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Documento DOUE-L-2026-80188

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/320 de la Comisión, de 12 de febrero de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1197 en lo que respecta a las referencias a la clasificación estadística de productos por actividades (CPA) establecida por el Reglamento (CE) nº 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 320, de 13 de febrero de 2026, páginas 1 a 7 (7 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-80188

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2019/2152 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, relativo a las estadísticas empresariales europeas que deroga diez actos jurídicos en el ámbito de las estadísticas empresariales (1), y en particular su artículo 7, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CE) n.o 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (2) estableció una clasificación estadística de productos por actividades (CPA) común. El Reglamento (CE) n.o 451/2008 comenzó a aplicarse el 1 de enero de 2008.

(2)

La coherencia interna de las estadísticas europeas requiere que la CPA esté estructuralmente vinculada a su clasificación europea de referencia, la nomenclatura estadística de actividades económicas de la Unión Europea (NACE), modificada recientemente por el Reglamento Delegado (UE) 2023/137de la Comisión (3) que estableció la actualización n.o 1 de la NACE Rev. 2; «NACE Rev. 2.1».

(3)

Dichos cambios en la NACE Rev. 2.1 dieron lugar a la adopción del Reglamento Delegado (UE) 2024/3103 de la Comisión (4), que modificó el Reglamento (CE) n.o 451/2008 con el fin de establecer la versión 2.2 de la CPA («CPA Ver. 2.2»).

(4)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1197 de la Comisión (5) establece especificaciones técnicas y modalidades, así como requisitos en materia de datos, para las estadísticas empresariales europeas de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/2152. Los anexos I y VI del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1197 establecen requisitos de transmisión de datos que hacen referencia a rúbricas específicas de la CPA. Estos requisitos de transmisión de datos deben actualizarse para garantizar que sean compatibles con la CPA Ver. 2.2.

(5)

 

(6)

Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1197 en consecuencia.

 

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (UE) 2020/1197 se modifica como sigue:

1) El anexo I se modifica de conformidad con el anexo I del presente Reglamento.

2) El anexo VI se modifica de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 12 de febrero de 2026.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

(1)   DO L 327 de 17.12.2019, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2019/2152/oj.

(2)  Reglamento (CE) n.o 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece una nueva clasificación estadística de productos por actividades (CPA) y se deroga el Reglamento (CEE) n.o 3696/93 del Consejo (DO L 145 de 4.6.2008, p. 65, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2008/451/oj).

(3)  Reglamento Delegado (UE) 2023/137 de la Comisión, de 10 de octubre de 2022, que modifica el Reglamento (CE) n.o 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2 (DO L 19 de 20.1.2023, p. 5, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2023/137/oj).

(4)  Reglamento Delegado (UE) 2024/3103 de la Comisión, de 2 de septiembre de 2024, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la actualización de la clasificación de productos por actividades (CPA), (DO L, 2024/3103, 12.12.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2024/3103/oj).

(5)  Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1197 de la Comisión, de 30 de julio de 2020, por el que se establecen especificaciones técnicas y modalidades con arreglo al Reglamento (UE) 2019/2152 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las estadísticas empresariales europeas que deroga diez actos jurídicos en el ámbito de las estadísticas empresariales (DO L 271 de 18.8.2020, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2020/1197/oj).

ANEXO I

En el anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1197, la parte B se modifica como sigue:

1)

El cuadro 4 se sustituye por el texto siguiente:

«Cuadro 4. Estadísticas empresariales coyunturales sobre los precios de importación

Variables

130101. Precios de importación (opcional para los países no pertenecientes a la zona del euro y los países que aplican los sistemas de muestreo europeos)

130102. Precios de importación (zona del euro) (opcional para los países no pertenecientes a la zona del euro y los países que aplican los sistemas de muestreo europeos)

130103. Precios de importación (fuera de la zona del euro) (opcional para los países no pertenecientes a la zona del euro)

