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Documento DOUE-L-2026-80577

Reglamento Delegado (UE) 2026/880 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2025, por el que se corrige el Reglamento (CE) nº 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a posiciones específicas de la clasificación de productos por actividades (CPA).

Publicado en:
«DOUE» núm. 880, de 20 de abril de 2026, páginas 1 a 10 (10 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-80577

TEXTO ORIGINAL

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece una nueva clasificación estadística de productos por actividades (CPA) y se deroga el Reglamento (CEE) n.o 3696/93 del Consejo (1), y en particular su artículo 6, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento Delegado (UE) 2024/3103 de la Comisión (2) modificó el Reglamento (CE) n.o 451/2008 con el fin de establecer la versión 2.2 de la clasificación estadística de productos por actividades (CPA Ver. 2.2).

(2)

Sin embargo, por inadvertencia, se cometieron varios errores estructurales en la CPA Ver. 2.2. Estos deben corregirse para evitar errores en la transmisión de datos de los Estados miembros a la Comisión (Eurostat).

(3)

Procede, por tanto, corregir el Reglamento (CE) n.o 451/2008 en consecuencia.

(4)

A fin de garantizar la coherencia, por lo que respecta a los datos a los que se refiere el anexo B del Reglamento (UE) n.o 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), la fecha de aplicación del presente Reglamento debe coincidir con la fecha de aplicación del Reglamento Delegado (UE) 2024/3103.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo del Reglamento (CE) n.o 451/2008 se corrige de conformidad con lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

Por lo que respecta a los datos a los que se refiere el anexo B del Reglamento (UE) n.o 549/2013, el presente Reglamento será de aplicación a partir del 1 de septiembre de 2029.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 11 de diciembre de 2025.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)   DO L 145 de 4.6.2008, p. 65, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2008/451/oj.

(2)  Reglamento Delegado (UE) 2024/3103 de la Comisión, de 2 de septiembre de 2024, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la actualización de la clasificación de productos por actividades (CPA), (DO L, 2024/3103, 12.12.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2024/3103/oj).

(3)  Reglamento (UE) n.o 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (DO L 174 de 26.6.2013, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/549/oj).

ANEXO

En el anexo del Reglamento (CE) n.o 451/2008, el cuadro se corrige como sigue:

1)

Se suprime la fila 01.27.09.

2)

Se inserta la fila 06.10.10 siguiente:

«06.10.10

Crudos de petróleo y crudos de minerales bituminosos».

3)

Se suprimen las filas 06.10.11 y 06.10.12.

4)

Las filas 06.2, 06.20, 06.20.0 y 06.20.00 se sustituyen por el texto siguiente:

«06.2

Gas natural, licuado o en estado gaseoso; condensados de gas natural

«06.20

Gas natural, licuado o en estado gaseoso; condensados de gas natural

06.20.0

Gas natural, licuado o en estado gaseoso; condensados de gas natural

06.20.00

Gas natural, licuado o en estado gaseoso; condensados de gas natural».

5)

Las filas 10.72.9 y 10.72.99 se sustituyen por el texto siguiente:

«10.72.9

Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de biscotes y galletas, productos de panadería y pastelería de larga duración

10.72.99

Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de biscotes y galletas, productos de panadería y pastelería de larga duración».

6)

Las filas 11.03, 11.03.1 y 11.03.10 se sustituyen por el texto siguiente:

«11.03

Otras bebidas fermentadas (por ejemplo: sidra, perada, aguamiel); mezclas de bebidas fermentadas y mezclas de bebidas fermentadas con bebidas no alcohólicas

11.03.1

Otras bebidas fermentadas (por ejemplo: sidra, perada, aguamiel); mezclas de bebidas fermentadas y mezclas de bebidas fermentadas con bebidas no alcohólicas

11.03.10

Otras bebidas fermentadas (por ejemplo: sidra, perada, aguamiel); mezclas de bebidas fermentadas y mezclas de bebidas fermentadas con bebidas no alcohólicas».

