del informe de efectos de la aviación no derivados del CO2.
(88) Seleccione: inexactitudes poco importantes, irregularidades que no dan lugar a una declaración de dictamen de verificación negativa, incumplimiento del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 o recomendaciones de mejoras.
(89) Indique el porcentaje de control.
(90) Seleccione: evaluación basada en los riesgos, % de operadores de aeronaves, todos los grandes operadores de aeronaves, selección aleatoria u otros (especifique).
(91) Indique el porcentaje de control.
(92) Seleccione: evaluación basada en los riesgos, % de operadores de aeronaves, todos los grandes operadores de aeronaves, selección aleatoria u otros (especifique).
(93) Seleccione la visita virtual al emplazamiento durante la verificación de las emisiones (artículo 34 bis), la visita virtual al emplazamiento durante la verificación de las emisiones (artículo 34 ter), la visita virtual al emplazamiento durante la verificación de los efectos no derivados del CO2 (artículo 34 bis) y las visitas virtuales al emplazamiento durante la verificación de los efectos no derivados del CO2 (artículo 34 ter).
(94) El tipo de fuerza mayor solo debe indicarse si se ha realizado una de las visitas virtuales al emplazamiento a que se refiere el artículo 34 bis del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067.
(95) Seleccione la aprobación por la autoridad competente o la autorización genérica con arreglo al artículo 34 bis, apartado 4, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067.
(96) Código de identificación de la entidad regulada reconocido de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122.
(97) Especifique: no presentación del informe de emisiones antes del 30 de abril, declaración de dictamen de verificación no positiva debido a inexactitudes importantes [artículo 43 novodecies, apartado 1, letra b), del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067], declaración de dictamen de verificación no positiva debido a un alcance limitado [artículo 43 novodecies, apartado 1, letra c), del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067], declaración de dictamen de verificación no positiva por el motivo indicado en el artículo 43 novodecies, apartado 1, letra d), de dicho Reglamento de Ejecución, informe de emisiones rechazado por no estar en consonancia con el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066, o informe de emisiones no verificado en consonancia con el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067.
(98) Indique cuáles de las siguientes acciones se han llevado a cabo o se están proponiendo: recordatorio o advertencia formal enviados a las entidades reguladas sobre la imposición de sanciones, el bloqueo de la cuenta de haberes de la entidad regulada, la imposición de multas u otras (especifique). Es posible una combinación de acciones.
(99) Especifique: no presentación del informe de emisiones antes del 30 de abril, declaración de dictamen de verificación no positiva debido a inexactitudes importantes [artículo 43 novodecies, apartado 1, letra b), del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067], declaración de dictamen de verificación no positiva debido a un alcance limitado [artículo 43 novodecies, apartado 1, letra c), de dicho Reglamento de Ejecución], declaración de dictamen de verificación no positiva debido al artículo 43 novodecies, apartado 1, letra d), de dicho Reglamento de Ejecución.
(100) Especifique: inexactitudes poco importantes, irregularidades que no dan lugar a una declaración de dictamen de verificación negativa, incumplimiento del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2066 o recomendaciones de mejoras.
(101) Indique el porcentaje de control.
(102) Seleccione: evaluación basada en los riesgos, % de entidades reguladas, todas las entidades reguladas de categoría B, selección aleatoria u otros (especifique).
(103) Seleccione las condiciones a que se hace referencia en el artículo 43 quatervicies del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067.
(104) Seleccione la aprobación por la autoridad competente o la autorización genérica con arreglo al artículo 43 quinvicies o el artículo 34 bis, apartado 4, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067.
(105) Reglamento Delegado (UE) 2023/2849 de la Comisión, de 12 de octubre de 2023, por el que se completa el Reglamento (UE) 2015/757 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas para la notificación y presentación de datos agregados sobre emisiones por empresa (DO L, 2023/2849, 15.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2023/2849/oj).