Unidad de medida

Índices: sin ajustar

Población estadística

Productos de las secciones B (excepto B0721 y B09), C (excepto C18, C2446, C253, C301, C303, C304 y C33) y D de la CPA

Desgloses

Desglose por productos

Para todos los países:

GSI de las secciones B (excepto B0721 y B09), C (excepto C18, C2446, C253, C301, C303, C304 y C33) y D de la CPA, según se definen en el anexo II, parte A, del presente Reglamento;

agregados de la CPA de las secciones B (excepto B0721 y B09)+ C (excepto C18, C2446, C253, C301, C303, C304 y C33)+D;

secciones B (excepto B0721 y B09), C (excepto C18, C2446, C253, C301, C303, C304 y C33) y D de la CPA.

Para países medianos y grandes según se definen en el anexo III, parte A, punto 2, del presente Reglamento:

Además, divisiones de las secciones B (excepto B0721 y B09), C (excepto C18, C2446, C253, C301, C303, C304 y C33) y D de la CPA.

Los desgloses adicionales para los países medianos y grandes son opcionales para los países pequeños (según se definen en el anexo III, parte A, punto 2, del presente Reglamento).

Utilización de aproximaciones y requisitos de calidad

Los sistemas de muestreo europeos limitan el ámbito del suministro de datos en relación con determinados países, según se especifica en el anexo III, parte C, del presente Reglamento.

Plazo de transmisión de los datos

T+1M+15 días

Primer período de referencia

Enero de 2006, excepto con respecto a:

Austria: enero de 2009 con respecto a las secciones C161, C2811 y C2892 de la CPA.

En relación con los Estados miembros de la zona del euro que accedieron después de enero de 2006, se requieren las variables 130101 (precios de importación), 130102 (precios de importación [zona del euro]) y 130103 (precios de importación [fuera de la zona del euro]) desde el principio del año de entrada en la zona del euro.».

2)

El cuadro 23 se sustituye por el texto siguiente:

«Cuadro 23. Estadísticas empresariales nacionales sobre el desglose por producto y por residencia del cliente del volumen de negocios neto de las empresas

Variables

250112. Cifra de negocios neta por residencia del cliente (puede aplicarse la regla del 1 % según se define en el anexo III, parte A, punto 1, sobre la base del “volumen de negocios neto” y el “número de asalariados y trabajadores por cuenta propia” al nivel de división de la NACE: para los grupos y clases, la norma del 1 % se aplicará al nivel de división correspondiente)

250113. Cifra de negocios neta por producto (puede aplicarse la regla del 1 % según se define en el anexo III, parte A, punto 1, sobre la base del “volumen de negocios neto” y el “número de asalariados y trabajadores por cuenta propia” al nivel de división de la NACE: para los grupos y clases, la norma del 1 % se aplicará al nivel de división correspondiente)

Unidad de medida

Moneda nacional (miles)

Población estadística

Actividades cubiertas: productores de mercado de las divisiones 62, 63, 78 y los grupos 58.2, 69.1, 69.2, 70.2, 71.1, 71.2, 73.1 y 73.2 de la NACE

 

Clases de tamaño cubiertas: empresas con veinte o más asalariados y trabajadores por cuenta propia únicamente

Desgloses

Puede aplicarse el marcador CETO según se define en el anexo III, parte B

Para la variable 250113 (volumen de negocios neto por producto)

1.   Desglose por producto

CPA para las divisiones 62 y 63, y los grupos 58.2, 63.1 y 63.9 (actividades relacionadas con la informática) de la NACE: Total, 58.21, 58.29, 58.29.1 + 58.29.2, 58.29.3 + 58.29.4, 62.1, 62.2, 62.20.1, 62.20.2, 62.20.3, 62.20.4, 62.20.5, 62.9, 63.1, 63.10.1, 63.10.11, 63.10.12, 63.9 y 95.1, servicios de reventa (conviene que incluya todos los servicios de reventa [al por mayor y al por menor] de programas informáticos no desarrollados por la empresa, así como la reventa de soporte físico no fabricado por la empresa), otros productos