7)

Las filas 11.03.9 y 11.03.99 se sustituyen por el texto siguiente:

«11.03.9

Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de otras bebidas fermentadas (por ejemplo: sidra, perada, aguamiel), mezclas de bebidas fermentadas y mezclas de bebidas fermentadas con bebidas no alcohólicas

11.03.99

Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de otras bebidas fermentadas (por ejemplo: sidra, perada, aguamiel), mezclas de bebidas fermentadas y mezclas de bebidas fermentadas con bebidas no alcohólicas».

8)

Las filas 15.12 y 15.12.1 se sustituyen por el texto siguiente:

«15.12.

Artículos de marroquinería, viaje y de guarnicionería y talabartería, de cualquier material, así como otros artículos de cuero

15.12.1

Artículos de marroquinería, viaje y de guarnicionería y talabartería, de cualquier material, así como otros artículos de cuero».

9)

Las filas 15.12.9 y 15.12.99 se sustituyen por el texto siguiente:

«15.12.9

Operaciones de subcontratación que forman parte de la confección de artículos de marroquinería, viaje y de guarnicionería y talabartería, de cualquier material, así como otros artículos de cuero

15.12.99

Operaciones de subcontratación que forman parte de la confección de artículos de marroquinería, viaje y de guarnicionería y talabartería, de cualquier material, así como otros artículos de cuero».

10)

La fila 16.1 se sustituye por el texto siguiente:

«16.1

Madera aserrada y cepillada; servicios de transformación y acabado de la madera».

11)

La fila 16.11.3 se sustituye por el texto siguiente:

«16.11.3

Las demás maderas, en bruto o sin tratar».

12)

Se inserta la fila 16.11.30 siguiente:

«16.11.30

Las demás maderas, en bruto o sin tratar».

13)

Se suprimen las filas 16.11.31, 16.11.32 y 16.11.33.

14)

La fila 16.12 se sustituye por el texto siguiente:

«16.12

Madera transformada y acabada».

15)

Se suprimen las filas 16.12.0 y 16.12.00.

16)

Se insertan las filas 16.12.1, 16.12.10, 16.12.9 y 16.12.99 siguientes:

«16.12.1

Madera transformada y acabada

16.12.10

Madera transformada y acabada

16.12.9

Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de madera transformada y acabada

16.12.99

Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de madera transformada y acabada».

17)

Las filas 16.28.9, 16.28.91 y 16.28.99 se sustituyen por el texto siguiente:

«16.28.9

Servicios de fabricación de otros productos de madera y artículos de corcho, cestería y espartería, excepto muebles; operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de otros productos de madera y artículos de corcho, cestería y espartería, excepto muebles

16.28.91

Servicios de fabricación de otros productos de madera y artículos de corcho, cestería y espartería, excepto muebles

16.28.99

Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de otros productos de madera y artículos de corcho, cestería y espartería, excepto muebles».

18)

La fila 17.22.12 se sustituye por el texto siguiente:

«17.22.12

Compresas y tampones higiénicos, pañales y artículos higiénicos similares, prendas y complementos de vestir de pasta de papel, de papel, de guata de celulosa o de napa de fibras de celulosa».

19)

La fila 19.20.24 se sustituye por el texto siguiente:

«19.20.24

Aceites ligeros y preparaciones, de petróleo o de minerales bituminosos, n.c.o.p.».

20)

Las filas 22.11.9 y 22.11.99 se sustituyen por el texto siguiente:

«22.11.9

Operaciones de subcontratación que forman parte de la preparación de neumáticos y cámaras de caucho, y de la reconstrucción y recauchutado de neumáticos

22.11.99

Operaciones de subcontratación que forman parte de la preparación de neumáticos y cámaras de caucho, y de la reconstrucción y recauchutado de neumáticos».

21)

Las filas 22.23.9 y 22.23.99 se sustituyen por el texto siguiente:

«22.23.9

Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de puertas, ventanas y sus marcos y umbrales para puertas, contraventanas, persianas y artículos similares y sus componentes, de plástico

22.23.99

Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de puertas, ventanas y sus marcos y umbrales para puertas, contraventanas, persianas y artículos similares y sus componentes, de plástico».