(106) Código de identificación de la empresa naviera reconocido de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122.
(107) Especifique: no presentación del informe de emisiones en el plazo establecido, declaración de dictamen de verificación no positiva debido a inexactitudes importantes, declaración de dictamen de verificación no positiva debido a un alcance limitado, declaración de dictamen de verificación no positiva porque las irregularidades, consideradas individualmente o en combinación con otras, dan lugar a un nivel de claridad insuficiente e impiden que el verificador declare con certeza razonable que el informe está libre de inexactitudes importantes, informe de emisiones rechazado por no estar en consonancia con el Reglamento (UE) 2015/757 o el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1927, o informe de emisiones no verificado en consonancia con el Reglamento Delegado (UE) 2023/2917.
(108) Indique cuáles de las siguientes acciones se han llevado a cabo o se están proponiendo: recordatorio o advertencia formal enviados a las empresas navieras sobre la imposición de sanciones, el bloqueo de la cuenta de haberes de la empresa naviera, la imposición de multas u otras (especifique). Es posible una combinación de acciones.
(109) Seleccione la evaluación de los planes de seguimiento realizada por el verificador, la verificación de los informes de emisiones y la verificación de los informes a nivel de empresa.
(110) Especifique: no presentación del informe en el plazo establecido, declaración de dictamen de verificación no positiva debido a inexactitudes importantes, declaración de dictamen de verificación no positiva debido a un alcance limitado, declaración de dictamen de verificación no positiva porque las irregularidades, consideradas individualmente o en combinación con otras, dan lugar a un nivel de claridad insuficiente e impiden que el verificador declare con certeza razonable que el informe está libre de inexactitudes importantes, informe rechazado por no estar en consonancia con el Reglamento (UE) 2015/757 o el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1927, informe no verificado en consonancia con el Reglamento Delegado (UE) 2023/2917, o plan de seguimiento que incumple el Reglamento (UE) 2015/757 o el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1927.
(111) Indique el número de empresas navieras para la evaluación de los planes de seguimiento y la verificación de los informes a nivel de empresa. Indique el número de buques para la verificación de los informes de emisiones.
(112) Seleccione el informe de emisiones o el informe a nivel de empresa naviera.
(113) Especifique: inexactitudes poco importantes, irregularidades que no dan lugar a una declaración de dictamen de verificación negativa, o recomendaciones de mejoras.
(114) Indique el número de buques para la verificación de los informes de emisiones y el número de empresas.
(115) Seleccione el informe de emisiones o el informe a nivel de empresa naviera.
(116) Indique el porcentaje de control.
(117) Seleccione: evaluación basada en los riesgos, % de buques o empresas navieras, grandes buques o empresas navieras, selección aleatoria u otros (especifique).
(118) Código de identificación de la instalación reconocido de acuerdo con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122.
(119) Reglamento Delegado (UE) 2019/1122 de la Comisión, de 12 de marzo de 2019, que completa la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al funcionamiento del Registro de la Unión (DO L 177 de 2.7.2019, p. 3, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2019/1122/2025-01-01).
(120) Código de identificación del operador de aeronaves reconocido de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122.
(121) Seleccione el formato de archivo específico o la plantilla específica del Estado miembro.
(122) En comparación con los requisitos de la plantilla y los formatos de archivo específicos de la Comisión publicados.
(123) Esta pregunta debe responderse por primera vez en el informe que debe presentarse a más tardar el 30 de junio de 2027.
(124) Esta pregunta solo debe responderse en el informe que debe presentarse a más tardar el 30 de junio de 2025 y el 30 de junio de 2026.
(125) Especifique: declaración de dictamen de verificación no positiva debido a inexactitudes importantes [artículo 27, apartado 1, letra b), del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067], declaración de dictamen de verificación no positiva debido a un alcance limitado [artículo 27, apartado 1, letra c), de dicho Reglamento de Ejecución], declaración de dictamen de verificación no positiva debido al artículo 27, apartado 1, letra d), de dicho Reglamento de Ejecución.