CPA para el grupo 69.1 (actividades jurídicas) de la NACE: Total, 69.10.01, 69.10.02, 69.10.03, 69.10.04, 69.10.05, 69.10.06, 69.10.07, 69.10.08 y 69.10.09, otros productos

CPA para el grupo 69.2 (actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría; asesoría fiscal) de la NACE: Total, 69.20.1, 69.20.2, 69.20.21 + 22 + 23, 69.20.24, 69.20.29, 69.20.3 y 69.20.4, otros productos

CPA para el grupo 70.2 (otras actividades de consultoría de gestión empresarial) de la NACE: Total, 70.20, 70.20.1, 70.20.11, 70.20.12, 70.20.13, 70.20.14, 70.20.15, 70.20.16, 70.20.17, 70.20.2 y 70.20.3, otros productos

CPA para la clase 71.11 (servicios de arquitectura) de la NACE: Total, 71.11.1, 71.11.2, 71.11.21 + 22, 71.11.23, 71.11.24, 71.11.25, 71.11.3 y 71.11.4, otros productos

CPA para la clase 71.12 (servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico) de la NACE: Total, 71.12.1, 71.12.11, 71.12.12, 71.12.13, 71.12.14, 71.12.15, 71.12.16, 71.12.17, 71.12.18, 71.12.19, 71.12.2 y 71.12.3, otros productos

CPA para el grupo 71.2 (ensayos y análisis técnicos) de la NACE: Total, 71.20.0, 71.20.01, 71.20.02, 71.20.03, 71.20.04, 71.20.05, 71.20.09, otros productos

CPA para el grupo 73.1 (publicidad) de la NACE: Total, 73.11.0, 73.11.01, 73.11.02, 73.11.03, 73.11.04, 73.12.1, 73.12.11, 73.12.12, 73.12.13, 73.12.14 y 73.12.19, otros productos

CPA para el grupo 73.2 (estudios de mercado y encuestas de opinión pública) de la NACE: Total, 73.20.1, 73.20.11, 73.20.12, 73.20.13, 73.20.14, 73.20.15 + 16 y 73.20.2, otros productos

CPA para la división 78 (actividades relacionadas con el empleo) de la NACE: Total, 78.10.0, 78.10.01, 78.10.02, 78.20.1, 78.20.11, 78.20.12, 78.20.13, 78.20.14, 78.20.15, 78.20.16, 78.20.17, 78.20.18, 78.20.19 y 78.20.2, otros productos

Para la variable 250112 (volumen de negocios neto por residencia del cliente)

2.   Desglose por residencia del cliente

Total

Residente (según se define en el SEC 2010, punto 1.62)

No residente

de dentro de la UE

de fuera de la UE

Utilización de aproximaciones y requisitos de calidad

En los casos en que, con respecto a algunas unidades estadísticas, los datos de origen utilizados para compilar los datos de la variable están disponibles para el ejercicio fiscal y no pueden recalcularse para cubrir el año natural, pueden hacerse aproximaciones a los datos del año natural de estas unidades estadísticas mediante los datos del ejercicio fiscal.

Plazo de transmisión de los datos

T+18M

Primer período de referencia utilizando las especificaciones del presente cuadro

2025 para las divisiones 62, 63 y 78 y los grupos 58.2, 71.1, 71.2, 73.1 y 73.2 de la NACE

2026 para los grupos 69.1, 69.2 y 70.2 de la NACE».

ANEXO II

En el anexo VI del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1197, el cuadro 2 se sustituye por el texto siguiente:

«Cuadro 2. Desglose por producto según la clasificación CPA (transmisión voluntaria de datos)

El desglose siguiente describe el nivel de detalle sugerido para la transmisión voluntaria de datos conforme a la clasificación CPA.