22)

La fila 23.99.19 se sustituye por el texto siguiente:

«23.99.19

Otros productos minerales no metálicos diversos n.c.o.p.».

23)

La fila 24.10.14 se sustituye por el texto siguiente:

«24.10.14

Granalla y polvo de arrabio, fundición especular, hierro o acero».

24)

La fila 24.10.43 se sustituye por el texto siguiente:

«24.10.43

Productos de otro tipo de acero aleado laminado en frío sin otra preparación y de anchura igual o superior a 600 mm».

25)

Las filas 24.46.9 y 24.46.99 se sustituyen por el texto siguiente:

«24.46.9

Operaciones de subcontratación que forman parte de la preparación de uranio natural y sus compuestos, y de aleaciones, dispersiones, productos cerámicos y mezclas que contengan uranio natural o compuestos de uranio natural

24.46.99

Operaciones de subcontratación que forman parte de la preparación de uranio natural y sus compuestos, y de aleaciones, dispersiones, productos cerámicos y mezclas que contengan uranio natural o compuestos de uranio natural».

26)

Las filas 25.21 y 25.21.1 se sustituyen por el texto siguiente:

«25.21

Radiadores para calefacción central; calderas de agua sobrecalentada y calderas generadoras de vapor de agua, aparatos auxiliares y máquinas de vapor; reactores nucleares

25.21.1

Radiadores para calefacción central; calderas de agua sobrecalentada y calderas generadoras de vapor de agua, aparatos auxiliares y máquinas de vapor».

27)

Las filas 25.21.9 y 25.21.99 se sustituyen por el texto siguiente:

«25.21.9

Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de radiadores para calefacción central, calderas de agua sobrecalentada y calderas generadoras de vapor de agua, aparatos auxiliares y máquinas de vapor y reactores nucleares

25.21.99

Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de radiadores para calefacción central, calderas de agua sobrecalentada y calderas generadoras de vapor de agua, aparatos auxiliares y máquinas de vapor y reactores nucleares».

28)

La fila 28.21.18 se sustituye por el texto siguiente:

«28.21.18

Componentes de hornos, quemadores y equipos de calefacción doméstica permanente, excepto los componentes de calderas de calefacción central».

29)

La fila 28.25.13 se sustituye por el texto siguiente:

«28.25.13

Maquinaria de refrigeración y congelación».

30)

La fila 28.30.7 se sustituye por el texto siguiente:

«28.30.7

Otra maquinaria agraria y forestal».

31)

La fila 28.30.79 se sustituye por el texto siguiente:

«28.30.79

Otra maquinaria agraria y forestal n.c.o.p.».

32)

La fila 28.41.24 se sustituye por el texto siguiente:

«28.41.24

Máquinas herramienta para fresar, aserrar, tronzar y demás máquinas herramienta que trabajen por arranque de metales».

33)

La fila 28.92.22 se sustituye por el texto siguiente:

«28.92.22

Explanadoras, niveladoras y traíllas autopropulsadas».

34)

La fila 28.93.15 se sustituye por el texto siguiente:

«28.93.15

Hornos de panadería, pastelería o galletería y demás maquinaria, aparatos y material no domésticos para la elaboración de bebidas calientes o para cocinar o calentar alimentos».

35)

La fila 28.99.3 se sustituye por el texto siguiente:

«28.99.3

Otra maquinaria diversa para usos específicos n.c.o.p.».

36)

Las filas 29.20.9 y 29.20.99 se sustituyen por el texto siguiente:

«29.20.9

Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de carrocerías para vehículos de motor, y de remolques y semirremolques

29.20.99

Operaciones de subcontratación que forman parte de la fabricación de carrocerías para vehículos de motor, y de remolques y semirremolques».

37)

La fila 32.99.16 se sustituye por el texto siguiente:

«32.99.16

Sellos para fechar, lacrar o numerar y artículos similares; cintas para máquinas de escribir o cintas similares; tampones de tinta».

38)

La fila 35.21.01 se sustituye por el texto siguiente:

«35.21.01

Gas manufacturado a partir de fuentes no renovables, para el suministro de energía».

39)

Se suprime la fila 42.99.23.