(126) Especifique: inexactitudes poco importantes, irregularidades que no dan lugar a una declaración de dictamen de verificación negativa, incumplimientos del Reglamento Delegado (UE) 2019/331, o recomendaciones de mejoras.
(127) Especifique el informe anual sobre el nivel de actividad o el informe de neutralidad climática.
(128) Especifique: no se ha presentado un informe anual sobre el nivel de actividad antes del 31 de marzo, no se ha presentado un informe de neutralidad climática antes del 31 de marzo, declaración de dictamen de verificación no positiva debido a inexactitudes importantes [artículo 27, apartado 1, letra b), del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067], declaración de dictamen de verificación no positiva debido a que no se han alcanzado hitos y objetivos [artículo 27, apartado 1, letra b bis), de dicho Reglamento de Ejecución], declaración de dictamen de verificación no positiva debido a un alcance limitado [artículo 27, apartado 1, letra c), de dicho Reglamento de Ejecución], declaración de dictamen de verificación no positiva debido al artículo 27, apartado 1, letra c bis), de dicho Reglamento de Ejecución, y declaración de dictamen de verificación no positiva debido al artículo 27, apartado 1, letra d), de dicho Reglamento de Ejecución.
(129) Esta columna solo ha de completarse en el caso de los informes anuales sobre el nivel de actividad.
(130) Seleccione el informe anual sobre el nivel de actividad o el informe de neutralidad climática.
(131) Especifique: inexactitudes poco importantes, irregularidades que no dan lugar a una declaración de dictamen de verificación negativa, incumplimientos del Reglamento Delegado (UE) 2019/331, del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1842 o del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2441, o recomendaciones de mejoras.
(132) Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2441 de la Comisión, de 31 de octubre de 2023, por el que se establecen normas para la aplicación de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al contenido y el formato de los planes de neutralidad climática necesarios para que se concedan asignaciones gratuitas de derechos de emisión (DO L, 2023/2441, 3.11.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2023/2441/oj).
(133) Please select the condition as referred to in Article 32 of Implementing Regulation (EU) 2018/2067.
(134) Seleccione el informe anual sobre el nivel de actividad o el informe de neutralidad climática.
(135) Seleccione la aprobación por la autoridad competente o la autorización genérica con arreglo al artículo 34 bis del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2067.
(136) Seleccione multas, penas de prisión u otras.
(137) Cumplimente los datos correspondientes a la aviación y al RCDE marítimo, si procede.
(138) Seleccione titular, operador de aeronaves, entidad regulada o empresa naviera.
(139) Seleccione titular, operador de aeronaves, entidad regulada o empresa naviera.
(140) Seleccione multas, penas de prisión u otras.
(141) Código de identificación de la instalación reconocido de acuerdo con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122.
(142) Indique en el apartado de otros motivos qué requisitos específicos del CORSIA no se cumplieron.
(143) Seleccione multas, penas de prisión u otras.
(144) Código de identificación del operador de aeronaves reconocido de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122.
(145) Seleccione multas, penas de prisión u otras.
(146) Código de identificación de la entidad regulada reconocido de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122.
(147) Seleccione multas, penas de prisión u otras.
(148) Código de identificación de la empresa naviera reconocido de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2019/1122.
(149) Si la respuesta en relación con el régimen de comercio de derechos de emisión para los edificios, el transporte por carretera y otras actividades que se incluyen en el anexo III de la Directiva 2003/87/CE o las actividades de transporte marítimo enumeradas en el anexo I de la Directiva 2003/87/CE es diferente a la del RCDE UE para la industria o la aviación, indíquelo.
(150) Si existen diferencias entre el RCDE UE para las instalaciones y la aviación, el RCDE 2 para las entidades reguladas y el RCDE UE para las actividades de transporte marítimo, especifique estas diferencias.
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