La CPA es la clasificación europea de productos (bienes y servicios) por actividad. Según la CPA, cada producto es asignable a un solo epígrafe de la clasificación de actividades. Así pues, se asigna a la actividad económica que lo produce. En consecuencia, la CPA tiene la misma estructura que la nomenclatura de actividades económicas (NACE) y se utiliza en las cuentas nacionales.

 

A-V

TOTAL DE SERVICIOS

A

PRODUCTOS DE LA AGRICULTURA, LA SILVICULTURA Y LA PESCA

B

INDUSTRIAS EXTRACTIVAS

C

PRODUCTOS MANUFACTURADOS (servicios de manufactura)

D

SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO

E

SUMINISTRO DE AGUA; SERVICIOS DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN

F

CONSTRUCCIONES Y OBRAS DE CONSTRUCCIÓN

G

SERVICIOS DE COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR

46

Servicios de comercio al por mayor

47

Servicios de comercio al por menor

H

SERVICIOS DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO

49

Servicios de transporte terrestre y por tubería

50

Servicios de transporte acuático

51

Servicios de transporte aéreo

52

Depósito, almacenamiento y servicios auxiliares del transporte

53

Servicios postales y de mensajería

I

SERVICIOS DE HOSTELERÍA

55

Servicios de alojamiento

56

Servicios de comidas y bebidas

J

SERVICIOS DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS

58

Servicios de edición

59

Servicios de producción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión, grabación de sonido y edición musical

60

Servicios de programación y emisión de radio y televisión

K

SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN

61

Servicios de telecomunicaciones

62

Servicios de programación, consultoría y otros servicios relacionados con la informática

63

Infraestructura informática, tratamiento de datos, alojamiento de datos y otros servicios de información

L

SERVICIOS FINANCIEROS Y DE SEGUROS

64

Servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones

65

Servicios de seguros, reaseguros y fondos de pensiones, excepto seguridad social obligatoria

66

Servicios auxiliares de los servicios financieros y los servicios de seguros

M

SERVICIOS INMOBILIARIOS

N

SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS

69

Servicios jurídicos y contables

70

Servicios de las sedes centrales y consultoría de gestión empresarial

71

Servicios técnicos de arquitectura y de ingeniería; servicios de ensayos y análisis técnicos

72

Servicios de investigación y desarrollo científicos

73

Servicios de publicidad, estudios de mercado y relaciones públicas

74

Otros servicios profesionales, científicos y técnicos

75

Servicios veterinarios

O

SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y AUXILIARES

77

Servicios de alquiler y arrendamiento

78

Servicios de empleo

79

Servicios de agencias de viajes, operadores turísticos y otros servicios de reservas, y servicios conexos

80

Servicios de investigación y seguridad

81

Servicios para edificios y servicios de jardinería

82

Servicios administrativos y de oficina y otros servicios auxiliares para las empresas

P

SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SERVICIOS DE SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA

Q

SERVICIOS DE EDUCACIÓN

R

SERVICIOS DE ATENCIÓN SANITARIA Y DE TRABAJO SOCIAL

S

SERVICIOS DE ARTE, DEPORTE Y OCIO

T

OTROS SERVICIOS

U

SERVICIOS DE LOS HOGARES COMO EMPLEADORES DE PERSONAL DOMÉSTICO; BIENES Y SERVICIOS NO DIFERENCIADOS PRODUCIDOS POR LOS HOGARES PARA USO PROPIO

V

SERVICIOS DE ORGANIZACIONES Y ORGANISMOS EXTRATERRITORIALES».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos I y VI del Reglamento 2020/1197, de 30 de julio (Ref. DOUE-L-2020-81288).
Materias
  • Actividades económicas
  • Estadística
  • Industrias
  • Información
  • Oficina Estadística de las Comunidades Europeas

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