40)

La fila 46.11.09 se sustituye por el texto siguiente:

«46.11.09

Servicios de intermediación del comercio al por mayor de materias primas agrarias, materias primas textiles y productos semielaborados n.c.o.p.».

41)

Se inserta la fila 46.18.29 siguiente:

«46.18.29

Servicios de intermediación del comercio al por mayor de otros productos específicos diversos n.c.o.p.».

42)

Se inserta la fila 46.21.19 siguiente:

«46.21.19

Servicios de comercio al por mayor de materias primas agrarias n.c.o.p.».

43)

La fila 46.49.1 se sustituye por el texto siguiente:

«46.49.1

Servicios de comercio al por mayor de otros artículos de uso doméstico».

44)

La fila 46.49.19 se sustituye por el texto siguiente:

«46.49.19

Servicios de comercio al por mayor de otros artículos de uso doméstico n.c.o.p.».

45)

La fila 47.52.09 se sustituye por el texto siguiente:

«47.52.09

Servicios de comercio al por menor de materiales de construcción n.c.o.p.».

46)

La fila 49.41.1 se sustituye por el texto siguiente:

«49.41.1

Servicios de transporte de mercancías por carretera».

47)

La fila 58.11.11 se sustituye por el texto siguiente:

«58.11.11

Libros impresos de texto, profesionales, técnicos y académicos».

48)

Las filas 58.19.3 y 58.19.30 se sustituyen por el texto siguiente:

«58.19.3

Servicios de concesión de licencias para otro material impreso y otros contenidos en línea, distintos de los directorios y las listas de distribución

58.19.30

Servicios de concesión de licencias para otro material impreso y otros contenidos en línea, distintos de los directorios y las listas de distribución».

49)

Las filas 58.21.41, 58.21.42, 58.21.5 y 58.21.50 se sustituyen por el texto siguiente:

«58.21.41

Servicios de concesión de derechos de reproducción, distribución y uso de juegos para ordenador

58.21.42

Servicios de concesión de licencias para el derecho a realizar o autorizar la adaptación, la modificación o cualquier otra transformación de juegos para ordenador

58.21.5

Servicios de intermediación para la edición de juegos para ordenador

58.21.50

Servicios de intermediación para la edición de juegos para ordenador».

50)

Las filas 58.29.41 y 58.29.42 se sustituyen por el texto siguiente:

«58.29.41

Servicios de concesión de derechos de reproducción, distribución y uso de programas informáticos distintos de los juegos para ordenador

58.29.42

Servicios de concesión de licencias para el derecho a realizar o autorizar la adaptación, la modificación o cualquier otra transformación de programas informáticos distintos de los juegos de ordenador».

51)

Se insertan las filas 58.29.5 y 58.29.50 siguientes:

«58.29.5

Servicios de intermediación para la edición de otros programas informáticos

58.29.50

Servicios de intermediación para la edición de otros programas informáticos».

52)

Se inserta la fila 60.20.10 siguiente:

«60.20.10

Servicios de programación y emisión de televisión».

53)

Se suprimen las filas 60.20.11, 60.20.12 y 60.20.13.

54)

Las filas 60.20.2 y 60.20.20 se sustituyen por el texto siguiente:

«60.20.2

Originales de programas completos de canales de televisión

60.20.20

Originales de programas completos de canales de televisión».

55)

La fila K se sustituye por el texto siguiente:

«K

TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN».

56)

Las filas 61.10.9 y 61.10.90 se sustituyen por el texto siguiente:

«61.10.9

Servicios de telecomunicaciones por satélite

61.10.90

Servicios de telecomunicaciones por satélite».

57)

La fila 63.10.2 se sustituye por el texto siguiente:

«63.10.2

Criptoactivos sin el pasivo correspondiente y sus servicios de emisión».

58)

Se suprime la fila 63.10.20.

59)

Se insertan las filas 63.10.21 y 63.10.22 siguientes:

«63.10.21

Criptoactivos sin el pasivo correspondiente

63.10.22

Servicios de emisión de criptoactivos sin el pasivo correspondiente».

