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Documento DOUE-L-2026-80805

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/1022 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por el que se establece un plan plurianual para la pesca demersal en el Mediterráneo occidental y por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 508/2014.

Publicado en:
«DOUE» núm. 90429, de 3 de junio de 2026, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2026-80805

TEXTO ORIGINAL

 

En la página 8, artículo 9, apartado 8:

donde dice:

«8.   Cada Estado miembro elaborará una lista de los buques a los que ha concedido, de conformidad en el apartado 4, la autorización de pesca, que mantendrá actualizada, y la pondrá a disposición de la Comisión y de los demás Estados miembros. Los Estados miembros comunicarán sus listas por primera vez antes de transcurridos tres meses desde la entrada en vigor del presente Reglamento y posteriormente a más tardar el 30 de noviembre de cada año.» ,

debe decir:

«8.   Cada Estado miembro elaborará una lista de los buques a los que ha concedido, de conformidad con el apartado 6, la autorización de pesca, que mantendrá actualizada, y la pondrá a disposición de la Comisión y de los demás Estados miembros. Los Estados miembros comunicarán sus listas por primera vez antes de transcurridos tres meses desde la entrada en vigor del presente Reglamento y posteriormente a más tardar el 30 de noviembre de cada año.».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2019/1022, de 20 de junio (Ref. DOUE-L-2019-81089).
Materias
  • Ayudas
  • Control pesquero
  • Fondo Europeo Marítimo y de Pesca
  • Mariscos
  • Mediterráneo
  • Pesca marítima
  • Pescado
  • Política Pesquera Común

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