60)

Se suprimen las filas 63.10.3, 63.10.31 y 63.10.32.

61)

La fila 64.99.04 se sustituye por el texto siguiente:

«64.99.04

Servicios de emisión y negociación por cuenta propia de criptoactivos con el pasivo correspondiente».

62)

Se inserta la fila 64.99.05 siguiente:

«64.99.05

Servicios de cámara de contrapartida central».

63)

Las filas 66.11 y 66.11.0 se sustituyen por el texto siguiente:

«66.11

Servicios relativos a la administración de los mercados financieros, distintos de los prestados por bancos centrales

66.11.0

Servicios relativos a la administración de los mercados financieros, distintos de los prestados por bancos centrales».

64)

La fila 66.11.02 se sustituye por el texto siguiente:

«66.11.02

Servicios de regulación de los mercados financieros, distintos de los prestados por bancos centrales».

65)

Se suprime la fila 66.12.04.

66)

Las filas 66.19.1, 66.19.11, 66.19.12 y 66.19.13 se sustituyen por el texto siguiente:

«66.19.1

Servicios administrativos de tramitación y liquidación de operaciones financieras

66.19.11

Servicios de tramitación de operaciones con valores

66.19.12

Servicios de operadores de dinero móvil y monederos digitales que utilizan información financiera

66.19.13

Servicios relacionados con la tramitación de otras operaciones financieras».

67)

Se suprime la fila 66.19.14.

68)

Se suprime la fila 68.32.04.

69)

Se inserta la fila 68.32.09 siguiente:

«68.32.09

Servicios de tasación de bienes inmobiliarios y otros servicios inmobiliarios por cuenta de terceros n.c.o.p.».

70)

La fila 69.20.29 se sustituye por el texto siguiente:

«69.20.29

Servicios de contabilidad n.c.o.p.».

71)

La fila 78.20.14 se sustituye por el texto siguiente:

«78.20.14

Servicios de empresas de trabajo temporal que ofrecen personal para el transporte, el almacenaje o la distribución».

72)

Las filas 85.32.1, 85.32.11, 85.32.12, 85.32.2, 85.32.21 y 85.32.22 se sustituyen por el texto siguiente:

«85.32.1

Servicios de educación secundaria profesional de primera etapa

85.32.11

Servicios de educación secundaria profesional de primera etapa en línea

85.32.12

Otros servicios de educación secundaria profesional de primera etapa

85.32.2

Servicios de educación secundaria profesional de segunda etapa

85.32.21

Servicios de educación secundaria profesional de segunda etapa en línea

85.32.22

Otros servicios de educación secundaria profesional de segunda etapa».

73)

Las filas 85.33.03 y 85.33.04 se sustituyen por el texto siguiente:

«85.33.03

Servicios de educación postsecundaria profesional no terciaria en línea

85.33.04

Otros servicios de educación postsecundaria profesional no terciaria».

74)

La fila 93.19.01 se sustituye por el texto siguiente:

«93.19.01

Servicios de promoción del deporte y de actos deportivos».

75)

Las filas 93.19.03 y 93.19.09 se sustituyen por el texto siguiente:

«93.19.03

Servicios auxiliares relacionados con el deporte

93.19.09

Otros servicios deportivos n.c.o.p.».

76)

La fila 96.21 se sustituye por el texto siguiente:

«96.21

Servicios de peluquería y barbería, y cabello en bruto».

77)

La fila 96.99.03 se sustituye por el texto siguiente:

«96.99.03

Otros servicios personales prestados por máquinas que funcionan con monedas».

78)

Las filas 97.00.02 y 97.00.03 se sustituyen por el texto siguiente:

«97.00.02

Servicios de los hogares como empleadores de personal doméstico que presta servicios de ayuda a personas mayores, sin atención médica

97.00.03

Servicios de los hogares como empleadores de personal doméstico que presta servicios de ayuda a personas adultas con discapacidad, sin atención médica».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo del Reglamento 451/2008, de 23 de abril (Ref. DOUE-L-2008-81016).
Materias
  • Actividades económicas
  • Estadística
  • Mercado Común
  • Mercancías
  • Nomenclatura

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